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En el PRI estatal, las ambiciones desatan una batalla prematura

PRI disputa interna

+ RJM: prestándose al maniobreo, se revelan como jóvenes viejos


Una vez que pasó la jornada electoral del 7 de junio, los partidos políticos en Oaxaca se preparan para su siguiente prueba, en los comicios estatales de 2016. Como es costumbre en esta actualidad descompuesta, los grupos internos de los partidos no pueden aplacar sus ansias de poder y control, aunque aún no tengan nada ganado ni seguro. Tal es el caso del PRI estatal, en el que con una victoria por demás entrecomillada en los comicios de 2015, y un panorama incierto para el año siguiente, ya se están peleando por la dirigencia estatal que, para efectos prácticos, tiene el mismo valor que nada.

En efecto, desde hace algunos días en el PRI estatal han ocurrido movimientos poco usuales, en uno de sus sectores que es aparentemente irrelevante. En la ahora denominada Red de Jóvenes por México (RJM) —antes Frente Juvenil Revolucionario— un grupo afín al coordinador de los diputados priistas en el Congreso local, Alejandro Avilés Álvarez, intentó tomar por asalto la dirigencia de la disminuida Gabriela Olvera Marcial, luego de su derrota como candidata del PRI a la diputación federal por el distrito de Santa Lucía del Camino, en los comicios del 7 de junio. Dicho asalto, no fue un movimiento genuino generado por un grupo de jóvenes inquietos; más bien, fue la punta de lanza de la disputa que viene en el PRI de Oaxaca.

Este intento de albazo lo encabezó la síndica de Santa Cruz Xoxocotlán, Diana Luz Vásquez Ruiz, seguida por un grupo de jóvenes identificados con algunos diputados locales como Carlos Alberto Ramos Aragón, Adolfo Toledo Infanzón y Fredy Gil Pineda Gopar, entre otros. Intentaron aprovechar que la reciente derrota de Olvera Marcial —que asumió como dirigente estatal por prelación, ante la separación de la dirigencia del ahora delegado de la SRE en la entidad, Francisco Ángel Maldonado Martínez—, la dejó aparentemente descobijada de la venia política, y que algunos de quienes encabezaron dicho movimiento dicen tener algún tipo de legitimación para exigir la renovación de los órganos directivos del antiguo FJR.

El intento, casi de inmediato, fue atajado por la dirigencia nacional de la RJM, al establecer que no tienen contemplado realizar movimientos como el exigido por los jóvenes oaxaqueños. En un comunicado, fechado el 16 de junio y firmado por el dirigente nacional, Cristopher James Barousse, se informa lo siguiente: “que los procesos electivos de renovación de dirigencias de la RJxM tanto a nivel estatal como municipal, serán implementados una vez que concluya legalmente el proceso electoral federal que tuvo como jornada comicial el pasado 7 de junio de 2015. Esta disposición es un mandato estatutario, por lo que los preparativos de los procesos internos de elección de dirigentes de la RJxM, iniciarán al ser resuelto el último recurso promovido ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación alusivo a la jornada electoral del 7 junio de 2015”.

Esto no frenó la ambición del grupo que pretende tirar a Gabriela Olvera de la dirigencia estatal del RJM. De hecho, continúan planeando asambleas para emitir lineamientos y, en esencia, para presionar y exhibir a la dirigencia estatal del PRI, que hasta ahora no ha podido establecer ningún tipo de control sobre la situación y mucho menos sobre este grupo de jóvenes.

No ha podido hacerlo el dirigente estatal Héctor Anuar Mafud Mafud, porque en realidad la renovación de la dirigencia del RJM —y la forma en que están intentando hacerlo—, es el primer intento de lo que el diputado Alejandro Avilés pretende hacer inmediatamente después con la dirigencia priista.

A todos les ha quedado claro que, ciertamente, Mafud no tiene ningún tipo de control o influencia sobre los grupos internos del PRI. Pero a diferencia de otras facciones, que intentan apostar a la institucionalidad, Avilés quiere pavimentar la ruta del cambio de dirigencia —a favor de sí mismo— desgastando y exhibiendo a Mafud.

