+ Todas las formas de lucha, potencialmente enlazadas

 

La situación crítica que vive el país, por los diversos y varios brotes de violencia, no debe tomarse como un asunto a la ligera; del mismo modo, en este contexto es hasta insuficiente, y hasta riesgoso, tomar todos estos asuntos como temas aislados que no tienen conexiones entre sí. Si en Oaxaca el propio régimen reconoce que al interior del magisterio de la Sección 22 pudieran existir grupos ligados a organizaciones insurgentes, y si éstas son quienes de diversas formas están llamando a la organización popular para responder a las acciones del Estado, entonces el panorama es mucho más complejo de lo que parece. Es necesario analizar el contexto para ver la dimensión de esta crisis.

En efecto, en Oaxaca no es nueva ni desconocida la relación entre el magisterio democrático y organizaciones como el Ejército Popular Revolucionario. Históricamente, esa cercanía se ha explicado a partir del estrecho contacto social que tiene un gremio como el magisterial con las más precarias condiciones sociales de pobreza, marginación e injusticias que existen en las zonas rurales alejadas de los centros urbanos, y de la conciencia social de los profesores para buscar las formas (incluso las violentas) de combatir esas injusticias sociales. Así puede explicarse, en términos simples, el surgimiento de líderes guerrilleros como Lucio Cabañas o Genaro Vásquez. Y quizá también esa explicación pudiera ser parcialmente útil en la relación existente entre sectores magisteriales y grupos guerrilleros en la entidad.

Ya en el pasado reciente, los movimientos armados en México dieron señales de que sus movimientos habían dejado de ser los propios de organizaciones con presencia rural, para demostrar que podían tomar acciones en centros urbanos. La cúspide de esas demostraciones la dieron en 2006 cuando el EPR envió a un número indeterminado de sus militantes para participar en la revuelta magisterial y popular de aquel año en Oaxaca –como ellos públicamente lo han aceptado- en su calidad de “luchadores sociales”.

­Por eso, y por muchas otras razones, antecedentes, señales y demostraciones, hoy en día en Oaxaca es imposible tanto para el régimen gobernante, como para las instituciones federales de seguridad, negar que organizaciones armadas como el EPR, tienen presencia e influencia en algunos de los sectores magisteriales más radicales de la Sección 22 del SNTE, que en los meses recientes hicieron presencia en la Ciudad de México en el plantón masivo que instalaron contra la reforma educativa, y que eran quienes incitaban a la toma de acciones radicales para la toma de centros estratégicos para la capital, como para los enfrentamientos con las fuerzas policiacas federales y del Distrito Federal que intentaban contenerlos.

Por eso, aún cuando el magisterio democrático de Oaxaca (que representa el 80 por ciento de la membresía total de la CNTE) distendió sus acciones en la capital del país, no pudo evitar que sobre ellos se centrara la atención respecto a sus ligas con organizaciones armadas, y que temas como esos que ya eran conocidos en Oaxaca, fueran difuminados por la prensa de la capital del país, generando nuevas preguntas sobre la forma en cómo actúa el magisterio, y sobre lo que pudo llegar a pasar si en la Ciudad de México no se hubieran impuesto los sectores moderados de la CNTE sobre los radicales, y si la policía y los gobiernos capitalino y federal no hubieran actuado con la prudencia y tolerancia que demostraron ante las acciones magisteriales.

 

LOS LLAMADOS

Desde agosto el magisterio hizo presencia en la Ciudad de México, y uno de los temas que fue colateral al proceso de desgaste que les indujo el gobierno federal, fue el de sacar a relucir sus presuntas conexiones con grupos armados. Fuera ese o no un tema importante, lo cierto es que la CNTE demostró disciplina, capacidad de movilización y eficacia en el cumplimiento de sus objetivos a ras de tierra.

Éstos regresaron a Oaxaca. Pero por cuerda separada comenzaron a ocurrir otros hechos aparentemente inconexos. Los más relevantes son los ocurridos este fin de semana en Michoacán. Pero podrían ser también otros “accidentes” que últimamente han ocurrido en instalaciones de Petróleos Mexicanos en varias entidades de la República. E inusualmente, el EPR ha emitido dos comunicados, en un lapso sorprendentemente corto de tiempo, en el que hace llamados concretos que pudieran explicar algunas de las relaciones existentes entre hechos aparentemente desligados.

