¿Animales: seres vivos o cosas? ¿tienen derechos? ¿Las personas tenemos deberes respecto a ellos?

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Fuera de nuestra realidad doméstica —en la que estamos muy acostumbrados a darle preeminencia a los temas de coyuntura política—, hay temas que resultan por demás interesantes en lo concerniente a la concepción de derechos y cuestiones jurídicas. Una de ellas radica en la forma en que concebimos a los animales, ya que si bien es muy sencillo establecer que ellos también son seres vivos, para el derecho todos los seres vivos que no son humanos tienen el carácter jurídico de cosas. Sin embargo, esta concepción está cambiando radicalmente.

En efecto, el pasado martes el Congreso de España aprobó por unanimidad que los animales dejen de ser considerados cosas y, en cambio, sean reconocidos jurídicamente como seres vivos. Todos los grupos parlamentarios apoyaron las modificaciones del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil. La proposición ley impulsada por el PP busca eliminar la cosificación jurídica de los animales y que estos sean considerados como “seres vivos dotados de sensibilidad” —en buena medida similar la definición de los “seres sintientes” que fue establecida en la legislación de la Ciudad de México—.

Hasta ahora, en España se considera a los animales meras cosas, un “bien mueble” más que puede ser embargado a su dueño como si fuera un coche o un piso o ser incluidos en herencias sin otra consideración que su valor monetario. Además, la legislación no contempla qué pasa con una mascota en caso de ruptura familiar.

El grupo popular, según explica en un comunicado el Congreso, propone para los animales “una descripción positiva similar a los códigos civiles francés y portugués”, que diferencian a los animales de las personas, las cosas y otras formas de vida como las plantas. La reforma busca “asentar este principio en el Código Civil, modificar la Ley Hipotecaria para impedir que se extienda la hipoteca a los animales y la Ley de Enjuiciamiento Civil, para declarar inembargables a los animales”.

Pues resulta que hasta ahora, no es raro escuchar personas que, para defender la integridad de los animales —perros, gatos, o cualquier otro—, sostienen que lo que están preservando son los derechos de esos seres vivos. Hay incluso quienes hablan de los “derechos humanos” de los animales. ¿Qué hay en realidad alrededor de ello?

De hecho, esta es una pregunta más común de lo que imaginamos, sobre todo en los niños que hoy en día crecen con valores como la conciencia ecológica o el respeto a todos los seres vivos, destacadamente los animales domésticos, que en algunos casos son vistos como mascotas, y en otros como integrantes del núcleo familiar. ¿Esos, y todos los animales tienen derechos? Y aún más: ¿Podríamos considerar que tienen algo así como “derechos humanos”?

Quizá un buen punto de partida tendría que ser la idea de la palabra misma animal, y la relación que tienen los seres vivos —no humanos— con el derecho. Pues el derecho fue concebido como el conjunto de normas de convivencia que rigen a todas las personas. A su vez, por persona podemos entender como aquel ser vivo, humano, dotado de capacidad de raciocinio y discernimiento.

SERES VIVOS

Para el cristianismo, por ejemplo, la calidad de persona la tiene además quien tiene alma, y que por ende tiene también la posibilidad de recibir a Dios. De ahí que se tenga la idea de que el animal es aquel que no tiene alma, basados en la etimología de “a=sin, anima=alma”. Por eso, según la idea clásica, el animal se distingue de la persona porque no tiene razón y porque tampoco es capaz de recibir a Dios, ya que no tiene alma.

Incluso, esa discusión fue parte fundamental de la llamada Polémica de Valladolid, en la que después del descubrimiento de América y la conquista de las naciones indígenas de América a manos de españoles, ingleses, franceses y portugueses, la Iglesia Católica discutió ampliamente sobre si los nativos del Nuevo Mundo eran personas o no, y si por ende podían ser esclavizados o no. En esa polémica, Fray Bartolomé de las Casas tuvo una participación destacadísima por haber sido el mayor defensor de la idea de que los indígenas sí eran personas, y que por tanto no debían ser reducidas a la calidad de cosas, que es el estatus jurídico de un esclavo.

De las Casas dijo, por ejemplo, que los indígenas eran capaces de aprender, de sentir y de ser inteligentes. Y fue uno de los primeros que habló sobre las civilizaciones halladas en América a la llegada de los europeos, de sus conocimientos científicos, astronómicos, matemáticos y demás, así como de su idea —central, para definir la Polémica de Valladolid, que finalmente se inclinó a favor de que los indígenas son personas, a diferencia de cómo definieron a los africanos, a quienes esclavizaron masivamente al no considerarlos como tal— de que las culturas americanas sólo llevaban tiempo de atraso frente a la civilización europea, que era mucho más antigua, pero que ambas podían llegar a ser similares si hubieran comenzado su desarrollo en el mismo periodo histórico.

El doctor Arnoldo Kraus apunta, en su blog de Nexos, algo sobre esto: En junio de 2016, el periódico El País publicó una pequeña y sustanciosa entrevista a J. M. Coetzee, Premio Nobel de Literatura en relación a su última novela, The Schooldays of Jesus, la cual se publicará en español en 2017. Comparto unas líneas:

Pregunta. ¿Cuándo tuvo conciencia de la necesidad de defender los derechos de los animales? ¿Vio algo? ¿Leyó algo?

Respuesta. Tengo mis dudas respecto al concepto de “derechos de los animales”. El derecho más importante es el derecho a la vida. Dado que es extremadamente improbable que alguna vez se conceda a los animales ese derecho, prefiero defender la idea de que los seres humanos deberían sentir que tienen ciertos deberes hacia los animales.

Pregunta. ¿Qué deberes?

Respuesta. Los derechos pertenecen a la esfera de la ley; los deberes a la esfera de la ética. Cuando no cumples con tus deberes te sientes avergonzado. O sea, que el sentimiento de vergüenza es un buen indicativo de que uno no ha cumplido… (la respuesta continúa: El País, 26 de junio de 2015).

Me recargo, dice Kraus, en la contundente respuesta de Coetzee sobre los derechos de los animales para compartir algunas breves reflexiones sobre los derechos de los seres humanos (en otra ocasión ocuparé este espacio para reflexionar acerca de las obligaciones de nuestra especie hacia los animales no humanos).

LOS DEBERES DE LOS ANIMALES

Aunque inicialmente parece una pregunta simple, tiene mucho de fondo: los animales como tales no tienen derechos, pero nosotros sí tenemos deberes respecto a ellos, partiendo del deber de respeto a su vida e integridad, lo cual parece muy simple pero muy envolvente. ¿Qué pensar, cuando en muchísimos casos no somos capaces de concebir ni los derechos entre nosotros los humanos?

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