LA JUVENTUD, UTILIZADA

Es lamentable que, una vez más, el sector juvenil de un partido político sea utilizado para fines que nada tienen que ver con la participación en política de ese sector de la sociedad. Diana Luz Vásquez Ruiz y los jóvenes que la siguen, están sirviendo para objetivos que ni siquiera radican en la rotación de sus cuadros de dirigencia, sino que más bien son la carne de cañón en una maniobra que lo que intenta es quedarse con la dirigencia estatal del tricolor.

Y es que, de nueva cuenta, el diputado Avilés le está apostando al albazo para ganar una posición que no necesariamente le corresponde a él. Así lo logró cuando se hizo de la coordinación de la bancada priista en el Congreso local, cuando a varios de los entonces diputados electos les vendió la falsa idea de que ellos habían logrado ser candidatos gracias a él. Luego maniobró para desacreditar a Juan José Moreno Sada como dirigente estatal y lo exhibió como un dirigente débil y perdido en el alcohol.

Y así, finalmente, la combinación de esos dos factores —utilizados con la ventaja de la maniobra artera, que es natural en él— fueron los que le abrieron la puerta a la coordinación de la bancada, que no le correspondía ni por jerarquía (él era secretario General, no Presidente del CDE del PRI), y tampoco por respaldo popular, porque él ni siquiera fue electo por el voto de la ciudadanía.

Una maniobra similar pretende ahora. Para exhibirlo y desacreditarlo, Avilés echó a pelear a Mafud con ese grupo de jóvenes (a quienes de antemano sabe que no los podrá controlar, y de hecho con esa consigna los mandó). Al mismo tiempo, está intentando aprovechar la posición de debilidad en que quedó Olvera, para tumbarla sin aspavientos, y controlar un sector que hoy no está en sus manos. Y finalmente su objetivo de fondo está en la dirigencia priista, que es a donde realmente él quiere aterrizar.

MANIOBREROS

Avilés está utilizando su conocida capacidad de tomar ventaja, para intentar esta maniobra. Y en esto lo que es verdaderamente cuestionable y lamentable, es que un sector de la juventud priista se preste a dichas maniobras, únicamente para seguir figurando. La juventud de un partido, en el fondo, debía aspirar a no parecerse a la clase política que la ciudadanía repudia. Son jóvenes viejos. ¿Qué no ven que justo ese maniobreo de ambiciones y zancadillas, es parte de lo que la ciudadanía más repudia de los partidos políticos?

Resuelto el amparo contra la evaluación, ¿ahora irá la controversia?

Evaluación

+ Llenar el vacío jurídico, necesario ante los titubeos de las autoridades


Una vez que el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación concluyó la discusión relacionada con la evaluación educativa, determinando que ésta es constitucional y que la legislación de la materia no viola derechos humanos, el gobierno federal debería impulsar el avance de la controversia constitucional presentada en contra de la omisión legislativa del Congreso de Oaxaca por el incumplimiento de emitir la legislación local complementaria a la reforma constitucional en materia educativa. Es urgente llenar los vacíos jurídicos y atajar los titubeos de la autoridad frente a los excesos magisteriales.

En efecto, en su sesión de ayer jueves el pleno de la Corte resolvió que los artículos 52 y 53 de la Ley General del Servicio Profesional Docente son constitucionales. Asimismo, el Alto Tribunal resolvió que el sistema de evaluación no viola el derecho de los maestros a la dignidad humana y a un nivel de vida adecuado, ni el principio de irretroactividad.

Además, de forma unánime, la Corte estableció que la ley no viola el derecho de audiencia de los maestros, pues si no aprueban la tercera evaluación pueden ser separados o readscritos a otra área, aunque tienen 10 días para defenderse antes de esa sanción. Con esta decisión, la Corte estableció ya parámetros específicos en los temas que más le preocupaban a los trabajadores de la educación, los cuales rondaban la intención de miles de maestros de evadir la evaluación docente, bajo el argumento de que vulneraba sus derechos fundamentales.

