Que la certeza jurídica del Congreso incluya al Periódico Oficial

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Periódico Oficial

+ Nadie se alarma del nivel de incertidumbre que genera la publicación


Es práctica conocida, que en el Congreso local puedan modificar un dictamen ya pasado por el pleno, sin que esto genere consecuencias para quien lo perpetra. Sin embargo, también es conocido que el Periódico Oficial del Gobierno del Estado se ha prestado, y podría seguirlo haciendo, a manipulaciones que multiplican esa incertidumbre. Es por eso que la búsqueda de certeza jurídica en el procedimiento legislativo, debe venir acompañada por la certeza de lo que se da a conocer en el Periódico Oficial.

En efecto, aunque puede ser un asunto intrascendente jurídicamente hablando, la falta de consistencia en la administración del Periódico Oficial del Gobierno del Estado genera incertidumbre donde no debiera haberla. Todos conocemos la atropellada historia de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, aprobada la noche del pasado jueves en medio de empellones en el Congreso del Estado.

Por la premura que implicaban los plazos constitucionales fatales (si no entraba en vigor ese día, no sería de observancia general sino hasta el siguiente proceso electoral, luego del de 2016), la norma fue aprobada por el Congreso y, según, sancionada y promulgada el mismo día por el Ejecutivo, para ser publicada en un Extra del viernes 10 de julio del Periódico Oficial del Gobierno del Estado. El problema es que dicho Extra sólo se mantuvo publicado dos días en la página web del órgano de difusión, y este lunes desapareció sospechosamente.

Cualquier funcionario podría decir, frente a este señalamiento, que las publicaciones digitales del Periódico Oficial son simplemente informativas y que carecen de todo valor jurídico. Podría argumentar, además, que quizá el sitio web www.periodicooficial.oaxaca.gob.mx estuvo “en mantenimiento” este día, y que de ahí viene la intrascendencia jurídica que señalábamos dos párrafos atrás. Incluso podría decirse que en Oaxaca sólo las publicaciones impresas del Periódico Oficial tienen validez, y que por ende no hay razón para hacer un señalamiento relacionado con las fallas del sitio web de dicha publicación.

El problema —para ellos— es que si la naturaleza de un órgano oficial de difusión, es propiamente la de dar a conocer a los gobernados las normas y determinaciones que emite la autoridad en ejercicio de sus atribuciones, entonces en los tiempos actuales debiera ser un sentido básico de responsabilidad y congruencia mantener en las mejores condiciones posibles, el medio a través del cual hoy la mayoría de las personas interesadas pueden acceder a una publicación como esa. Dicho medio es el electrónico.

Además, un ciudadano común —cualquiera de nosotros, que no ostentamos carácter alguno de autoridad, ni necesitamos un ejemplar del Periódico Oficial para fines legales— lo que busca es el contenido de lo que se publica; la certeza de que lo publicado es lo mismo que se aprobó en el Congreso, y sobre todo el momento en que dichas disposiciones entran en vigor, así como los límites de actuación establecidos.

Eso no es poca cosa. Y el hecho de que no haya certeza —no jurídica, sino certeza común— de lo publicado, genera incertidumbre, la cual bien puede ir desde el hecho de que no se pueda conocer el contenido de una ley ya vigente, hasta la suspicacia de que esa abrupta desaparición de un documento ya publicado en medios electrónicos pudiera ser el preámbulo de una negociación política para cambiar su contenido.

INCERTIDUMBRE

En otros tiempos, fue harto conocida la práctica de mandar a imprimir documentos idénticos a los elaborados por el Periódico Oficial para falsificar decretos, trámites, publicaciones y demás. La última gran noticia que hubo a este respecto, fue cuando en la administración del gobernador Ulises Ruiz, un grupo de funcionarios se dedicó a comerciar con el otorgamiento de patentes notariales, a través de lo cual se generó un ominoso mercado negro de la fe pública.

Uno de los pasos por los que pasaba ese otorgamiento ficticio era la publicación en el órgano oficial del resultado de exámenes, convocatorias y otros requisitos, para lo cual mandaban a imprimir documentos similares a los emitidos por el Periódico Oficial, que como no eran cotejados ni validados, entonces eran dados por buenos.

Nadie querría regresar a esos tiempos, en los que la certidumbre jurídica de lo publicado en el Periódico Oficial era nula. Por esa razón, la propia Dirección del Periódico Oficial, que depende de la Consejería Jurídica debiera procurar la generación de confianza y no de incertidumbre entre la ciudadanía, manteniendo lo más alcance posible, y con el mayor grado humanamente posible de certeza, el contenido de lo que publica. El asunto es de mayor trascendencia porque el contenido del Periódico Oficial es informativo en una vertiente distinta a la de cualquier otra publicación, porque no sólo se trata de que la ciudadanía sepa de la existencia de una nueva disposición o ley, sino también de su entrada en vigor.

A la edición electrónica del Diario Oficial de la Federación (DOF), por ejemplo, el gobierno federal le dio hace tiempo el carácter de documento oficial, una vez que dispuso que el archivo en PDF (Portable Document File) de cualquier disposición publicada en él, tiene el carácter con valor oficial ya que contiene una firma electrónica avanzada, proporcionada por el Servicio de Administración Tributaria, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Finalmente, al DOF le dieron ese carácter no sólo por una cuestión práctica o de preservación del medio ambiente, sino también para que cualquier persona pudiera acceder libremente a un medio de difusión de decisiones públicas sin necesidad de gastar dinero, y para romper la barrera de la limitación de los mecanismos para acceder a un ejemplar impreso, que siempre existió alrededor del Diario Oficial mientras mantuvo su tradicional valor probatorio y oficial sólo en su edición impresa. Esa es la ruta evolutiva que debiera seguir el Periódico Oficial. Aunque en realidad no sabemos cuándo ni cómo, e incluso si algún día ocurrirá.

EL HUEVO Y LA GALLINA

¿Puede entrar en vigor una norma que aún no ha sido publicada? Parece un contrasentido, pero eso es lo que sorprendentemente ocurrió —y nadie parece haber visto— respecto a la polémica Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, que por las prisas de los irresponsables diputados según entró en vigor antes de ser publicada.

@ortizromeroc

1 COMMENT

  1. Es tal la incertidumbre que genera lo publicado en el Periodico Oficial, que existen dos tipos de suscripciones, una oficial, que no puede acceder cualquier persona, y la particular, cuya diferencia es que en la segunda, no se obtienen la totalidad de publicaciones que se emiten. Ahora bien, en la edición electrónica cada semana hacen modificaciones a contenidos de archivos de las publicaciones que se realizan, aun en meses anteriores, cuando se supondría, que ya no se podrían agregar mas publicaciones. Es facil constatar, basta con hacer una impresión de pantalla y una semana despues regresar para constatar el agregado de nuevos archivos

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