+ Cambia el sistema y ahora debe cambiar nuestra idea de la justicia
Mañana se cumplen ocho años de la publicación en el Diario Oficial de la Federación, de la reforma constitucional federal que estableció el sistema penal acusatorio adversarial para todo el país. Por ende hoy será el último día de vigencia del viejísimo sistema inquisitivo que todos conocemos. Mañana inicia una nueva era para la justicia en México, pero junto con ella debe también impulsarse un cambio profundo en nuestra propia concepción de lo que consideramos como justicia.
En efecto, en la edición del Diario Oficial del 18 de junio de 2008, el Constituyente Permanente estableció en los artículos transitorios de la reforma penal, que el sistema acusatorio adversarial debía entrar en vigor en todo el país, a más tardar cuando se cumplieran ocho años de su publicación. Tal plazo se vence mañana; y aunque muchos pensaban que ocho años era un plazo eterno para la entrada en vigor de una norma, lo cierto es que la transformación que esta reforma implica no sólo lo hace justificable, sino hasta mínimo, para conseguir no únicamente la transformación del sistema de justicia penal, sino todos los retos que éste cambio trae aparejado. ¿De qué hablamos?
De que el tránsito del sistema inquisitivo al acusatorio adversarial supone, para el Estado, no sólo un cambio en los códigos de procedimientos penales —que por eso terminó unificado— sino toda una transformación en el sistema de juzgar a las personas que cometen un delito. Acaso, pensar que el cambio radica en pasar de un sistema eminentemente escrito, a uno de justicia oral, es tan reduccionista como creer que sólo se trataba de reponer las normas aplicables. Para el Estado, realmente, esto implica todo un cambio de mentalidad, de dinámica de trabajo, de preparación y profesionalización de quienes participan en él, y hasta de inversión para el establecimiento de la infraestructura necesaria, que en realidad éste sin duda constituye la más grande transformación del sistema de justicia de todos los tiempos en México.
Es por eso, que el Estado mexicano —tanto el gobierno federal, como prácticamente todos los gobiernos locales— ha reconocido que la vacatio legis de ocho años que se estableció en la publicación de la reforma, fue un periodo insuficiente para lograr la capacitación de todo el personal involucrado en el sistema de justicia —policías investigadores, el Ministerio Público, los jueces y funcionarios judiciales, los defensores públicos, y todos los particulares que profesionalmente participan en el sistema penal— y para alcanzar a realizar la inversión necesaria en la transformación de la infraestructura judicial. Se necesitan cantidades millonarias para establecer las instalaciones, equipos y demás elementos que ahora serán indispensables para el correcto desarrollo del sistema de justicia penal, tanto a nivel federal como en los fueros locales.
APURACIONES LOCALES
En ese sentido, Oaxaca bien puede ser un caso paradigmático, pues de hecho aquí se estableció el sistema acusatorio incluso antes de que se lograra la reforma federal. La reforma oaxaqueña que estableció el sistema acusatorio oral ocurrió en septiembre de 2006 a partir de la emisión del nuevo Código Procesal Penal. Desde entonces se estableció un calendario en el que se haría paulatina la entrada en vigor del nuevo sistema de justicia penal, a partir de que se fueran habilitando el personal y la infraestructura en cada una de las regiones del Estado.
Dicho calendario estableció que por lo menos cada año iría entrando en vigor el nuevo sistema en cada región, por lo que para este tiempo —han pasado casi 10 años desde la reforma— ya en todo el territorio oaxaqueño debiera regir plenamente el nuevo sistema.
¿Qué ocurrió? Que como en muchos asuntos locales, la insuficiencia presupuestal y la falta de interés del gobierno —la justicia es una cuestión nada redituable en términos políticos o electorales— por una correcta y oportuna implementación del sistema, obligaron a modificar el calendario original y a postergar la implementación del nuevo sistema, a grado tal que a principios de este año el gobierno estatal decidió endeudarse para conseguir los recursos necesarios para lograr el cumplimiento ya no de su calendario, sino del plazo de ocho años que, en 2008, estableció la reforma federal que, dos años después de la reforma local, estableció como límite para la implementación de este nuevo sistema.
Todo esto, sin embargo, no podrá frenar la realidad de que este nuevo sistema de justicia traerá cambios a los que seguramente no sólo no estamos habituados, sino que hasta nos pueden parecer repulsivos. En México todos estamos acostumbrados a que “justicia” es cárcel, y a que justicia es llegar a una sentencia. El nuevo sistema establece innumerables principios, mecanismos y garantías distintas para todos los involucrados en un juicio penal, que no necesariamente terminan en lo que necesariamente supondríamos. De hecho, se prevé que para que este nuevo sistema funcione, sólo uno de cada diez delitos que se cometen, debe llegar a juicio. Todos los demás deben resolverse mediante conciliaciones, negociaciones y criterios de oportunidad.
LAS VÍCTIMAS
Algo que es muy importante, es la concepción de la figura de las víctimas: en el sistema inquisitivo se hacía “justicia” encarcelando pero al último quedaba la víctima, que casi siempre era ignorada, no era indemnizada, y el sistema no la consideraba. Este es un cambio radical de muchos que veremos. Debemos mentalizarnos al cambio.