Esta evasión no ocurrirá… aunque eso no significa ni que en automático se encuentren en una situación jurídica distinta a la actual, y mucho menos que exista garantía alguna de que ahora sí la autoridad podrá actuar en su contra cuando incurran en los supuestos que establecen las propias normas que ya fueron consideradas como constitucionales por la Suprema Corte. Para que algo de esto pueda ocurrir, es necesario que ahora o el gobierno federal promueva los ajustes legislativos que la norma necesita para ser operante y vinculante, o que subsane esos huecos a través de controversias constitucionales como la que presentó en contra del Estado de Oaxaca el año pasado.

Y es que como bien se debe recordar, en junio de 2014 el Ejecutivo federal presentó una demanda de controversia constitucional en contra del Estado de Oaxaca por la omisión en el cumplimiento del mandato legal de emitir la legislación local en materia educativa armonizada con las nuevas normas federales. Técnicamente, el medio de control constitucional presentado por el Presidente de la República, podría tener la única intención de obligar a las autoridades estatales a subsanar la omisión en que incurrieron desde marzo de 2014, cuando venció el plazo para emitir las normas locales armonizadas.

Sin embargo, lo interesante de este caso en específico pudiera ser que la Suprema Corte asumiera un papel de legislador sustituto —sí puede hacerlo, aunque es una posibilidad que no ha ejercitado, más por cuestiones políticas (atendibles) que por límites jurídicos— para establecer parámetros y reglas provisionales, a partir de las cuales pudiera hacerse operable la legislación educativa federal, en el ámbito estatal, mientras tanto se emite la legislación por la que los poderes locales incurrieron en omisión.

LLENAR LOS VACÍOS

Los dos ámbitos de gobierno —el federal, y el estatal de Oaxaca— cayeron en el mismo ridículo cuando comenzaron a pelear por definir de quién era la responsabilidad de ordenar la ejecución de descuentos y sanciones a los profesores, y quién debía ser el responsable de cumplirla. Esa fue una muestra de lo urgente que es la revisión de la norma ya en operación, y de la corrección inmediata de sus posibles inconsistencias.

En ese sentido, una de las cuestiones que en Oaxaca sigue sin quedar claro es qué va a pasar con todos los profesores —la gran mayoría, adherido a la Sección 22 del SNTE— que no cumplan con la obligación de presentar la evaluación docente como refrendo a su empleo, o como método para solicitar un ascenso o mejora salarial. Aunque la legislación federal es clara en el sentido de que dicha evaluación debe realizarse obligatoriamente, o que de lo contrario se estará en posibilidad de perder la plaza de trabajo, en Oaxaca continúa existiendo una discusión supina sobre si la legislación estatal podría tener otro tipo de evaluación o si la Sección 22 verdaderamente podría lograr que los métodos de evaluación del PTEO fueran elevados a rango de ley.

La discusión es supina —como lo anotamos en el párrafo anterior— por la razón siguiente: en el tema de la evaluación no hay supletoriedades ni corresponsabilidades entre la federación y los gobiernos estatales, e incluso la ley no contempla algo que se le parezca. La evaluación es una sola, que la SEP bajo los criterios y lineamientos que le da el INEE, y de esa evaluación depende la situación laboral de todos los maestros.

¿Cuál es la discusión en Oaxaca? Sobre una supuesta evaluación a nivel estatal basada en el PTEO, que para fines prácticos no tendría ninguna utilidad respecto a la estabilidad laboral de los trabajadores a nivel federal, y que tampoco sería supletoria, ni complementaria, ni sustituta de la evaluación que establece la Ley General del Servicio Profesional Docente, que ayer fue declarada constitucional por la Suprema Corte.

