Entrega-recepción municipal

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Conceptos y decisiones

Adán Córdova

A partir del 1 de enero se cerró un ciclo e inició la nueva gestión en 153 municipios en Oaxaca.

Por mandato de ley, la administración municipal saliente debe entregar los recursos públicos, económicos, humanos, tecnológicos y materiales, además de informar los asuntos en trámite, los urgentes, trascendentes y ordinarios.

Por obligación, durante 30 días hábiles la administración entrante debe recibir los recursos, analizar y dictaminar las condiciones en las que se encuentran, pudiendo requerir los recursos, documentos o materiales faltantes a los funcionarios salientes. 

Por responsabilidad, se debe informar a la ciudadanía y a las autoridades encargadas de la revisión y fiscalización de los recursos públicos, lo que se entrega y las condiciones en que se recibe.

No es un acto de voluntad, es un deber porque los recursos no son del presidente municipal, regidores o síndicos, menos del ex presidente, ex regidores o ex síndicos, son de los ciudadanos.

En este proceso, existen nuevas obligaciones y funciones para las instituciones encargadas de la vigilancia y fiscalización de los recursos públicos – Órgano Superior de Fiscalización, Órgano Interno de Control Municipal – también para los síndicos municipales.

El lunes 14 de febrero vence el término para que la autoridad municipal requiera a la autoridad saliente, las aclaraciones, justificaciones o información adicional, teniendo la obligación de atender los requerimientos.

A toda acción corresponde una reacción, y el proceso de entrega-recepción no es la excepción:  

  • Quien entrega, cumple con su responsabilidad. 
  • Quien recibe, debe analizar, requerir, dictaminar, denunciar las irregularidades y a los servidores públicos.
  • Quien no quiere entregar, se le debe denunciar.
  • Quien no quiere recibir, debe ser requerido para cumplir con su obligación.
  • Quien no quiere dictaminar o denunciar, se vuelve cómplice. 
  • Quien dictamina para su beneficio o denuncia sin elementos, es perverso y encamina a un mal gobierno. 

Lo correcto es dictaminar la entrega; no recibir sin revisar, tampoco, revisar para amenazar; hay que revisar para informar lo que se recibe y las condiciones en que se encuentra porque los recursos del municipio no son propiedad privada, son para brindar servicios de calidad, edificar obras de impacto y alcanzar el bienestar colectivo.

(*) El autor es Integrante de la Comisión de Selección del Sistema Nacional Anticorrupción; Catedrático y Coordinador del Laboratorio Universitario de Estudios de Transparencia y Combate a la Corrupción de la FDCS/UABJO. Correo Electrónico: adancordovatrujillo@gmail.com Twitter:@adancordovat Fb: Adán Córdova

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