Reforma religiosa no reivindica a diputados

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+ Congreso liberal, sólo para lo que conviene

 

El pasado miércoles, el Congreso del Estado decidió rechazar la reforma al artículo 24 de la Constitución federal en materia de culto religioso. Si la LXI Legislatura comienza a dar muestras de una tendencia liberal y anticlerical, entonces los diputados locales oaxaqueños están ahora obligados a revisar otras decisiones constitucionales que fueron determinadas por intereses eclesiásticos, y que también abonan al rompimiento del Estado laico por el que el miércoles decidieron votar en contra de esa reforma.

En efecto, aunque poco alcanza a entenderse el fondo de la reforma a la Constitución federal que se pretende, ésta tiene que ver no con el ensanchamiento como tal de la libertad religiosa o de culto de las personas, sino más bien se inscribe en el agrandamiento del marco de influencia que podrían tener las asociaciones religiosas a partir de esta modificación.

Y es que al hacerse más amplio el espectro de esa libertad tanto para las personas, como para las asociaciones encargadas de profesar y difundir algún culto, también se abre la posibilidad de que éstas puedan acceder a medios y recursos que hoy le están vedados.

Particularmente, la modificación al artículo 24 de la Constitución Federal podría dar pauta para que asociaciones que promueven el culto religioso pudieran no sólo acceder a medios de difusión masiva (libertad que ya está garantizada actualmente, por medio de la cual, por ejemplo, las iglesias y congregaciones pueden contratar espacios en medios de comunicación), sino que ellos mismos pudieran tener sus propios medios de difusión (no sólo relacionados con medios de información) para dar una mayor cobertura a las actividades de culto religioso que promueven.

Esto porque uno de los puntos álgidos que plantea esa reforma radica justamente en eso: en que el ensanchamiento de una libertad de culto religioso (para quien lo promueve y para quien lo ejerce) trae aparejado algo que se conoce como “libertad de difusión” de esas creencias religiosas tanto en privado como en público. Y si el decir, difundir o promover algo en privado no tiene ningún problema, esto pasa a otro ámbito cuando se dice que la reforma abriría la posibilidad de que las asociaciones religiosas tuviesen el reconocimiento constitucional de herramientas de difusión aún más poderosas de las que tienen.

¿A qué se refieren esas “herramientas”? A que, en términos sencillos, con la aprobación de la reforma al 24 constitucional se estaría buscando que las propias asociaciones de culto pudieran tener sus propios medios de difusión (entendidos éstos como medios de comunicación, por completo dedicados al servicio de la difusión de una religión, culto o creencia en específico), así como también sus propias instituciones educativas a través de las cuales pudieran hacer una promoción de las creencias que ellos profesan.

Esto es lo que, en realidad, enrarece las motivaciones de la reforma. Porque más allá de ello, en realidad en México desde hace décadas están resueltos prácticamente la totalidad de los problemas relacionados con que el Estado no permita la realización de un culto religioso, o que fuese intolerante con alguna organización promotora de creencias de fe, o con la forma de realización de algún tipo de culto.

Por eso, queda claro que la reforma al artículo 24 constitucional federal tiene motivaciones ocultas, enmascaradas en la libertad de creencia, que deben ser censuradas no porque sean en sí reprobables o regresivas o atentatorias en contra de los principios liberales que rigen a nuestra Constitución, sino por el hecho mismo de presentarse como un engaño a quienes creen que la razón es el ensanchamiento de la libertad, cuando en realidad lo que se busca es que las asociaciones religiosas tomen espacios dentro de los medios y las distintas formas que existen para difundir las creencias religiosas.

 

REVISAR OTROS TEMAS

Ahora bien, si las fracciones parlamentarias que demostraron una vocación liberal y de avanzada en el Congreso del Estado, de verdad tiene ganas de revisar todos los temas que atentan contra lo que ellos denominan o entienden como Estado laico, entonces tendrían también que comenzar a analizar otros temas paralelos, que ya son vigentes en nuestra legislación y que en otros tiempos no sólo no fueron rechazados por conservadores y regresivos, sino que también fueron promovidos no sólo por la iglesia católica, sino por todos los partidos que ahí tienen representación legislativa.

¿De qué hablamos? De la reforma a la Constitución Política del Estado que, en 2009, estableció en su artículo 12 que en Oaxaca se garantiza el derecho a la vida desde el momento de la concepción. ¿Por qué?

Porque independientemente de que esa determinación implica el hecho de eliminar por completo cualquier posibilidad de reglamentación del aborto voluntario en la entidad (e incluso obligaría a eliminar del Código Penal local todas las formas de autorización legal del aborto por parte del Estado), lo grave es que esa reforma fue confeccionada y promovida también desde las cúpulas de la Iglesia Católica; que, además, fue negociada y consensada desde las altas esferas religiosas con las altas esferas políticas de la entidad; y que, por esas razones, fue aprobada en la LX Legislatura local por todas las fracciones parlamentarias ahí representadas, independientemente de la filiación política e ideológica que cada una de ellas dijera tener.

No sólo por lo que literalmente obliga esa reforma, sino por los intereses y la forma de negociación que representa, esa reforma debiera echarse por tierra para que, luego, en un verdadero proceso legislativo y deliberativo, se llegase a una conclusión verdaderamente legítima sobre si se debe o no establecer la garantía de la vida desde el momento de la concepción en la entidad, y el alcance que esto debiera tener en relación a la legalización del aborto voluntario, que es uno de los temas que más ruido le ha hecho a la Iglesia Católica en los últimos años.

 

CONGRESO DE CONVENIENCIAS

Esta Legislatura no debe ser eso: un Congreso de poses que acepta o rechaza reformas según sea la conveniencia política del momento. En esta y en todas las Legislaturas debe haber mayor capacidad para digerir los problemas y las decisiones a las que se enfrentan, y no sólo dar pautas de independencia y laicidad sin entrar a revisar el pasado. Los poderes fácticos, hoy y nunca, deben determinar las decisiones que toman los legisladores.

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