En este escenario, la resolución de la controversia podría poner fin a esta discusión innecesaria, al dejar claro lo que es previsible pero los profesores oaxaqueños no quieren entender: que al margen de lo que diga la legislación local, existe una ley de aplicación general que no depende de normas locales para el cumplimiento de sus fines, y que puede ser aplicada para llenar todos los vacíos que existan por la falta de normas estatales armonizadas. Este sería un gran avance que, además, iría cerrando la enorme brecha que ha abierto la autoridad estatal frente al magisterio, en ese relajado rubro de cumplir y hacer cumplir las normas que rigen su actividad.

CALZADA DE ORO

La superficie que actualmente se reencarpeta de la Calzada Porfirio Díaz es de unos 12 mil metros cuadrados. La obra vale casi 200 millones de pesos. Entonces, cada metro cuadrado cubierto tendrá un costo de alrededor de 17 mil pesos. ¿Es dable pagar tanto por una obra que, además, terminará compitiendo con el distribuidor e Cinco Señores por su larguísimo tiempo de ejecución?

La evaluación, constitucional. S-22, usa argumentos engañosos

Supremas Corte de Justicia de la Nación

+ Su estabilidad laboral no implica entenderla como perpetuidad


En su sesión del martes pasado, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió uno de los puntos más relevantes de un conjunto de juicios de amparo presentados por profesores en contra de la evaluación docente, prevista por la Constitución. El argumento principal esgrimido por los quejosos se centró en señalar que, como trabajadores al servicio del Estado, apartado B, fracción IX del artículo 123, les otorga estabilidad laboral. Es así, aunque ello no significa inamovilidad ni inmunidad. Y ello es relevante para entender qué resolvió la Corte.

En efecto, el tema central de los amparos que aún sigue discutiendo la Corte, pero que ya perfiló para negar —y por ende declarar constitucionales las normas que establecen la evaluación al personal docente del país— se encuentra en que los profesores que iniciaron los respectivos juicios de amparo argumentaron que no pueden ser separados de sus empleos a partir del resultado de la evaluación, a partir de que sus relaciones laborales se encuentran regidas por el apartado B del artículo 123, que regula la relación laboral entre el Estado y sus trabajadores.

Según dicho argumento, los trabajadores de la educación se encuentran amparados por el artículo 123 apartado B, y por ende todo lo que establecen las leyes reglamentarias de los artículos 3 y 73 en materia educativa, respecto a la situación laboral de los docentes, son inconstitucionales.

Específicamente, en sus amparos sostuvieron que es la fracción IX la que directamente los protege, al disponer que los trabajadores sólo podrán ser suspendidos o cesados por causa justificada, en los términos que fije la ley. “En caso de separación injustificada tendrá derecho a optar por la reinstalación en su trabajo o por la indemnización correspondiente, previo el procedimiento legal. En los casos de supresión de plazas, los trabajadores afectados tendrán derecho a que se les otorgue otra equivalente a la suprimida o a la indemnización de ley”.

Hay algunas palabras clave, que están establecidas en el precepto transcrito, pero que los profesores que buscaron la vía del amparo pretendieron utilizar en un contexto distinto al que la ley pretende tutelar. ¿Cuáles? Específicamente, lo relacionado a que los trabajadores sólo podrán ser suspendidos o cesados por causa justificada, en los términos que fije la ley. éstas últimas palabras (“en los términos que fije la ley”) son clave, porque los profesores aducían que su relación de trabajo está protegida por las leyes laborales (la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado), y no por las leyes especiales emanadas de la nueva redacción del artículo tercero constitucional.

A partir de ello, pretendían que los efectos de la evaluación (es decir, que el Estado pueda separar de su cargo a quien no apruebe la evaluación docente) fueran declarados inconstitucionales.

ARGUMENTOS FALLIDOS

Frente a esos argumentos, vale la pena releer la intervención del ministro José Ramón Cossío, en la sesión del Pleno de la Corte el pasado martes, que a nuestro juicio fue la más elocuente en la exposición de las razones por las que los argumentos anteriores no son correctos, y por qué la evaluación y sus efectos no sólo son constitucionales y convencionales, sino que toda la legislación internacional aplicable establece que la evaluación docente es uno de los mecanismos más eficaces para lograr el objetivo de que el Estado imparta educación pública de calidad.

