Reforma a Ley Orgánica: no pretendan engañarnos

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+ Sólo patrañas, argumentos de Luis de Guadalupe

 

El diputado local por el PAN, Luis de Guadalupe Martínez Ramírez, presentó hace dos días al pleno del Congreso local, una propuesta de contrarreforma a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado, a través de la cual se pudiera eliminar el requisito de contar con título y cédula profesional para todos aquellos que pretenden ocupar un cargo de responsabilidad en la Administración Pública estatal. Además de engañosos, los argumentos utilizados por el Legislador panista para fundamentar su propuesta, son un auténtico monumento a la patraña.

De acuerdo con información difundida el día previo por diversos medios informativos, el diputado Martínez Ramírez “propuso al pleno legislativo una modificación al artículo 14 fracción III de la Ley Orgánica (…) para hacer más preciso el contenido de las equivalencias de los títulos y cédulas profesionales necesarios para ostentar el cargo de titular de una secretaría de estado (sic) o de sus órganos auxiliares…”

“La adición establecería que el aspirante deberá contar al menos con título, cédula profesional o en su lugar que presente un equivalente que avale experiencia, honorabilidad, así como el correcto ejercicio del desempeño laboral por el cual ha adquirido los elementos necesarios para desempeñar el cargo conferido”.

Y por si todo ello fuera suficiente para justificar una propuesta tan inicua como esa para la administración pública estatal, el Diputado local de Acción Nacional “explicaba” que “así como está  redactada (la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo vigente) no importan los conocimientos generales y las máximas de la experiencia obtenidas a lo largo de la vida de un funcionario, pues de manera limitativa y no enunciativa violan por completo el principio de igualdad, consagrado en el artículo 1 de la Carta Magna.” ¡Vaya desfachatez, astucia e irresponsabilidad la del señor diputado Martínez! Pues para justificar lo injustificable, recurre a innumerables engaños. Veamos por qué.

En primer término, asegura que para ocupar un cargo de primer nivel en la Administración Pública Estatal, debería suficiente con acreditar “experiencia, honorabilidad, así como el correcto ejercicio del desempeño laboral”, como un “equivalente” del título y cédula profesional que ahora se requiere, como comprobante de la preparación académica necesaria —“indispensable” sería el término correcto— para el desempeño de una función técnica o administrativa en el gobierno estatal.

Con ese argumento, o trata de confundir a la opinión pública, o se confunde él, o ignora por completo las razones que motivan el establecimiento de requisitos para el desempeño de cargos administrativos en general. Dice que es suficiente con comprobar la experiencia, la honorabilidad y el correcto desempeño, aunque no se presenten documentos que avalen estudios profesionales.

Se engaña, o pretende engañarnos, porque los requisitos de honorabilidad y de experiencia, deberán ser siempre adicionales a los de la preparación profesional. Dicho de otro modo: de bienintencionados están llenos los panteones. Pues se entiende que la honestidad (“Tener un modo honesto de vivir”, dice la fracción II del artículo 34 de la Constitución federal, por si no lo recuerda el diputado) es condición sine qua non de la ciudadanía; y como servidor público sólo puede ser quien es ciudadano de la República, entonces debería comprenderse que la honestidad o probidad, son prerrequisitos del servicio público.

En esas condiciones, dicho argumento resulta inadmisible, no porque la honestidad o probidad no sean necesarias, sino porque éstas son cuestiones previas que para un servidor público deberían ser de obvio requerimiento.

Y si se pretende asumir como que la experiencia es suficiente para desempeñar un cargo de responsabilidad en el gobierno, entonces de lo que se estaría hablando es de una administración arcaica, de hace varias décadas (En Oaxaca era urgente que se modificara la Ley Orgánica para superar las reminiscencias del pasado, que aún se encuentran presentes en la misma Constitución local en diversos preceptos) que ya no corresponde a lo mucho que se requiere de la administración pública estatal.

 

¿DISCRIMINACIÓN?

Pero eso no es todo. El diputado Martínez Ramírez aseguraba, por si lo anterior fuera poco, que al establecer ese tipo de requisitos también se quebranta la garantía de igualdad establecida en el artículo 1 de la Constitución General de la República. ¡Qué tamaño de patraña!

En su misma concepción, el principio de igualdad lo que busca preservar es que todas las personas gocen del mismo trato y de las mismas libertades y seguridades que otorga la Constitución. Es decir, que aún con sus diferencias, todas las personas sean tratadas como tales.

En razón de ello, podría suponerse que el diputado Martínez tiene razón en su argumento. Podría suponerse, engañosamente, que bajo el principio de igualdad cualquier persona podría tener acceso a cargos públicos de administración, y a cargos de representación popular.

Esto, en realidad, es incorrecto. Para los cargos de elección y representación popular, en efecto, no se establecen condiciones de profesionalización, sino únicamente de cumplimiento de los requerimientos mínimos para ser ciudadano de la República. ¿Por qué? Porque la representación popular, y el ejercicio de los derechos políticos va más allá de haber ido o no a la escuela. Por eso a un diputado, senador, gobernador o al mismo Presidente de México, no se le requiere que tenga estudios para ocupar esos cargos que son de naturaleza eminentemente política.

Sin embargo, ello no opera en los cargos administrativos. Porque éstos, en su esencia, son técnicos y operativos, y están encaminados a cumplir, a través del gobierno, con los fines del Estado. Es decir, que éstos cargos no son “democráticos”. Por eso no se quebranta principio de igualdad alguno, ni se discrimina a nadie, cuando se exige un título profesional para el desempeño de la responsabilidad.

Por todo esto, es inadmisible la propuesta del diputado Luis de Guadalupe. Se engaña, es ignorante, o pretende engañarnos a los oaxaqueños. Pero no cabe duda que hasta para esto último, hay que tener talento.

¡FELIZ NAVIDAD!

Es lo que deseamos a usted lector, y a todos nuestros amigos y compañeros. Que la paz y el amor se encuentre este día, y siempre, entre ustedes. Les enviamos un abrazo fuerte.

3 COMMENTS

  1. Pues de que son unos sinverguenzas lo son y vaya de que cuando nuestros diputados defienden sus intereses pues se pasan de “inteligentes” si se les puede llamar asi mi pregunta es la ley organica veneficiara al estado de oaxaca o solamente a ciertos sectores?.

  2. es correcta tu apreciacion Adrian, el diputado que mencionas fue catedratico por los años 90´s de baja estampa y menor conocimiento en las materias que impartia. el modificar la ley organica estatal , seria un verdadero retroceso en la busqueda de la innovacion de requisitos en el ejercicio publico. ssaludos y feliz fin de año.

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