¿Cuál pudiera ser la conexión? En un primer comunicado fechado el 21 de octubre y firmado por la Comandancia General del EPR, consignan: “Ante la escalada de la violencia contra el pueblo el principio de la justicia popular es legítimo, necesario e imprescindible; a organizar y generalizar la autodefensa popular, hagamos efectivo el principio de la justicia popular, ningún crimen de Estado debe quedar impune; que la acción política de masas atruene en todo el país y confluya en una acción política conjunta multisectorial a nivel nacional contra el régimen. Cada quien en su sector y trinchera de lucha, a ubicar a los enemigos del pueblo y a actuar en consecuencia. A nuestros militantes y combatientes, ¡Atención! Activen todos los mecanismos de autodefensa.”

Y luego, en otro comunicado fechado el 28 de octubre, y emitido por el Comité de Prensa, el EPR dice: “Esta es una lucha de todos donde se debe defender escuela por escuela, padres, alumnos y maestros resistiendo y rechazando todas las imposiciones que implica la privatización de la educación (…) ante la represión que cada quien proceda atendiendo al principio de la defensa de los derechos del pueblo. Para lo cual es inaplazable: la unidad popular nacional entorno al movimiento magisterial-popular en lucha; los trabajadores de la educación en resistencia a constituirse en una sola representación nacional; llevar la lucha jurídica al plano internacional; y a retomar el corazón político-económico de la República.”

 

SEGURIDAD, EN VILO

Nada es casualidad en un asunto como éste. Queda claro que, o los grupos armados tienen una presencia relativamente importante en cada uno de los movimientos que están intentando enfrentar al Estado en diversas partes del país, o está buscando acuerpar y unificar, así como dar contenido político y sustento ideológico a lo que otros están haciendo, quizá con diversos métodos, pero estableciendo que en la búsqueda de los mismos fines que ellos.

Contra los atavismos, SCJN declara que parejas gays pueden adoptar

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parejas gays no pueden adoptar

+ Decisiones polémicas deben abonar a la civilidad y no a intolerancia


Ayer el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó declarar inconstitucional un artículo de la ley de Sociedades de Convivencia del estado de Campeche, que establece que las personas comprendidas bajo este régimen están imposibilitadas de adoptar. Con esta decisión, la Corte estableció un criterio trascendental para que, frente a prohibiciones legales o negativas de la autoridad fundadas en argumentos similares al de la legislación aludida, parejas del mismo sexo puedan acceder a un proceso de adopción en todo el país. Ante tal decisión, es nuevamente necesario abonar a una discusión centrada y civilizada, y no decidida por prejuicios o atavismos sociales.

En efecto, desde antes de ayer se preveía que la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidaría un artículo de la legislación de Campeche que prohíbe la adopción a parejas del mismo sexo cuando éstas se encuentran unidas mediante sociedades de convivencia, además de despojarlas de sus derechos de patria potestad, guardia y custodia en caso de que se conviertan en “convivientes”, sin importar que sea el padre o la madre.

En la segunda sesión de la Corte para abordar ese tema, nueve de 10 ministros se pronunciaron por la invalidez total o parcial del artículo 19 de la Ley Regulatoria de las Sociedades Civiles de Convivencia del Estado de Campeche, pero la votación definitiva se pospuso hasta ayer martes, debido a que el Pleno del Máximo Tribunal solicitó ampliar el debate sobre los argumentos que deberá incluir la sentencia en su redacción final.

El ex procurador general de la República y ministro impulsado hasta ahora por el gobierno del presidente Enrique Peña Nieto, Eduardo Medina Mora, fue el único integrante de la Suprema Corte que defendió la norma que impide la adopción a parejas del mismo sexo en la legislación de Campeche, con el argumento de que las sociedades de convivencia no representan una unión civil entre personas, sino solamente un contrato que los involucrados inscriben en el Registro Público de la Propiedad. Consideró que la discriminación contra parejas homosexuales no es parte del debate, ya que las sociedades de convivencia no es una figura exclusiva para el uso de las parejas gay.