“Desde mi punto de vista —señaló el Ministro—, el examen para determinar la constitucionalidad y convencionalidad de las normas impugnadas que establecen las condiciones de evaluación del desempeño para la permanencia en el servicio, deberá́ hacerse de la siguiente manera:

“Primero, identificando la finalidad constitucionalmente legítima. En este caso, ésta se encuentra establecida en el tercer párrafo del artículo 3o y consiste en que el Estado debe garantizar la calidad de la educación obligatoria y la idoneidad de los docentes y directivos para alcanzar el máximo logro de aprendizaje de los educandos. Segundo, hay que determinar la idoneidad de la evaluación, como medio para conseguir aquella finalidad a través de la verificación de los conocimientos y capacidades que correspondan a la función para el mejoramiento constante y el máximo logro académico de los educandos, conforme a los planes y programas de estudio de la educación preescolar, primaria, secundaria y normal, para toda la república.

“A mi juicio, las tres oportunidades de evaluación y los programas de regularización para obtener la suficiencia de resultados, para estar en aptitud de continuar en el desempeño del servicio profesional docente, en estas condiciones, sí resulta idóneo en función de la periodicidad mínima establecida en la propia ley, al menos una cada cuatro años.

“Tercero, dada la finalidad constitucionalmente legítima identificada ya, podemos concluir que la evaluación del desempeño docente, establecida en los artículos 52 y 53 impugnados, no sólo resulta proporcional como medida menos gravosa posible, sino que es indispensable para que la función del trabajador de la educación sea identificable, como se encuentra configurado el núcleo esencial de la garantía de la calidad educativa establecida en el artículo 3o, después de la reforma.

“No podemos actualizar el derecho a la educación –como se encuentra configurada en la Constitución– si no se verifican los conocimientos y capacidades de los servidores públicos que deben garantizarlos como íntimos colaboradores del Estado o como funcionarios estatales y corresponsables de la consecución de estos objetivos. Finalmente, me parece que no existe un parámetro o estándar de fuente internacional contenido en un tratado o instrumento firmado por el Estado Mexicano que otorgue una mayor protección a la persona…”. (Versión taquigráfica de la sesión de Pleno de la SCJN, 23 de junio de 2015. Páginas 10 y 11. Disponible en http://bit.ly/1Niifbe).

LA EVALUACIÓN, FIRME

Esta consideración fue la que prevaleció en la mayoría de los ministros. Ahora lo que seguirá —y es la única ruta legítima que le queda a los profesores— es que el INEE atienda los argumentos a favor de una evaluación diferenciada, que tanto han exigido los profesores de la Sección 22. Quién sabe si lo logren. Pero lo que sí queda claro es que no habrá más caminos institucionales para impedir la evaluación de sus propios conocimientos.

Germán Tenorio debió irse por negligente, antes que por corrupto

German Tenorio

+ Esperar tuvo costo altísimo; SSO, un desastre lleno de corrupción


Por lo menos desde hace 18 meses, por negligente Germán Tenorio Vasconcelos debió dejar de ser titular de los Servicios de Salud de Oaxaca (SSO). En aquel entonces nadie consideró la urgencia de su dimisión. Por eso, ahora que su ya no sólo se le acusa de negligente, sino de posibles actos de corrupción, valdría la pena que el gobierno estatal asumiera plenamente la responsabilidad social, moral, jurídica y política de aclarar voluntariamente las cuentas de ese funcionario y, de ser necesario, sancionarlo ejemplarmente.

