Derecho a la protesta: un dilema frente a la regulación de las manifestaciones en vía pública

Date:

Recientemente, el Gobernador Alejandro Murat Hinojosa anunció que en esta semana enviará al Congreso del Estado una iniciativa de ley para regular las marchas y manifestaciones que ocurren en la vía pública en la entidad. Esta es una iniciativa importante que debe ser considerada a la luz de algunos derechos constitucionales, así como también de la necesidad de hacer más eficientes las funciones públicas que se realizan en los tres órdenes de gobierno. Es un tema importante que debe ser analizado con todo detalle.

En efecto, la posibilidad —y la necesidad— de regular las manifestaciones que se realizan en la vía pública, ha sido un tema de amplia discusión en la entidad. Oaxaca, casi por tradición, ha sido una entidad en la que la efervescencia política es prácticamente cotidiana, y en la que las manifestaciones en la vía pública hace mucho tiempo que dejaron de ser un recurso extraordinario para convertirse en una forma ordinaria de las organizaciones sociales, gremios y demás, para ganar la atención del gobierno y lograr los objetivos que se proponen.

De hecho, en el largo devenir de las afectaciones a la vía pública, queda claro que uno de los principales factores ha estado en la Sección 22 del SNTE, que por mucho ha sido la principal protagonista de esta compleja historia de relaciones entre las organizaciones sociales y el gobierno estatal, en la que el punto central de todas las actuaciones tiene que ver con la toma de la vía pública para realizar protestas, manifestaciones, plantones y acciones de presión. Si lo consideramos en esa lógica, la 22 ha sido quien ha abierto y mantenido la brecha de la vía pública como la idónea para ganar la atención gubernamental, y para hacer valer sus exigencias.

Históricamente, el gobierno ha respondido a esa lógica accediendo a reconocer las protestas en la vía pública, como una forma de diálogo válido con las organizaciones. Siguiendo la lógica de que la 22 ha sido la punta de lanza de todo eso, ha quedado claro que ésta fue la que estableció toda una pauta de cómo se debía interactuar con el gobierno, y cómo al subirle el nivel a las manifestaciones y presiones sociales, el propio gobierno comenzó a desdeñar las acciones pacíficas y respetuosas —de otras organizaciones— en demanda de atención, para darle prioridad a quienes afectaban los derechos de terceros y les ocasionaban costos políticos al gobierno, por el repudio ciudadano a la inacción frente al quebranto al orden público. Esa es una de las razones —su enorme disciplina y capacidad de movilización, así como de afectación a la vía pública— por la que la 22 siempre ha estado a la cabeza de las prioridades gubernamentales en Oaxaca.

Ahora bien, ¿la solución a un problema de esta magnitud radicaría simplemente en emitir una ley que prohíba o regule las manifestaciones en la vía pública, y entonces tratar de aplicarla por la fuerza? Anticipadamente podemos afirmar que esa sería una solución parcial e incompleta, porque en realidad la disminución de las manifestaciones en la vía pública pasa por varios otros temas que no necesariamente se encuentran en la emisión de una ley o en el uso de la fuerza pública para despejar las vías cuando éstas son tomadas por manifestantes.

MANIFESTANTES Y LA LEY

La Constitución federal consagra el derecho de las personas a manifestarse. El artículo 9 constitucional señala expresamente que no se considerará ilegal, y no podrá ser disuelta una asamblea o reunión que tenga por objeto hacer una petición o presentar una protesta por algún acto, a una autoridad, si no se profieren injurias contra ésta, ni se hiciere uso de violencias o amenazas para intimidarla u obligarla a resolver en el sentido que se desee.

Este debe ser un punto de referencia indispensable para cualquier regulación de las protestas en vía pública, porque la propia Constitución federal establece los parámetros y los límites bajo los cuales una protesta puede ser válida y legal, y cuáles deberían ser las limitaciones que deberían ser reglamentadas a través de una ley, para que cuando esos extremos llegaran a romperse, entonces la autoridad pudiera estar legitimada para utilizar la fuerza pública, o algún mecanismo coactivo para hacer cumplir la ley y restablecer el orden en la vía pública.

Así, frente a ese problema —que no es sólo de Oaxaca—, en algunas otras entidades se han buscado soluciones a través de normas específicas. En particular, en la Ciudad de México han explorado diversas posibilidades de regulación pretendiendo establecer, por ejemplo, que los manifestantes tienen prohibido bloquear, e incluso marchar, en vías primarias de circulación vehicular; que deben dar aviso por escrito a la autoridad con 48 o 72 horas de anticipación al acto de protesta; o que el gobierno tiene la posibilidad de disolver una manifestación cuando se afecte la movilidad de la ciudadanía.

¿Es esta una solución posible? Creemos que no. En la Ciudad de México, que es la sede de los poderes federales, ha sido imposible detener la gran mayoría de las manifestaciones que todos los días ocurren en las calles de la capital. A pesar de que tanto el gobierno capitalino, como el federal, tienen diversas instancias de concertación política, muchas de esas manifestaciones comienzan y terminan sin que exista autoridad que pueda detenerlos. Sólo en casos extraordinarios (como lo fue el plantón de los trabajadores de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación, que se encontraba en el zócalo capitalino en los albores del festejo de la promulgación de la independencia, por allá del año 2014) algún tipo de manifestación ha sido disuelta.

Junto a ello, lo que queda claro es que también debe haber una revisión integral, y a fondo, de los márgenes de atención que pueden dar las instituciones cuando se presenta algún acto de protesta, e incluso cuando éste es previsible. Por esa razón, en Oaxaca se ha discutido también en varios momentos la necesidad de que no todos los asuntos terminen resolviéndose en la capital oaxaqueña —donde se encuentran la sede de los poderes públicos—, y que más bien puedan resolverse ahí mismo donde se originaron o donde se convirtieron en un problema.

EFICACIA GUBERNAMENTAL

Esa fue una de las razones que dieron origen a las delegaciones de gobierno, y fue también la base por la que en algunos momentos la Secretaría General de Gobierno intentó generar coordinaciones regionales para atender de origen los problemas y evitar que éstos terminaran impactando en manifestaciones en la capital oaxaqueña. ¿Por qué no han funcionado? Parece que porque, integralmente, no ha habido la atención y la convicción de que esa puede ser una vía alterna a la regulación de las marchas, y que en gran medida todo podría resolverse a través de la eficacia en las tareas de gobierno. De ahí que este sea un enorme reto para la gobernabilidad, en las condiciones actuales de nuestro estado.

1 COMMENT

LEAVE A REPLY

Please enter your comment!
Please enter your name here

Share post:

spot_img

Popular

More like this
Related

Por mi raza… ¿indígena?

Carlos R. Aguilar Jiménez Nuestro origen humano, como antropoides erguidos...

Maryfer Centeno y yo: entrevistas insólitas

Primera parte Renato Galicia Miguel  Confieso que entrevisté a la...

“Primero los pobres”

Carlos R. Aguilar Jiménez “Por el bien de todos, primero...

CONTRAFUEGO || No es Trump, son los polkos

Aurelio Ramos Méndez En buena hora la presidenta Claudia Sheinbaum...