Contrarreforma penal: ¿de verdad no podemos seguir las nuevas reglas?

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Mancera

+ La intención por el retroceso viene desde la reforma en derechos humanos


Apenas se cumplió el primer año de la entrada en vigor del sistema de justicia penal acusatorio, y un peligroso cúmulo de voces se pronuncia reiteradamente a favor de una reforma que frene al sistema de justicia. La razón principal que se esgrime radica en que la modificación del esquema actual es necesaria, a partir de que en el último año se ha incrementado la delincuencia por la laxitud del nuevo sistema de justicia, que permite a los imputados por diversos delitos se les procese en libertad. Esa tentación, que no es nueva, debe ser frenada.

En efecto, hay voces como la del jefe de Gobierno de la Ciudad de México, Miguel Ángel Mancera Espinosa, quien tomó la bandera de la contrarreforma en materia penal como propia, a partir del desbordamiento de la delincuencia que había tenido más de una década controlada al menos en la capital del país. Como hoy la comisión de ciertos delitos violentos ha vuelto a florecer en la Ciudad de México, Mancera pareció hallar su justificación idónea en el nuevo sistema de justicia y no en el descontrol operativo que su propio gobierno generó frente a la delincuencia.

En esa lógica, Mancera ha seguido adelante y en el camino ha ganado otras voces que hoy se pronuncian en el mismo sentido. En el primero de los casos, Mancera sostiene que el sistema penal acusatorio “tiene bondades, sobre todo en transparencia, en derechos humanos, en seguridad y en una exigencia de mayor capacitación”, pero advierte que “cuando pasamos a la práctica, hay problemas que se deben afinar”. Por eso, dice que la Conago —que él preside actualmente— ha preparado un documento que tiene toque de reforma constitucional y procesal, para 34 o 35 artículos.

De acuerdo con Mancera, uno de los problemas es lo que calificó de liberación masiva de delincuentes. La curva es perfectamente observable, dice. Lo vivimos en todas y cada una de las entidades y lo tenemos que complementar, pues es un tema de interpretación, que tiene un margen muy abierto; es algo de lo que consideramos en el análisis, más el consenso de la Conago

En esa misma lógica se ha pronunciado el comisionado Nacional de Seguridad, Renato Sales Heredia, quien consideró que el incremento delictivo que se registró el mes de mayo —el más alto en veinte años—, se debe a que el Nuevo Sistema de Justicia Penal dejó fuera la prisión preventiva a delitos cometidos con arma de fuego. Pues de acuerdo con el corte sobre incidencia delictiva del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el mes de mayo registró dos mil 186 homicidios dolosos, por lo que superó a este mes pero, del 2011 que alcanzó dos mil 131. Sin embargo, hay un delito que es la portación de arma de fuego reservada para uso exclusivo del Ejército, que ahora no amerita prisión preventiva oficiosa, antes de junio del 2016 si. Esto ocasiona que al detener personas con armamento de alto poder, por ley, el juez ordena que sigan su proceso en libertad.

Sales atribuyó la alta incidencia de homicidios al sistema de justicia penal, por lo que también se sumó —sin apoyar directamente a Mancera, aunque sí argumentando en el mismo sentido—, a quienes dicen que es necesaria una reforma al sistema de justicia penal, dicen que no para desmantelarlo sino para “mejorarlo”. Esa mejora, sin duda, implicará necesariamente un retroceso, ubicado coloquialmente como lo que se entendería una contrarreforma.

¿Por qué una contrarreforma? Porque a diferencia del sistema inquisitivo, que establecía penas de prisión a partir de la existencia de un amplísimo catálogo de delitos considerados como graves, en el nuevo sistema de justicia penal acusatorio son muy pocos los delitos por los que se decreta la pena de prisión preventiva oficiosa —homicidio, secuestro, violación, y delincuencia organizada, entre algunos otros— al ser considerados como graves.

Sin embargo, frente a la comisión todos los demás delitos, tanto el ministerio público como el juez, en cada caso, deben valorar una serie de circunstancias para solicitar la aplicación de alguna medida cautelar, con los límites que establece la propia ley, como en el caso de lo que señala hoy Sales Heredia respecto al delito de portación de arma de fuego.

TENTACIÓN REGRESIVA

Algo más o menos similar ocurrió cuando en 2011 se aprobó la reforma constitucional en materia de derechos humanos, que es considerada la más importante de los últimos tiempos. Esa modificación a la Constitución de la República estableció en el punto más alto de la escala jurídica a los derechos fundamentales de las personas, e incorporó a la legislación nacional todos los tratados internacionales firmados y ratificados por México en los que estén contenidos derechos fundamentales, incluso independientemente si esos tratados tienen como fin normar derechos humanos, o si éstos se desprenden de alguna parte de su contenido, aún persiguiendo los tratados otros fines.

Esta cuestión alarmó a diversos sectores económicos y políticos que luego también pugnaron por una contrarreforma. En muchos de los casos, los detractores de dicha reforma señalaban que la incorporación al orden jurídico nacional de la legislación internacional en materia de derechos humanos, era algo así como abrir la caja de pandora porque se desconocían los alcances que pudieran llegar a tener la aplicación de dichas normas y las resoluciones basadas en esas nuevas disposiciones. En términos generales, sectores como el bancario le temían enormemente a que un mayor garantismo jurídico pusiera en riesgo el estado de cosas favorable a ellos que han defendido con todo denuedo durante décadas.

Afortunadamente, en aquellos momentos —los años 2012 y posteriores— los sectores que se pronunciaban contra la reforma no hallaron el suficiente eco entre los sectores políticos más influyentes del país, como para poder impulsar una contrarreforma en esa materia y hacerla transitable en el Congreso de la Unión. El problema hoy en día, sin embargo, radica en que parece existir cierto consenso entre los gobernadores a favor de una contrarreforma al sistema de justicia, y eso sí podría abrir la posibilidad real de que eso se concretara, máxime si se considera que también el gobierno federal parece estar viendo la situación en ese mismo sentido.

Pues resulta que, en el caso de los gobernadores, éstos generalmente tienen amplia capacidad de interlocución con los diputados federales y senadores por su estado, y una reforma al sistema de justicia penal no pasaría por la Constitución, sino básicamente por la modificación de varios artículos del Código Nacional de Procedimientos Penales para “moderar” el garantismo actual de la ley. La Conago puede impulsar cualquier cantidad de iniciativas pero se seguirá enfrentando al hecho de que, jurídicamente, la Conago no existe. Sin embargo, lo que sí tienen es la suficiente fuerza a través de sus diputados y senadores, como para impulsar la contrarreforma, y como para tratar de convencer a la sociedad mexicana, de que la ley intenta ser bondadosa en un mundo sin moral, y que por eso es mejor envilecer la ley para adecuarse a los torcidos cánones sociales de la actualidad mexicana.

OTRAS CONTRARREFORMAS

¿Alguien recuerda un intento más? Ahí estuvo el de Gabino Cué, durante años, por lograr una contrarreforma en materia educativa para congraciarse con la Sección 22. De ese tamaño son los miedos y los complejos de algunos, frente a la modificación del panorama jurídico y social. Es importante no olvidar cada uno de los decimonónicos intentos contrarreformistas y reaccionarios que ha padecido nuestro país en los tiempos actuales.

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