+ Vera Salinas: desaparecido y protegido por sus cómplices
Han pasado 11 días desde que un grupo del Ejército mexicano descubrió, en Cancún, Quintana Roo, un centro clandestino de espionaje y escucha telefónica presuntamente a cargo del teniente de navío José Manuel Vera Salinas. Conforme pasan los días, disminuye el impacto mediático sobre el hallazgo; y la gravedad de ese asunto, pretende ser disimulada con los entuertos legales y el olvido. Esta podría convertirse en una muestra más, de cómo la impunidad juega un papel eficaz —aunque aberrante— en nuestra sociedad y, sobre todo, entre los grupos de poder.
Parece necesario, en un primer momento, recapitular brevemente para comprender mejor el contexto. Luego de su destitución como jefe de la Policía Preventiva, José Manuel Vera Salinas mantuvo una presencia discreta en Oaxaca porque se decía que realizaba trabajos de información e inteligencia para el Gobierno del Estado. En 2007 fue nombrado como director de Tránsito Municipal en el municipio de Benito Juárez, en Quintana Roo, que es el asiento de la ciudad de Cancún. A partir de entonces, en dicho Ayuntamiento, ocupó diversos cargos, entre ellos el de director de la academia de policía, jefe de tránsito y asesor de la Presidencia Municipal.
Esa era la responsabilidad que ostentaba hasta hace un par de semanas, cuando fue descubierto un primer centro de operaciones, ubicado en el departamento 401 de los Condominios Xcaret de la supermanzana 20, a escasos doscientos metros del Palacio Municipal de esa demarcación; días después, fueron localizados al menos otros dos centros de características similares. La segunda de las casas de espionaje, según información periodística, se encuentra ubicada en la privada Venezuela 18 en residencial Las Américas, y la tercera en Barrio Maya región 517. Y se asegura que se rastrean por lo menos otros tres o cuatro centros relacionados con éstos tres primeros, que se encontrarían localizados en Chetumal y Playa del Carmen.
De estos tres aseguramientos, sólo en el primero hubo un detenido, de nombre Juan Ramírez Ramírez. Siguiendo lo publicado en los últimos días por medios de información del Distrito Federal, al ser presentado este individuo ante el Agente del Ministerio Público Federal, no sólo aceptó expresamente ser un empleado del gobierno municipal de Benito Juárez, y estar comisionado a las labores que realizaba el teniente Vera Salinas, sino que además reconoció “que se espiaba a jefes militares y policíacos, además de funcionarios, políticos y líderes de opinión”. En la información, se detallaba que “en la averiguación previa 193/2010-III se establece que el espionaje incluía a altos mandos: el comandante de la 34 Zona Militar, general Anastasio García Rodríguez; el secretario de Seguridad Pública, Almirante Miguel Ángel Ramos Real y el comandante de la V Zona Naval Militar, Vicealmirante Carlos Octavio Angulo entre otros.
Estas revelaciones, necesariamente, tendrían que hacer dar un vuelco completo a la investigación, para extenderla no sólo a los potenciales autores materiales, sino en contra de todos los posiblemente implicados. Sin embargo, tal parece que los verdaderos interesados en que se haga justicia y se castigue a los responsables de estos ilícitos —es decir, todas las personas que fueron vigiladas, seguidas, espiadas y a las que se les vulneraron todos los derechos fundamentales relativos a su privacidad e intimidad— podrían llevarse un nuevo fiasco con la acción legal y de los órganos de justicia.
NORMAS BLANDAS
El párrafo décimo segundo del artículo 16 de la Constitución federal señala que “Las comunicaciones privadas son inviolables. La ley sancionará penalmente cualquier acto que atente contra la libertad y privacidad de las mismas, excepto cuando sean aportadas de forma voluntaria por alguno de los particulares que participen en ellas…” ¿De verdad son inviolables y, sobre todo, de verdad la ley es tan severa como para sancionar eficazmente a quienes incurran en esta práctica indebida, ilegal e inconstitucional?
Para responder a esta pregunta, necesariamente debemos atender una prevención inicial. Son dos ordenamientos distintos los que sancionan, por un lado, la intervención ilegal de comunicaciones, y por el otro, el espionaje. El primero de esos delitos es, de acuerdo con el artículo 27 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, el que comete cualquier servidor público que accede a comunicaciones privadas sin la autorización judicial correspondiente, o en términos distintos al dispuesto por el juez. En el caso del espionaje, éste resulta, de acuerdo con el artículo 177 del Código Penal Federal, cuando un particular interviene ilegalmente dichas comunicaciones.
En el primero de los casos, es decir, en el de los servidores públicos, la sanción establecida va de los seis a los doce años de prisión, y multa de entre 500 y mil días de salario mínimo; y en el segundo, relativo al espionaje sancionado por el Código Penal Federal, la sanción aplicable es asimismo de seis a doce años de prisión, y el pago de una multa oscilante entre los 300 y los 600 días de salario mínimo.
Sin embargo, llegado hasta este punto, podemos seguir afirmando que, de todos modos, podría seguir ganando la impunidad. ¿Por qué? Porque ninguno de los dos delitos, se encuentra previsto en el catálogo de delitos graves que establece el artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales. Es decir, que aún con lo elevadas que son las penalidades y lo grave que resulta la comisión de este tipo de delitos, mencionados incluso en el Texto Constitucional Federal, cualquiera que sea responsable de éste tiene acceso a todos los beneficios legales, comenzando por la libertad bajo caución.
IMPUNIDAD PREVALECIENTE
La intervención de comunicaciones y el espionaje, ponen en peligro la seguridad y privacidad de las víctimas directas. Ponen, además, en grave riesgo la seguridad del Estado. La información es poder y, ante esto, la información se encuentra en manos desconocidas. Sin embargo, Juan Ramírez podrían obtener su libertad provisional en cualquier momento, o incluso ya lo habría logrado; Vera Salinas está prófugo y protegido por sus jefes y/o cómplices. La norma es blanda. Y, de todos modos, la impunidad es lo que está ganando en este asunto por demás grave.
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