En efecto, a lo largo de varias ediciones, TIEMPO ha documentado ampliamente el presunto enriquecimiento ilegítimo en que ha incurrido el ahora ex Secretario de Salud de la entidad. Hace algunas semanas documentó —y Germán Tenorio nunca hizo puntualización alguna a las publicaciones— la construcción de una lujosa mansión por parte del funcionario en un exclusivo fraccionamiento del norte de la capital oaxaqueña; en días recientes dio cuenta de información relacionada con la compra de una aeronave por parte de una empresa de la que presuntamente Tenorio Vasconcelos es socio, durante el tiempo en el que éste se desempeñaba como funcionario de la administración estatal.

Esto, además de la revelación de que Germán Tenorio Vasconcelos había contratado a su propia hija, Daniela Tenorio Bernal, como empleada de la Secretaría de Salud, la cual aparecía en la nómina de la dependencia —cuya copia fue exhibida por TIEMPO— ocupando una plaza federal de las consideradas “confidenciales” debido a los altos ingresos que percibe y que únicamente el Titular de la dependencia está facultado a otorgar.

Todo esto, ocurrió en el contexto del misterioso homicidio del ex encargado administrativo de la dependencia durante la gestión de Tenorio, Rafael Pérez Gavilán, quien semanas antes de ser asesinado había dejado la dependencia y, presuntamente, habría sido uno de los principales testigos —y, voluntario o no, cómplice— de posibles desvíos de recursos de la dependencia. Y el remate de esta historia de problemas está en que mientras todo eso ocurrió, en los SSO ocurrieron por lo menos tres paros de labores a través de los cuales los propios trabajadores protestaron por la precarización de sus condiciones de trabajo y de servicio al público usuario.

Esta historia de corrupción, resulta tener incontables antecedentes en las negligencias que malamente el Ejecutivo estatal le perdonó a Germán Tenorio Vasconcelos, cuando cualquiera de éstas, una por una, ameritaban su cese fulminante. La madrugada del 2 de octubre de 2013, la indígena mazateca Irma López Aurelio dio a luz a su hijo en el jardín del Centro de Salud de la población de Jalapa de Díaz. Según la versión de la propia afectada, los médicos la valoraron pero, pese a lo avanzado del proceso, nadie la ingresó ni la atendió al centro hospitalario.

La mujer se vio obligada a salir del hospital para tener a su hijo sin ayuda, lo cual ocurrió en un césped, sin ningún tipo de medida de salubridad y sólo observada ante la mirada atónita de los demás pacientes y familiares de enfermos que también esperaban a que el Centro de Salud abriera sus puertas. El personal del centro de salud solo actuó una vez que supo, a través de alguno de las personas que atestiguaron la escena, que el niño había nacido y que yacía sobre la hierba, todavía unido a su madre por el cordón umbilical. El pequeño pesó 2,400 kilogramos y se encuentra en buen estado de salud.

Un testigo tomó una fotografía con su celular en el momento exacto en el que la mujer acababa de expulsar al menor de sus entrañas. Y fue por eso que la historia fue conocida a nivel nacional e internacional, y el señalamiento de la falta de atención médica, corroborada con el poder de una sola imagen.

MÁS NEGLIGENCIAS

La noche del pasado 26 de enero de 2014, la joven Nancy Salgado López dio a luz a una niña en una banqueta adyacente al Hospital Regional “Pilar Sánchez Villavicencio” ubicado en la Ciudad de Huajuapan de León. Según las notas periodísticas publicadas en los últimos días, la paciente llegó oportunamente a las instalaciones médicas acompañada de su marido, pero luego de ninguna de las varias auscultaciones que le realizaron médicos de guardia, fue admitida en el hospital para continuar con el trabajo de parto.

La última revisión ginecológica, dice la información, le fue practicada alrededor de las 22 horas del domingo, y minutos después, cuando se encontraba de nuevo en la calle, su marido avisó a los guardias de seguridad del hospital que a la joven mujer se le había roto la fuente, y que era necesaria atención médica inmediata. La revisaron de nuevo, y el médico de guardia volvió a decirle que aún no sería admitida, pues faltaban varias horas para el nacimiento de la creatura. Quince minutos después, dio a luz en una banqueta del hospital.

