TEEO: ante la falta de contrapesos, se comportan como menores de edad

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+ Repiten las historias funestas de órganos autónomos que se autodestruyen


Es de menores de edad, el comportamiento de los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, que ante la falta de controles y contrapesos a su función y comportamiento, han hecho de su legitimidad —personal e institucional— el hazmerreir de los órganos constitucionalmente autónomos y, en general, de las instituciones encargadas del control de la democracia en la entidad.

En efecto, de manera abrupta la semana pasada ocurrió el relevo en la presidencia del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca. Sin mayor argumentación, los magistrados Víctor Manuel Jiménez Viloria y Miguel Ángel Carballido Díaz anunciaron que habían tomado la determinación de sustituir en la presidencia del Tribunal a Wilfrido Raymundo López Vásquez.

Al asumir la presidencia, Carballido justificó el relevo en la temporalidad de los cargos públicos y en la figura rotativa de la presidencia del máximo tribunal de justicia en materia electoral de la entidad. Sin embargo, aún con lo dicho en la sesión, pronto se constató —porque desde hace tiempo la manzana de la discordia ha sido el presupuesto que ejerce el Tribunal— que había mucho más detrás de ese aparente ejercicio democrático entre los magistrados.

Pues apenas hace más o menos un año, los magistrados del Tribunal Electoral habían protagonizado una historia muy parecida, cuando decidieron quitar a Jiménez Viloria de la presidencia. En aquel entonces, los dos magistrados integrantes del Tribunal, acusaron a su Presidente de no haber ejercido correctamente el presupuesto, y por no haber cumplido en tiempo y forma con diversas obligaciones relacionadas con el pago de salarios y prestaciones de los trabajadores del Tribunal, y en eso encontraron una causal —ya que la ley deja la organización interna al ‘buen criterio’ (es un decir) de los integrantes del Tribunal— para destituirlo de la Presidencia.

De hecho, aquella decisión dejó ver que la relación institucional entre los magistrados se había enrarecido, esencialmente por la disputa relacionada con el control y ejercicio del presupuesto. Cuando defenestraron a Jiménez Viloria de la Presidencia, Carballido y López Vásquez dejaron ver lo que pareció una alianza bien afianzada para —según ellos— reorientar el rumbo del Tribunal hacia un esquema de mayor transparencia y mejor control de su presupuesto.

Lo más preocupante es que esas, las económicas, fueron siempre las principales preocupaciones de los integrantes del Tribunal que, además, nunca han demostrado mayor interés en ponderar el trabajo jurisdiccional que se supone que debería ser la cuestión principal a partir de la cual tomar sus decisiones administrativas. Por eso, el desempeño tanto de los magistrados, como del personal administrativo del Tribunal, nunca ha sido una cuestión de fondo a discutir, sino que más bien ha sido el pretexto para justificar las sucesivas decisiones que han tomado, y que tienen como telón de fondo los más de 47 millones de pesos que anualmente ejerce como presupuesto el Tribunal Electoral, de manera autónoma y libre como lo señalan las propias leyes.

GESTIÓN DISCRECIONAL

El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca se rige, en su integración y funcionamiento, esencialmente bajo lo que dictan dos normas: la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), y la Constitución del Estado. En la primera se establecen las bases generales, los requisitos que deben cumplir los integrantes del Tribunal, el mecanismo de elección, así como las causas para la remoción de los magistrados.

En esa lógica, la LGIPE establece que aún incurriendo en alguna de esas causales, los magistrados electorales sólo podrán ser privados de sus cargos en términos del Título Cuarto de la Constitución —el relativo a las responsabilidades de los servidores públicos— y las leyes de responsabilidades de los servidores públicos que les resulten aplicables. Y, por otro lado, la Constitución local define su naturaleza al señalar que el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, es un órgano especializado, autónomo en su funcionamiento e independiente en sus decisiones, y que es la máxima autoridad jurisdiccional en materia electoral del Estado de Oaxaca.

¿Qué se desprende de todo eso? Que, en términos legales y constitucionales, el Tribunal tiene un margen excepcional de independencia que lamentablemente no sólo no ha sido aprovechada por sus integrantes, sino que incluso al incurrir en abusos y escándalos, ha resultado contraproducente para la correcta conducción de la vida interna del Tribunal, y la relación institucional entre los magistrados, que más bien han demostrado su falta de civilidad y sentido de la responsabilidad y, en conjunto, se han dedicado a exhibir sus propias tentaciones.

Pues, en este caso, queda claro que independientemente de que haya habido razón o no en los argumentos bajo los cuales dos de sus tres integrantes ya hayan pasado por la presidencia del Tribunal, lo que queda claro es que en general no se han sabido conducir con la diligencia y la probidad bajo las cuales se supone que fueron electos por el Senado de la República, y más bien se han dedicado a alimentar sus propias diferencias, como si eso fuera algo edificante para las instituciones electorales o para su propia calidad como servidores públicos.

Lamentablemente, en este caso, también es claro que aún cuando ya existen señalamientos directos entre ellos, también hay evidencias de complicidades. ¿De qué hablamos? De que, por lo menos en términos institucionales, a pesar de que los magistrados hoy se acusan y se señalan por acciones no sólo indebidas sino hasta ilícitas —como el intento de chantaje o extorsión que uno acusa sobre otro; o los señalamientos de utilización indebida de recursos, bajo los cuales han sido removidos dos magistrados de la presidencia, ambas cuestiones que no sólo son faltas éticas, sino quizá hasta delitos—, en realidad no existe forma de llevar ese daño a un estrato verdaderamente trascendente.

Si la Constitución local y la LGIPE dicen que esos magistrados sólo pueden ser removidos en términos del Título Cuarto, entonces para haber sanciones efectivas por las conductas que se señalan en público pero que no se llevan al terreno de lo legal, deberían también iniciarse los procedimientos administrativos y penales correspondientes, como un acto posterior al retiro de la inmunidad constitucional que los protege en términos del quinto párrafo del artículo 111.

Pero como nada de esto ha pasado, y seguramente tampoco pasará, entonces lo que seguiremos viendo es cómo los magistrados del tribunal electoral se siguen comportando como menores de edad. Con ello le seguirán dando la razón a quienes, por esa causa, siguen impulsando la idea de que los servidores públicos de los estados del país no pueden controlarse voluntariamente y que por eso hay que continuar con el proceso recentralizador. Ellos, para mal de ellos y de todos, han demostrado que ni las sesudas elucubraciones del Senado han servido para controlar ese tipo de ambiciones. Lamentable.

DEJA VU

Para pelearse escandalosamente bien, los magistrados del Tribunal Electoral deberían contratar a otros que dieron demostraciones circenses de lo mismo. ¿Alguien se acuerda de Esteban López José, Gema Sheyla Ramírez Ricárdez y Eréndira Fuentes Robles? Sí. Esos que protagonizaron una prolongada batalla campal por el control de los recursos cuando fueron integrantes de la tristemente célebre Cotaipo. ¿Qué ganaron? El descrédito profesional, y la desaparición del organismo. Andando esos pasos, van muy bien, Señores Magistrados.

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