Santiago Nieto: un caso en el que la ruta jurídica le dará cauce a las apariencias políticas

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Una de las rutas más duras a través de las cuales el país debe demostrar que está cambiando, es la del choque entre las apariencias y los intereses políticos, y las disposiciones jurídicas. En muchos casos hemos visto cómo lo político no necesariamente es lo jurídico. Pero en pocos momentos lo habremos visto con tanta claridad como en la definición que tenga la abrupta destitución del Fiscal Especializado para la Atención de Delitos Electorales, y su llamado al Senado —y a las instancias que sigan— para que lo restituyan.

En efecto, el pasado 20 de octubre Santiago Nieto Castillo, fue removido de la Fiscalía Especializada en Atención de Delitos Electorales (Fepade), “por transgredir el Código de Conducta de la Procuraduría General de la República”. La decisión fue tomada por el encarado de la PGR y subprocurador Jurídico y de Asuntos Internacionales, Alberto Elías Beltrán, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 30 de la Ley Orgánica de la dependencia.

“En esta fecha removió de su cargo al titular de la Fiscalía Especializada en Atención de Delitos Electorales. Lo anterior, toda vez que el referido servidor público transgredió lo dispuesto en el Código de Conducta de la Procuraduría General de la República”, informó la dependencia. Agregó que de esta manera, la Procuraduría General de la República reitera su compromiso de vigilar que las actuaciones de los servidores públicos sean apegadas a la legalidad y ética institucional, así como a las disposiciones de la investigación del Sistema Procesal Penal Acusatorio, protegiendo en todo momento los derechos humanos de la sociedad en su conjunto.

En respuesta a ello, Nieto Castillo, solicitó al Senado objetar la decisión de Elías Beltrán, quien lo destituyó el viernes de la semana pasada, al considerar que no se le concedió un debido proceso y que existen diversos problemas jurídicos en su remoción. Ante el requerimiento de Nieto al Senado, el encargado de la PGR dijo que la institución “no puede permitir errores”.

En un oficio enviado al presidente del Senado, Ernesto Cordero, Nieto Castillo expresó que Elías Beltrán le notificó personalmente su remoción con efectos inmediatos como titular de la FEPADE de la PGR, pero aseguró que no hubo un procedimiento en el cual se le informaran las razones por las que se le destituyó, ni se le dio la oportunidad de defenderse ni de presentar pruebas. “El acto en cuestión tampoco está debidamente motivado, en el sentido de que en él expresen las razones por las que se estableció que mi conducta pudo haber infringido algún ordenamiento. La fundamentación es deficiente, en razón de que los preceptos citados en su oficio no son aplicables a los hechos que vagamente se me pretenden aplicar”.

Nieto Castillo señaló que Elías Beltrán, quien notificó al Senado de su decisión el pasado 20 de octubre, es el encargado de despacho de la PGR, por lo que pidió a los legisladores que se analice si un funcionario que ocupa provisionalmente esa posición tiene las atribuciones suficientes para remover a un funcionario cuya designación fue hecha por el Senado.

Ante este cruce de argumentos hay varias cuestiones sustantivas: primera, que la PGR aún no es un órgano constitucionalmente autónomo; segunda, que, ciertamente, el Titular de la FEPADE ya había sido electo por el Senado, como una muestra del avance en la ruta de la autonomía, que se logrará al consolidar la Fiscalía General; tercero, que el cargo de Nieto Castillo seguía sujeto a la jerarquía normativa de la PGR; y cuarto, que el gobierno federal enfrenta tal nivel de desgaste que es casi imposible que, hoy, en la circunstancia actual, la ruta estrictamente jurídica prevalezca. Vale la pena una explicación mas amplia.

VICISITUDES LEGALES

La oposición por defecto que hoy enfrenta el gobierno federal es mayúscula. Por eso, inopinadamente todas las fuerzas opositoras cerraron filas con Nieto Castillo, al margen de cualquier consideración de índole jurídica, y de considerar si su destitución tuvo una causa justificada o si fue apegada a derecho o no. Ahora el PRI tendrá que defender la decisión del gobierno federal. pero en el cruce se tendrán que enfrentar —todos— a la justicia. ¿Por qué?

Porque el gobierno federal —a través de la PGR— puede estar segura que en estricto derecho la destitución de Santiago Nieto es sólida, a partir de que los transitorios de la reforma a la PGR establece que mientras ésta no evolucione en Fiscalía General, el Titular de la PGR puede destituir a los fiscales especializados aún cuando éstos hayan sido electos por el Senado, y no nombrados por éste. El problema es que en medio de eso se cruzan, primero, los intereses políticos; y segundo, se cruzan también la parte jurídica que finalmente tendrá que ser quien le dé luz a todo este entuerto.

En la parte política, el Senado podría restituir al titular de FEPADE pero también podría enfrentar una Controversia Constitucional por parte del Ejecutivo, vía —paradójicamente— la PGR. ¿Por qué? Porque posiblemente el Senado estaría excediendo sus funciones, y todo tendría que resolverlo la Suprema Corte, estableciendo cuáles son los linderos de los derechos de cada uno de ellos, y de fondo quién tiene la razón.

Otra de las vías posibles es que Santiago Nieto Castillo esté tratando de agotar el procedimiento ante el Senado, aunque lo pierda, para luego ir a alegar las violaciones a sus derechos fundamentales. En su declaración inicial dio luces al respecto, al considerar que no se le concedió un debido proceso y que existen diversos problemas jurídicos en su remoción. En el fondo, Santiago Nieto podría ir a alegar que fue víctima de un acto ilegal de privación, a partir de que no se le garantizaron los derechos contenidos en el artículo 14 constitucional.

Dicho precepto establece que “nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho”.

Así, un acto inconstitucional de privación ocurre cuando a alguien se le anula la libertad, sus propiedades, posesiones o un derecho —ojo en esto último— sin que antes se haya seguido un procedimiento seguido en forma de juicio, en el que se le haya permitido ser escuchado, presentar pruebas y plantear alegatos antes de la resolución. Santiago Nieto estaría, pues, cumpliendo con los actos preparatorios para poder acudir legítimamente al juicio de amparo.

POLARIZACIÓN

¿Cuál sería el problema? Que, como lo dijimos al inicio de este apartado, en el fondo el gobierno federal sí podría tener la razón legal, a partir de las razones antes esgrimidas. ¿Lo crítico? La ilegitimidad del propio gobierno y la afición natural a la oposición que hoy como deporte practica una parte de la sociedad mexicana, al margen de las razones legales. Esto es gravísimo, pero es parte de la realidad polarizada y extremista que vive nuestro país.

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