Inadmisible, amnistía que propone López Obrador para la delincuencia en México

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Los movimientos sociales —incluso los armados, que llegan a utilizar la violencia— guardan una distancia muy amplia con la criminalidad y la delincuencia organizada. Los movimientos sociales y armados persiguen un fin eminentemente político, pero utilizan la violencia como un mecanismo para tratar de hacer valer sus exigencias o postulados ideológicos. Por su parte, la delincuencia común y organizada tiene como único fin quebrantar la ley para obtener un beneficio particular. En cualquiera de las lógicas posibles de cualquier Estado democrático, a los primeros se les puede incluir en un proceso de reconciliación; pero a los segundos se les persigue, hasta el final, con todo el peso de la ley. Eso es lo que no parece entender el Candidato Presidencial de Morena en México.

En efecto, Andrés Manuel López Obrador, líder del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) habló este fin de semana en Tixtla, Guerrero, sobre analizar otorgar una amnistía a los líderes del crimen organizado con el objetivo de pacificar el país. La declaración de amnistía que propone, plantea incluir a corruptos, incluso a los que forman parte de lo que llama “la mafia del poder”, pero además agregó a la lista a los líderes de grupos criminales, aunque precisó que esta decisión tendría que ser avalada por las víctimas.

En esencia, lo que plantea López Obrador es impulsar una especie de borrón y cuenta nueva para una aparente “reconciliación” entre el pueblo mexicano y los criminales. Según su lógica, los criminales deben ser perdonados en aras de pacificar al país, como si en la lógica de un delincuente, el solo hecho de ser perdonado por la sociedad lo hiciera no volver a delinquir. Incluso, está plenamente comprobado que el inexistente proceso de reinserción social en las cárceles del país, alimenta las calles de criminales que ya habían estado en prisión y que al recobrar su libertad deciden volver a delinquir sin considerar el aparente escarmiento vivido al haber estado en prisión por un tiempo determinado.

¿Para quiénes resulta viable una amnistía? Lo es para quienes fueron parte de un movimiento político, que primero fue perseguido por la vía judicial, pero después se comprende la relevancia social de impulsar un proceso de reconciliación como una forma de darle una solución de fondo a las discordancias sociales, o cuando se pretende terminar de fondo con un conflicto político que llega a la violencia.

En el siglo XIX, el gobierno impulsó diversas leyes de amnistía a favor de personas o movimientos que habían luchado por el poder; en el México contemporáneo, en el ámbito estatal, se recuerdan dos leyes de amnistía: la primera, que fue emitida en 1978, respecto de todos los líderes y participantes en los movimientos sociales surgidos en 1968 y los años posteriores; y se impulsó otra ley de amnistía en 1994, para dejar de perseguir y procesar judicialmente a todas las personas que habían participado en el alzamiento protagonizado en Chiapas por el Ejército Zapatista de Liberación Nacional.

 

LEYES DE AMNISTÍA

La Ley de Amnistía federal de 1978 ley fue decretada en favor de quienes se ejercitó acción penal por los delitos de sedición, instigación, incitación, rebelión, conspiración u otras faltas cometidas al formar parte de grupos, impulsados por móviles políticos, con el propósito de alterar la vida institucional del país.

En 2015 dicha norma quedó abrogada, al considerarse que a más de 30 años de su promulgación, la legislación cumplió con su propósito al reincorporar a la vida pública a los integrantes de aquellos grupos disidentes, además de aplicarse a los hechos y situaciones que le dieron origen, por lo que su prevalencia en el sistema jurídico mexicano resulta irrelevante. La Ley de Amnistía de 1994, respecto a los participantes en el alzamiento zapatista, continúa vigente.

Ahora bien, en Oaxaca existen dos Leyes de Amnistía vigentes. Una similar a la federal de 1978, que fue emitida en los tiempos en los que el General Eliseo Jiménez Ruiz era Gobernador del Estado, la cual tenía como propósito “otorgar amnistía a favor de todas aquellas personas en contra de quienes se haya ejercido acción Penal, ante los Tribunales del Poder Judicial del Estado, hasta la fecha de entrada en vigor de la presente Ley; por los delitos de Sedición, Conspiración o porque hayan invitado, instigado o incitado a la rebelión u otros delitos cometidos, formando parte de grupos e impulsados por móviles Políticos, con el propósito de alterar la vida Institucional de la Entidad; siempre y cuando no sean éstos contra la vida, la integridad corporal, secuestro, daño en propiedad ajena y robo.”

En el año 2000, el Estado de Oaxaca emitió otra Ley de Amnistía, ahora a favor de quienes habían participado en las acciones del Ejército Popular Revolucionario del año 1996 hasta entonces. Dicha norma estableció “amnistía a favor de todas aquellas personas en contra de quienes se haya ejercitado o pudiere ejercitarse acción penal, ante los tribunales del Poder Judicial del Estado, por los delitos cometidos con el propósito de alterar la vida institucional y la seguridad interior del Estado, y para aquellos individuos que en actuaciones ministeriales y/o judiciales se desprenda que el delito que se les imputa se encuentra vinculado con dicho móvil, formando parte de grupos armados e impulsados por móviles de reivindicación social relacionados con los hechos del día 28 de agosto del 1996 hasta la fecha de entrada en vigor de la presente Ley.”

Las leyes de amnistía son, en efecto, un elemento importante de reconciliación social porque se entiende que los delitos que se cometen fueron realizados y perseguidos en el contexto de una cuestión política, y no porque propiamente hubiera voluntad para cometerlos con un ánimo eminentemente de lucro ni como una forma de obtener provecho particular de ello. Por esa razón resulta abominable el solo planteamiento de decretar una amnistía a favor de las bandas criminales que han asolado al país en los últimos años, porque bajo ninguna circunstancia la naturaleza de su actuación es política, y porque tampoco tienen una base social que respalda sus acciones como parte de una aspiración ideológica.

 

NO OLVIDAR

Al final, en ningún lugar del mundo se perdona a la criminalidad. No puede ser así, porque ni siquiera a los homicidas, secuestradores, torturadores o ladrones, se les perdona con las normas de amnistía antes mencionadas. De hecho, aplicar la ley con toda energía, y no derogarla de iure o de facto, es una condición indispensable para cualquier reconciliación social que busque cualquiera que quiera ser presidente.

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