La versión oficial, y las supuestas sanciones, fueron previsibles en ese contexto en el que la negligencia no era importante para el gobierno estatal. Los SSO reaccionaron asegurando que el director del hospital fue cesado de forma fulminante por la negligencia médica. Como tratando de ocultar lo evidente, la jefa de la jurisdicción sanitaria 05, Itayetzin Medina Hernández, prefirió acusar que “pseudo periodistas que se encontraban en el lugar originaron la controversia”, antes que reconocer que en sí mismo un hecho como éste constituye no sólo una violación a los derechos fundamentales de la madre y la menor, sino una auténtica burla para toda la ciudadanía.

¿CÓMO VAN A REPARAR

EL DESASTRE DE LOS SSO?

Si un solo caso de negligencia como éstos hubiera ocurrido en otro país, las medidas que se hubieran tomado para remediarlo hubieran pasado no sólo por la destitución de toda la cadena de mando que permitió o que provocó la situación, sino también por el establecimiento de nuevas medidas, de Estado, para evitar que la vida y la integridad de las personas pudieran volver a ser vulnerados por una posible repetición de este tipo de hechos. Sólo que ahora resultaría tan importante preguntarle al gobierno de Oaxaca qué hará para evitar no sólo que vuelvan a ocurrir casos de negligencia, sino de galopante corrupción en los SSO. Al menos los dos últimos titulares de esa dependencia han dejado el cargo convertidos en magnates. ¿No es tiempo ya de frenar esta abominable proclividad al enriquecimiento y la corrupción a costa de la salud de los oaxaqueños más desprotegidos?

Batalla jurídica de S22 vs reforma educativa es, en realidad, política

Sección 22

+ Los maestros van y se amparan pero no comprenden en contra de qué


Todos los que inopinadamente se han amparado en contra de la reforma educativa, y pretenden que la Suprema Corte les dé la razón en sus argumentos y peticiones en contra de la evaluación docente, deberían primero saber exactamente contra qué iniciaron una acción legal, y cuáles podrían ser las consecuencias. Vale considerar este asunto, a partir de que muchos profesores de la Sección 22 del SNTE siguieron la misma estrategia cuando se aprobó la Ley del ISSSTE, sin saber exactamente contra qué luchaban.

En efecto, hace ocho años se emitió una nueva Ley del ISSSTE, que contemplaba un cambio de régimen de pensión no sólo para los trabajadores de la educación, sino para todos los empleados federales. La nueva ley, estableció un cambio del régimen tradicional de la jubilación —es decir, que el trabajador retirado continuara percibiendo su salario igual que cuando estaba en servicio—, por otro que tiene amplias semejanzas con las Afores, establecidas en la Ley del IMSS en 1995.

Dicho cambio implicó una modificación radical del sistema de pensiones, frente al cual se presentaron más de 230 mil amparos, la mayoría de ellos iniciados por trabajadores afiliados a las secciones magisteriales adheridas a la CNTE, que se declararon en contra de la emisión de la nueva Ley del ISSSTE. En ese contexto, es necesario reconocer que la búsqueda de protección de la justicia federal frente a una posible norma inconstitucional, constituye un dilema por demás interesante, y debió haber ameritado un debate jurídico de mayor calado entre quienes se fueron al amparo, y quienes tenían que resolverlos. Sólo que ese debate de altura nunca tuvo las condiciones adecuadas para ocurrir.

Por un lado, los trabajadores al servicio del Estado —muchísimos de ellos, maestros— tuvieron en sus manos la posibilidad de aducir no el quebranto a su derecho individual a la certeza jurídica respecto a su régimen laboral personal, sino al posible daño que provocaba la nueva Ley del ISSSTE a todos los fundamentos y principios constitucionales relacionados con el deber del Estado de procurar la seguridad social de toda la población, y su deber específico como patrón, de garantizar condiciones de solidaridad entre el Estado empleador, y sus empleados como el factor humano en la relación de trabajo.

