Nace la Ciudad de México: aparece el Estado 32 del país

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+ Homologación, acto de justicia para vanguardia política


El martes, el Senado de la República concluyó los trabajos legislativos de la reforma política que le dará vida a la Ciudad de México como una verdadera entidad federativa, y que liquida la figura del Distrito Federal. Este es un hecho de gran trascendencia para nuestro país, porque quizá desde la emisión de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en 1917, no ha habido otro Constituyente con tanto potencial de trascendencia —el de ninguna entidad federativa habrá sido tan relevante— como el que se conformará para redactar la Carta Constitucional de la capital del país.

En efecto, con 74 votos a favor, 20 en contra y una abstención, el Senado de la República aprobó el martes los cambios enviados por la Cámara de Diputados a la minuta de la reforma política del Distrito Federal, con lo cual la capital del país se llamará de manera oficial Ciudad de México, será una entidad federativa, con autonomía de gestión, y contará con su propia Constitución.

La reforma política de la ahora oficialmente llamada Ciudad de México, llevaba 15 años atorada en el Congreso de la Unión debido a las diferencias entre las fuerzas políticas del país. Según los transitorios de la minuta, una vez que aprueben la modificación constitucional 17 entidades federativas, el Instituto Nacional Electoral emitirá la convocatoria para elegir a los integrantes del Constituyente, que elaborará la Constitución de la nueva entidad federativa.

Pareciera que los cambios sustanciales que podría tener la capital son mínimos; aunque sólo basta con regresar veinticinco años en la memoria, para corroborar y reconocer que en pocos países del mundo la situación política de una sociedad ha podido cambiar tanto, en un periodo tan corto de tiempo, como lo ha hecho la capital mexicana. ¿De qué hablamos?

De que apenas en 1993 —hace 22 años— se estableció el primer régimen equiparable al de un estado más del país para el Distrito Federal, al establecerse en el artículo 122 constitucional (que hasta entonces no hacía mención alguna al régimen político del DF) una especie de división de poderes, en la que había un Jefe del Distrito Federal, una Asamblea de Representantes, un Tribunal Superior de Justicia; y se instituía el deber de legislar un Estatuto de Gobierno para la capital del país, pero sin la posibilidad de que los habitantes de la capital pudieran elegir siquiera a sus gobernantes.

Fue en 1996 cuando ocurrió la primera gran reforma política de la capital del país, que le quitó al Presidente la facultad de nombrar al llamado “regente” del Distrito Federal, y que estableció que esto ocurriera a través del voto de los capitalinos. Dicha reforma, también modificó la naturaleza de la Asamblea de Representantes para convertirla en Asamblea Legislativa. Pero evidentemente, fue una reforma incompleta porque a entonces nueva figura del Jefe de Gobierno del Distrito Federal no se le dieron facultades plenas, sino que en algunos rubros (como el de la seguridad pública) éstas siguieron supeditadas al Ejecutivo federal.

Aunque parecen temas olvidados, ese reparto de facultades entre el Ejecutivo Federal y el Jefe de Gobierno, ya hicieron crisis, como cuando en 2004 el entonces presidente Vicente Fox Quesada destituyó a Marcelo Ebrard Casaubón como titular de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, luego de que ocurriera el linchamiento de dos agentes de la Policía Federal Preventiva en Tláhuac.

Ebrard había sido nombrado por el consenso entre el jefe de Gobierno, Andrés Manuel López Obrador y el presidente Fox; pero luego de aquella masacre —aderezada por el pleito entre los dos políticos por la carrera sucesoria del 2006— Fox utilizó a plenitud una facultad que hasta entonces había estado sólo señalada para el Presidente, pero que en los hechos había ejercido el Jefe de Gobierno del DF.

EL ESTADO 32

Con estos cambios, la Ciudad de México tendrá una autonomía inédita, ya que el gobierno federal mantendrá la responsabilidad del financiamiento a la educación y los servicios de salud, además de que el endeudamiento público correrá a cargo del Congreso de la Unión.

Otro de los puntos relevantes, es que se mantiene la figura del jefe de gobierno del Distrito Federal, pero ya con facultades plenas sobre la administración pública de la Ciudad de México, incluidas las que hasta ahora habían estado en manos del Ejecutivo federal, como un resabio de la garantía de mantener el orden público que data desde el periodo inmediato posterior a la Decena Trágica (en 1913), el cual marcó en buena medida la situación política del Distrito Federal como un territorio supeditado al mando federal.

Asimismo, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal se convertirá en un Congreso local, por lo que adquirirá la facultad para aprobar o rechazar reformas constitucionales, como el resto de los Congresos estatales. El Congreso de la Unión determinó que la Asamblea Constituyente redactará la Carta Magna de la capital del país antes del 1 de enero de 2018; y que las delegaciones se transformarán en demarcaciones territoriales que serán administradas por un alcalde, que tendrá un cabildo como contrapeso.

Este es otro cambio fundamental, pues hasta ahora uno de los reclamos más válidos respecto a las jefaturas delegacionales, es que éstas tenían las mismas condiciones que un Ayuntamiento en cuanto a infraestructura, responsabilidad, y posibilidad de disponer de recursos públicos, pero en un marco evidentemente antidemocrático, respecto a la figura del Municipio. Pues mientras en éste último, se elige a planillas que integran un Cabildo plural (en el que hay representación proporcional de los partidos perdedores), en el caso de las Delegaciones del DF en éstas el que gana ejerce a plenitud el cargo sin contrapesos; y quien pierde no queda integrado ni con una representación minoritaria en el gobierno delegacional.

CAMBIO TRASCENDENTAL

Se tiene contemplado que la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México arranque sus trabajos el 15 de septiembre del año próximo. Éste será el Constituyente más observado y sujeto al escrutinio de la ciudadanía en México desde que se aprobó la Constitución Federal de 1917. La capital de la República es el epicentro de las grandes decisiones nacionales, y por eso lo menos que se debe esperar es un trabajo legislativo de Estado, y no el grosero reparto de cuotas y parcelas, como ocurre actualmente en la partidocracia.

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