¿Por qué el Chapo Guzmán sí puede ser extraditado a EEUU?

Date:

Chapopote

+ No le aplicarían la pena de muerte; la ley mexicana lo prohíbe


El manejo informativo sobre la posible —y dicen que hasta “inminente”— extradición a Estados Unidos de Joaquín El Chapo Guzmán, genera más interrogantes que luces sobre la veracidad de esos dichos, pero sobre todo apunta a que este es un doble juego mediático para generar presión y desconcierto entre la ciudadanía. El gobierno federal mantiene viva la discusión porque sabe que uno de los temas que preocupa a la sociedad mexicana, es la posible tercera fuga del capo; y éste sabe que en la medida que pueda mantener la discusión su posible extradición, gana tiempo para seguir interponiendo recursos legales en México, y quizá hasta para negociar una pena —relativamente— benévola con la justicia de la Unión Americana.

En efecto, hace dos semanas trasladaron a Guzmán Loera del penal de máxima seguridad de El Altiplano, en el Estado de México, a un centro penitenciario federal localizado en Ciudad Juárez. En aquel momento, se dijo como rumor —hecho correr por el propio gobierno federal— que ese traslado de centro penitenciario tenía como objeto avanzar en el proceso de entrega a la justicia estadounidense. Rápidamente, los abogados del encarcelado desmintieron la versión y anunciaron que interpondrían diversos recursos legales en contra de la posible entrega a los Estados Unidos.

Todo ocurría casi al mismo tiempo, cuando el nueve de mayo el Consejo de la Judicatura Federal confirmó que el juzgado tercero de distrito de procesos penales federales en la Ciudad de México había emitido ya una opinión jurídica en el sentido de que la solicitud de extradición presentada por la Embajada de Estados Unidos ante su similar de México, cumple con todos los requisitos establecidos en el tratado de extradición celebrado entre ambas naciones.

A partir de esta resolución, reconoció el Consejo de la Judicatura, corresponderá únicamente a la Secretaría de Relaciones Exteriores dar la autorización para que se cumpla con el traslado de “El Chapo” Guzmán a EU, para lo cual cuenta con un periodo de aproximadamente un mes. Y una vez que la Cancillería autorice el traslado, la defensa del líder del Cártel de Sinaloa podría presentar un amparo que retrasaría el proceso hasta por un año más si éste se lleva hasta sus últimas consecuencias.

Es decir, que se impugne ante tribunales colegiados e incluso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Siete días después, otro juez federal emitió una segunda opinión favorable de extradición, a partir de que son dos cortes estadounidenses las que requirieron al gobierno mexicano al capo en extradición, para que responda por los delitos cometidos en aquel país.

JUEGO DE ESPEJOS

En este punto, es claro que tanto el gobierno mexicano como la defensa de Guzmán ha barajado una especie de juego de espejos. ¿Por qué? Porque cuando recién fue ingresado a El Altiplano, la defensa jurídica de Guzmán aseguró que éste mismo había pedido que aceleraran el trámite de extradición, ya que las condiciones en las que lo tenían eran inhumanas. Hoy, esos mismos abogados dicen que El Chapo tratará de hacer valer una suspensión de amparo que tenía a su favor en contra del traslado de centro de reclusión, justamente para que lo regresen al Estado de México.

En esa misma lógica, el gobierno mexicano ha también jugado con la verdad. ¿Por qué? Porque también dolosamente, dejó correr la versión de que en Estados Unidos podrían aplicarle la pena de muerte a Guzmán Loera por los delitos que cometió en contra de ese país. Luego, dejó también correr la versión de que ya había “arreglado” con los Estados Unidos para que se le aplicara otra pena, pero no la de muerte, y que el traslado podría ocurrir dentro de algunos días. Éstas son imprecisiones manejadas deliberadamente para manipular las apariencias sobre el verdadero proceso que se le sigue al criminal para presentarlo ante la justicia estadounidense.

Pues resulta que, por ejemplo, la fracción V del artículo 10 de la Ley de Extradición Internacional señala que el Estado Mexicano exigirá para el trámite de la petición de extradición, que el Estado solicitante se comprometa: a que si el delito que se impute al reclamado es punible en su legislación hasta con la pena de muerte o alguna de las señaladas en el artículo 22 constitucional, sólo se impondrá la de prisión o cualquier otra de menor gravedad que esa legislación fije para el caso, ya sea directamente o por substitución o conmutación.

Todo esto, ocurre a partir de la lógica simple de que en todo proceso de extradición debe haber reciprocidad sobre diversas cuestiones, que van desde el hecho de que, una vez entregado a otro país, el reo sólo puede ser juzgado por los delitos por los que se solicitó la extradición; que el delito por el que se le requiere, se encuentre también tipificado en México como delito; y que no se le pueda aplicar una pena mayor a la que se le podría aplicar en nuestro país, si aquí se le juzgara por dichos delitos, entre otras.

CALDEAR LOS ÁNIMOS

En el fondo esa parece ser la intención: decir verdades a medias, presentarse como “héroes” en asuntos que están perfectamente establecidos en una ley y, en resumen, tratar de jugar con el ánimo de los mexicanos que está cada vez en un nivel mayor de descontento. Al final, eso puede explicar tantas inconsistencias no legales, sino de administración de la información, en cuanto a un asunto judicial y de soberanía, como es la extradición del Chapo Guzmán.

LEAVE A REPLY

Please enter your comment!
Please enter your name here

Share post:

spot_img

Popular

More like this
Related

¿Qué tienen que ver el Toro y Harp?: nada

Renato Galicia Miguel Dos cosas horribles han sucedido en las...

CONTRAFUEGO || Réquiem por la oposición

Aurelio Ramos Méndez Suena a exageración, pero en modo alguno...

Perder territorio

Carlos R. Aguilar Jiménez México, que hoy ya no es...

CONTRAFUEGO || Corte de tinterillos

Aurelio Ramos Méndez Si tuvieran al menos una leve noción...