Ley de seguridad interior: ¿Debe legalizarse presencia de las fuerzas armadas en las calles?

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Amplios sectores de la población enfrentan visiones con relación a la posibilidad de que el Congreso emita una Ley de Seguridad Interior, que norme la actuación de las fuerzas armadas en las tareas de seguridad pública. Por un lado, hay quienes afirman que aún cuando no existe un mandato expreso de la ley respecto a que el Ejército o la Marina actúen en auxilio de la seguridad pública, la interpretación constitucional y de diversas leyes sí puede llevarnos a entender que no actúan en el limbo jurídico; y quienes están en contra, dicen con razón que debemos entender la dimensión de lo que se pretende, como una violación flagrante a la Constitución. En el fondo, todos rechazan la posibilidad, aunque con distintas visiones y argumentos.

En efecto, quienes dicen que sí hay marco que regule la actuación de las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública, rechazan la idea de que se norme su actuación a través de una ley de seguridad interior, porque señalan que ese sería el primer paso para mantener el estado de cosas en el que las fuerzas armadas se consoliden en las calles y las autoridades civiles descontinúen indefinidamente la necesidad de mejorar las corporaciones de seguridad pública.

En el fondo, señalan, esa sería la forma de no cambiar y de no perder legitimidad, a pesar de todo lo que implica el hecho de que el ejército o la marina tome las tareas que, por ejemplo, le corresponden a una corporación de policía municipal, y que gracias a esa actuación la autoridad que fue rebasada en sus atribuciones (el alcalde o el cabildo, en el ejemplo) se relegitimen a partir de la presencia y la fuerza de los elementos castrenses cuando en realidad todo ello sería un signo casi inequívoco del fracaso de su autoridad.

En ese sentido, Jaime López Aranda (http://seguridad.nexos.com.mx/?p=131) señala que lo primero que debe ponerse sobre la mesa es que las Fuerzas Armadas, aún en ausencia de una ley de seguridad interior, tienen responsabilidades legales que deben considerarse simultáneamente como de seguridad nacional y de seguridad pública y bajo ninguna circunstancia están operando en un vacío legal. Las leyes orgánicas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos y de la Armada de México, la Ley de Seguridad Nacional, la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, entre otras, prevén que el Ejército y la Marina realicen actividades que legal y prácticamente implican combatir de manera directa al menos a los grupos criminales más poderosos. Aunque se puede argumentar —y gente razonable puede estar en desacuerdo sobre este punto— que el Artículo 21 Constitucional y la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública restringen en alguna medida las tareas de prevención, investigación y persecución de delitos a las autoridades civiles, una interpretación legal y operativa más amplia del resto del marco legal vigente obligaría a repensar las cosas a profundidad. ¿Se quiere argumentar, por ejemplo, que las policías deben hacerse cargo de los robos y el combate al tráfico de armas, personas y estupefacientes en el mar, todas ellas atribuciones explícitas en la actualidad de la Armada de México? ¿O quizá se pretenda señalar que la misión de garantizar la seguridad interior y las atribuciones en materia de armas de fuego del Ejército y la Fuerza Aérea no cubren la interdicción de grupos armados circulando por el territorio nacional como parte de sus actividades delictivas? ¿Y qué decir del hecho de que la Ley de Seguridad Nacional prevé explícitamente que impedir el combate a la delincuencia organizada—no la delincuencia organizada, sino impedir el combate a ésta, lo que por definición es una de las principales actividades de cualquier grupo criminal—es una amenaza a la seguridad nacional?

OTRAS VISIONES

Refutando las ideas anterior, Alfredo Lecona Martínez (http://bit.ly/2r6uXaP) sostiene que es imposible intentar ordenar el debate afirmando que las dos posiciones (de apoyo y oposición a la ley de seguridad interior) son beneficiarias del “mito”. Cuando se concluye que con la oposición o el bloqueo a reformas legales, como las que abrieron este debate, inexorablemente se perpetuaría el statu quo y que de ello no resultaría el regreso del ejército a los cuarteles, se hacen de lado los diagnósticos y alternativas que se han propuesto desde la sociedad civil y se reducen los fines de las recomendaciones de organismos internacionales a una demanda simplista y no al fin último de exigir seguridad sin guerra.

Nadie pretende hacer a un lado en su totalidad a las Fuerzas Armadas de tareas de seguridad pública, como si se pensara que las policías deben hacerse cargo, por ejemplo, del tráfico de personas, armas y estupefacientes en el mar. Pero la renuncia del Estado a fortalecer las instituciones civiles, no puede orillarnos a forzar interpretaciones legales y a crear legislación que legitime su actuación en tareas de seguridad, sino a exigirle al mismo Estado que cumpla con la responsabilidad de capacitar, profesionalizar y fortalecer a quienes tienen la función constitucional de la seguridad pública.

Y es que el debate no debe estar centrado en el marco legal existente ni en uno nuevo, sin antes generar los diagnósticos correctos y atender las causas del abandono al fortalecimiento de las policías. Más aún, cuando muchas de esas causas pasan por la corrupción y la falta de rendición de cuentas, por ejemplo, sobre los recursos asignados a la seguridad pública. El pasado 28 de marzo, mientras Enrique Peña Nieto sostenía un encuentro con soldados, marinos, pilotos y sus familias, el colectivo #SeguridadSinGuerra dio una conferencia de prensa en la que se ofrecieron datos y elementos que dibujan muy bien la indignante abdicación a la obligación de fortalecer a las instituciones de seguridad en los tres niveles de gobierno.

En el informe sobre la Cuenta Pública de 2015, la Auditoría Superior de la Federación reportó haber realizado 147 auditorías a recursos federales destinados a la seguridad pública, incluidas auditorías de desempeño a la Policía Federal y otras de cumplimiento fiscal de recursos otorgados a municipios y estados. Cada una de esas auditorías, tiene, en promedio, tres Promociones de Responsabilidad Administrativa, 443 en total, como consecuencia de las irregularidades encontradas en el ejercicio de los recursos asignados.

A nivel federal, es escandaloso lo encontrado en la Gendarmería Nacional, un cuerpo de seguridad de élite creado en este sexenio, al que se le destinaron 2 mil 842 millones de pesos para la realización de 10 mil operativos de disuasión, reacción, contención y restablecimiento del orden público. De esos 10 mil operativos, la Auditoría solo acreditó la implementación de 75, el 0.8 por ciento.

A nivel estatal, en 2015, el Gobierno del Estado de Sonora recibió 317 millones de pesos del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal (FASP), de los cuales hubieron irregularidades por 108 millones de pesos –una tercera parte de lo recibido–, en gastos no comprobables de equipo de cómputo y comunicación, chalecos antibalas, vehículos y armamento, así como la simulación de obras de ampliación y remodelación. El 65% de las metas establecidas por el FASP fueron incumplidas.

EN LA BASURA

En el fondo, como dice Lecona, no se trata de pensar en la fuerza sino en las personas, para entender que este no es un asunto tan vago como pudieran presentarlo. El problema en el fondo es que la corrupción ahogó no sólo la seguridad sino también las millonarias inversiones que hoy queda claro que no sirven. Y nadie, nadie habla de quiénes son, o pudieran ser, los responsables de ello.

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