No obstante, por encima de dichos argumentos a favor de que la ley se quede como hasta ahora está, se encuentran otros que, sin ser mencionados directamente, aluden a un atavismo que relaciona la homosexualidad con las desviaciones sexuales, y que finalmente es lo que escandaliza a muchas personas que sostienen que es inviable que una pareja de personas del mismo sexo adopte a un menor. ¿De qué hablamos?

De que básicamente se sostiene que dos personas del mismo sexo no podrían adoptar a un menor, porque esto implicaría “incitarlo” a que repita un patrón de conducta “desviado”. Es decir, que como sería criado por homosexuales, éste también lo sería. Junto a este primer argumento, existen otros todavía más atrevidos y francamente inaceptables. Esos argumentos son de los que dicen que la homosexualidad es en realidad una desviación o una perversión sexual, y que por ende el homosexual es por necesidad un pederasta, un degenerado, o un corruptor de menores.

Nada más alejado de la realidad. Quizá los prejuicios sociales y los atavismos propios de una sociedad engañosamente conservadora, fueron los que construyeron estas ideas, que no pueden sostenerse en sí mismas: una persona “degenerada”, “depravada”, o un pederasta o un corruptor, no necesitan ser homosexuales para llevar a cabo esas conductas, y de hecho la homosexualidad no es una condición para ser un abusador. Una persona que viola a un(a) menor, que lo corrompe o que lo sujeta a una condición de trata de personas con fines sexuales, puede ser tan heterosexual y tan “normal” como quienes se escandalizan de que la Corte esté tomando decisiones como la señalada.

De ahí debiera partir la verdadera discusión respecto a la adopción por parte de personas del mismo sexo, para que entonces lo que se discutiera fueran las condiciones en que debiera ocurrir la entrega de la patria potestad de un menor para su crianza y cuidado, y no atavismos que sólo demuestran atraso, y visiones erradas y discriminatorias que insisten en justificar diversos sectores de la sociedad mexicana actual.

¿POR QUÉ SÍ?

El ministro presidente de la Suprema Corte, Luis María Aguilar Morales, advirtió que no existe ninguna justificación constitucional para que se prohíba la adopción a los integrantes de una sociedad de convivencia. Advirtió que el artículo 19 de la ley de sociedades de convivencia de Campeche es inconstitucional, ya que viola los derechos fundamentales a la no discriminación de los “convivientes”, el derecho de un grupo de personas a conformar una familia y el interés del niño a gozar de vínculos afectivos.

El Ministro dijo que si existen diferentes tipos de familias queriendo adoptar menores de edad, no debe existir impedimento para ello, ya que en la calle existen más de 100 mil que son explotados y víctimas de la drogadicción, los cuales podrían contar con una alternativa de vida en caso de que fueran sujetos a procesos de adopción.

Advirtió que la legislación de Campeche permite a las personas solteras adoptar menores de edad, destacando que incluso las parejas conformadas por un hombre y una mujer deben enfrentar una serie de requisitos muy específicos para que un niño en condiciones de ser adoptado les sea entregado por las autoridades. Y agregó que esta prohibición es un acto de discriminación.

En concordancia con lo anterior, desde nuestra perspectiva consideramos que lo que se debe discutir y establecer con todo detalle es el programa y las condiciones a las que se debe ajustar la adopción de un menor por parte de una pareja en la que las dos personas adoptantes son del mismo sexo. Dicho programa debe servir no para garantizar la “no desviación” del menor, sino para que el Estado y los adoptantes le brinden el soporte necesario para enfrentarse a una sociedad no acostumbrada a este tipo de situaciones, y para entender cabalmente su situación familiar y social específica.

¿INTERÉS SUPERIOR?

Quienes se escandalizan por la decisión tomada ayer deben pensar que el “interés superior del menor” no se tutela con dilemas morales sino con acciones concretas. Por eso es importante dejar atrás los atavismos para comenzar a entender los derechos fundamentales en una dimensión correcta y civilizada.

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