Reelección de alcaldes: la otra polémica

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+ Usos y costumbres: ¿riñe con la reforma?

 

El presidente Felipe Calderón decidió cerrar el presente año dando a conocer su propuesta de reforma política, que envió al Congreso de la Unión para su discusión y posible aprobación, al inicio de esta semana. El paquete fue de 10 reformas políticas, que pretenden transformar profundamente la correlación de fuerzas y los mecanismos de control entre los poderes federales.

Una de las propuestas que hasta ahora ha sido más desatendida, pero que en un estado como Oaxaca es igualmente trascendental, es la de abrir la reelección de Presidentes Municipales hasta por cuatro periodos consecutivos, hasta completar el término de 12 años en el cargo. Es necesario ver esta discusión con sensibilidad e inteligencia para evitar la emisión de juicios errados que en nada contribuirían al debate claro de las ideas.

La propuesta de reforma en el ámbito de los presidentes municipales, sostiene lo siguiente: “Dejar en libertad a las legislaturas locales y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal para establecer la elección consecutiva, con un límite máximo de doce años, de alcaldes y demás miembros de los ayuntamientos, así como jefes delegacionales, en los Estados, Municipios y Distrito Federal.” ¿Qué significaría esto?

Que, formalmente, en el ámbito de los poderes municipales hubiera más posibilidad de que un proyecto de gobierno se concretara más allá de los tres años con los que actualmente cuentan constitucionalmente los ediles para realizar su trabajo y proyectos de gestión pública. Han sido ampliamente discutidas, a nivel internacional, las ventajas de tener una posibilidad de reelección constitucionalmente controlada: en periodos tan cortos es imposible la consolidación de casi cualquier proyecto trascendental. Y los ejemplos de todos los esquemas que se han prometido y, por simple falta de tiempo se han dejado sin concluir, están a la vista por todos los rincones del país. De esto último, prácticamente cualquier edil en México puede dar cuenta puntual.

En este sentido, vale la pena leer con detenimiento lo que apunta al respecto, el doctor Raúl Ávila Ortiz en el semanario POLÍTICA, que hoy se publica en estas mismas páginas. Porque, según su visión, lo que establece dicha propuesta de reforma es abrir, en el marco constitucional federal, la posibilidad de que las Legislaturas de las entidades federativas y el Distrito Federal, puedan estipular la reelección de los alcaldes en sus territorios, cada una bajo sus propios criterios; o que incluso tengan la posibilidad de optar por dejar sus marcos jurídicos locales como hasta ahora. Es decir, sin reelección consecutiva para los integrantes de los Ayuntamientos.

Al final, parece claro que el problema, en todo esto, es que, al igual que en lo relativo a los diputados y senadores, ante cualquier planteamiento de esquemas de reelección para Ediles, de inmediato salta a la vista el referente histórico sobre los problemas que enfrentó el país en su primer siglo de historia, justamente por la reelección constitucionalmente permitida para los hombres y cargos que detentaban el poder.

No están del todo equivocados quienes aseguran que abrir la reelección a los legisladores y los alcaldes, sería tanto como dar un primer paso hacia una regresión histórica que tarde o temprano nos llevaría a nuevos conflictos por la democratización del poder. Pero establecer hoy como un referente lo ocurrido en el siglo XIX y principios del XX, es tanto como negar que la institucionalidad y el marco constitucional en México hoy tienen fortalezas ni siquiera equiparables con las de hace un siglo.

REELECCIÓN EN OAXACA

Hace unos días, el diputado Presidente del Congreso del Estado, Herminio Manuel Cuevas Chávez, en entrevista con algunos medios informativos locales, expresó su preocupación por la propuesta de reforma en ese sentido, planteada por el presidente Calderón, y señaló que en Oaxaca tendría que estudiarse con detenimiento dicha reforma para no afectar el reconocimiento constitucional que se hace en el marco local, de la autodeterminación en materia política, de los pueblos que se rigen por el sistema de usos y costumbres. Consideramos que uno y otro argumento no se contraponen. Veamos algunas razones.

En primer término, el sistema de elección por usos y costumbres debemos entenderlo en estricto apego a la realidad: es el reconocimiento constitucional a la autodeterminación y formas de organización de los pueblos indígenas, aunque muchas veces esas formas violen hasta los principios y garantías más básicas que, en materia de derechos políticos, tienen los ciudadanos de la República. En eso confluyen, cada uno en sus propios términos, los marcos constitucionales de Oaxaca y de la federación.

¿Qué significaría, en ese sentido, la reforma propuesta por el Presidente? Que, como ya se dijo, se modificaría el artículo 115 constitucional, pero que se dejaría a las entidades federativas legislar en lo particular las formas de reelección que podrían existir. Sin embargo, en esas normas los pueblos que se rigen bajo el sistema de usos y costumbres no tendrían la obligación de ceñirse o de acatar a pie juntillas tal determinación. Estarían, en todo caso, en su derecho de no hacer sin violar precepto alguno. Y de todos modos continuarían rigiendo los principios que ellos mismos delinearon en sus sistemas de elección particulares.

En todo esto los avala tanto el marco jurídico local —que fue el primero en el país en reconocer la facultad de autodeterminación de los pueblos en materia de sus respectivos municipios—. Pero también los avala el artículo 2 de la Constitución federal que, a la letra, dice: “El derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación se ejercerá en un marco constitucional de autonomía que asegure la unidad nacional. El reconocimiento de los pueblos y comunidades indígenas se hará en las constituciones y leyes de las entidades federativas…”

¿Y ESO, QUÉ?

Que, en términos sencillos, a los municipios en Oaxaca les daría exactamente lo mismo que esa reforma ocurriera o no, porque ellos tienen sus propias formas de determinación política, en las que ocurren relativamente pocos conflictos. El único problema preocupante, es el de los cacicazgos —los reales— que regularmente son los que dominan a los Ayuntamientos regidos por el sistema de usos y costumbres. Sin embargo, sería ideal que los diputados discutieran el tema sin prejuiciarse.

almargen@tiempoenlinea.com.mx

almargenoaxaca.wordpress.com

 

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