La sucesión en la UABJO ya comenzó judicializada

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Martínez

+ Consejeros se amparan; van por Comisión Electoral


Uno de los problemas que ya enfrenta el grupo del rector Eduardo Martínez Helmes en la sucesión de Rector en la Universidad Autónoma “Benito Juárez” de Oaxaca (UABJO), es el de la judicialización de dicho proceso. Uno de los varios grupos disidentes decidió arrancar este proceso sucesorio presentando un amparo en contra de la conformación de la Comisión Electoral. La elección de la próxima autoridad universitaria bien podría tener un destino aparejado al de dicha demanda de garantías.

En efecto, el ocho de marzo pasado el rector Helmes intentó realizar, a hurtadillas, una sesión extraordinaria del Consejo Universitario que tenía como punto fundamental la conformación de la Comisión Electoral que conduciría los trabajos rumbo a la renovación de la rectoría, que debe ocurrir en el mes de mayo. Dicha sesión fue reventada por alumnos de la escuela de Ciencias que reclamaban respeto a la elección de su director, pero también por un grupo importante de consejeros universitarios que no estaban conformes con la realización a modo de una sesión de Consejo, con la intención del Rector de que la Comisión Electoral estuviera conformada sólo por personas afines a su grupo político.

Aquella sesión reventada causó estupor entre la comunidad universitaria, que hacía ya varios lustros que no había visto un episodio como ese. Dicha sesión se llevó a cabo algunos días después pero ya con una fuerte presencia policiaca, en un auditorio resguardado por la fuerza pública estatal, y con una asistencia que nunca quedó claro si alcanzaba a ser la mínima necesaria como para que el Consejo Universitario pudiera llevar a cabo actos deliberativos y resolutivos. Rectoría dijo que tal sesión, llevada a cabo en la Escuela de Bellas Artes, sí cumplía con los requisitos legales. Sólo que en este periodo un grupo de consejeros universitarios presentó un amparo que puede ser decisivo para la comunidad universitaria en este convulsionado proceso.

En primer término, los más de cuarenta quejosos que presentaron dicha demanda de amparo —todos ellos integrantes del Consejo Universitario— reclaman a la justicia federal la protección en contra de los actos del rector Martínez Helmes, que pueden resumirse en tres puntos:  Primero, la falta de notificación y emplazamiento que se omitió hacerles de manera de manera personal y con las formalidades de Ley para concurrir a la Sesión Extraordinaria del H. Consejo Universitario de la UABJO, del que los quejosos son miembros, y que se llevó a cabo el día 11 de marzo a las 11:30 horas, en el edificio que ocupa la Facultad de Bellas Artes en esta ciudad.

Segundo, la ilegal integración que se hizo del H. Consejo Universitario de la UABJO el día 11 de marzo a las 11:30 horas, ya que ésta no se realizó con el quórum establecido en su Ley Orgánica, es decir con  los dos tercios del total de sus miembros tal como lo establecen los artículos 30 y 40 de la ley Orgánica de la UABJO. Y consecuentemente, como tercer punto a reclamar, la ilegal designación que hizo el H. Consejo Universitario de los miembros de la Comisión Electoral, sin haber sido integrado por lo menos con el Quórum establecido.

Ahora bien, los quejosos en esa demanda reclaman a la Comisión electoral, todos los actos posteriores que pretenda realizar, o que realice, la Comisión Electoral elegida ilegalmente como lo son: actualizar el padrón de miembros de la comunidad universitaria; difundir en todas las unidades académicas y administrativas el padrón electoral universitario; redactar la Convocatoria y difundir la misma para la Elección del Rector de la UABJO por el periodo del mes de mayo del 2016 al mes de mayo de 2020; la realización de elecciones por medio del voto universal y directo de todos los miembros de la UABJO para elegir rector de la misma para el periodo 2016-2020; y eventualmente hacer la toma de protesta de la persona que resulte electa para ser rector de la UABJO por el periodo citado, y cualquier otro acto que pretenda realizar el Comisión Electoral con base en su ilegal designación.

LEGALIDAD EN ENTREDICHO

Básicamente, los quejosos en dicha demanda de amparo alegan ser consejeros universitarios y que por lo tanto debieron ser convocados para estar presentes en la Sesión Extraordinaria convocada por el Rector para celebrarse el día 11 de marzo del presente año, “sin embargo —alegan en el escrito de demanda, de la que esta columna tiene copia— nos enteramos de esta sesión que se celebró en el Edificio de la Escuela de Bellas Artes ubicada en el lugar bien conocido a un costado de la Plaza de la Danza a puerta cerrada y con una vigilancia policiaca el día y hora antes indicada, sesión que nos enteramos de su realización por los medios informativos impresos y/o electrónicos que se conocen en nuestra ciudad, es decir en ningún momento fuimos notificados de manera personal y formal de la celebración de esta sesión”.

Asimismo señalan que de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Orgánica de la mencionada Universidad, el Quórum necesario requerido para la validez de las determinaciones o acuerdos del Consejo Universitario, debe integrarse con la presencia de las dos terceras pates del total de sus integrantes, y que la sesión que se llevó a cabo el día 11 de marzo que se impugna “no se integró con este mínimo de las dos terceras partes como lo demostramos entre otras formas con la firma de esta demanda de amparo de más de cuarenta consejeros universitarios que somos prácticamente la mitad de los miembros del consejo universitario que no asistimos a la sesión que se impugna por no haber sido notificados y citados a la misma”.

¿Qué buscan con esta acción? Que el juzgado federal que conozca de dicha demanda entre a la revisión de la forma en que se llevó a cabo dicha sesión extraordinaria del Consejo Universitario, y desde esa perspectiva lleve a cabo un control de legalidad y constitucionalidad para evitar que existan actos posteriores, que lleven a la consumación de los que ellos reclaman.

EMPECINAMIENTO

Al final, nada de esto estaría ocurriendo si el ánimo del rector Martínez no fuera el de seguir pisoteando y ninguneando a los grupos internos de la Universidad, con acciones que tienen todos los elementos de un claro y certero albazo. De prosperar dicha demanda de amparo obligará a la reposición de todos los actos relacionados con el proceso electoral universitario. No había necesidad de tal turbiedad. Pero tal parece que los Martínez simplemente no entienden razones.

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