Lejos de eso, quienes se ampararon adujeron que la reforma lastimaba su solo derecho a gozar de una pensión en los términos establecidos en la legislación anterior, y acaso algunos alcanzaron a esgrimir algunas otras razones por las cuales consideraban violados sus derechos a la no aplicación retroactiva de normas, y a la certeza jurídica de los derechos que ya consideraban adquiridos, como el de recibir una pensión al momento de jubilarse.

El resultado de esa visión reduccionista, fue abrumadora frente a la incapacidad de los peticionarios de amparo de ver un panorama más amplio: quienes presentaron su demanda de amparo, lograron que el Poder Judicial de la Federación les garantizara a ellos, no a todos, una pensión en los términos del artículo Décimo Transitorio de la Ley del ISSSTE. E incluso, aún frente a una posible violación general a los fundamentos constitucionales de la seguridad social, lo que privó fue una visión pequeña y quizá hasta de egoísmo al tratar de defender únicamente sus derechos individuales como trabajadores.

Y finalmente esto se combinó con la proclividad de la Corte de preferir los criterios económico-financieros aducidos por los poderes Ejecutivo y Legislativo al exponer los motivos de la Ley del ISSSTE, y con ello adherirse al ambiguo reconocimiento de que las reformas y modificaciones son “benéficas” para los trabajadores porque aseguran la supervivencia financiera del Instituto, evidentemente privilegiando el equilibrio financiero sobre los derechos de las personas.

Lo peor, y lo que resulta más paradójico, es que muchísimos de los trabajadores que se ampararon lo hicieron como una consigna política: no lo hicieron en realidad porque estuvieran convencidos y plenamente informados sobre los beneficios reales de ampararse, o sobre la inconstitucionalidad e injusticias que contemplaba la Ley del ISSSTE. Más bien, lo hicieron porque así se los dictó su Sección Sindical, que al margen de su contenido y alcances, decidió luchar en contra de esa norma como una determinación política de no aceptar las reglas establecidas por el Estado.

LA HISTORIA SE REPITE

Hoy ocurre algo muy parecido con los amparos presentados en contra de las evaluaciones docentes. Igual que en el caso anterior, nadie sabe si los trabajadores que se ampararon colectivamente saben verdaderamente cuál es el alcance real que pueden tener las evaluaciones, y si ponderaron —desde su perspectiva individual, y también como una cuestión colectiva— el costo-beneficio que podría tener el adherirse a esa nueva ley. Pareciera que muchos de ellos, de nuevo, se fueron al amparo como parte de una determinación política, en la que hay que luchar en contra de la decisión del Estado al margen de su contenido.

Ya desde hace mucho tiempo se ha venido hablando en Oaxaca del enorme quebranto que ha significado para miles de maestros el no haber podido continuar con programas como el de carrera magisterial, que fue suspendido una vez que los profesores oaxaqueños rechazaron la Alianza por la Calidad en la Educación, y las nuevas reglas —ahora ya superadas— que establecieron para la evaluación docente, y para los beneficios salariales derivados de sus resultados.

Algo muy similar podría estar ocurriendo hoy en día. El problema es que la Sección 22 pareciera tener el monopolio de la información frente a sus trabajadores, y ésta ocupa sólo lo que les conviene impidiendo que cada trabajador ocupe su propio criterio, y sus capacidades de razonamiento, para decidir si se ampara o no, o si acepta las nuevas reglas legales o no, o si decide luchar activamente en contra de la reforma educativa.

OTRA VEZ, VAN COMO BORREGOS

De nuevo, no parece haber reflexión en serio; no parece haber una verdadera visión de solidaridad y de conjunto para articular una defensa jurídica inteligente; y sólo parece haber intereses políticos y sindicales enmascarados en una falsa lucha por la preservación de sus intereses. En esas condiciones, no sorprendería que —fieles a su gobiernismo— los ministros de la Corte terminaran desechando todos los amparos presentados en contra de la evaluación docente.

Terminó la campaña: la sorna y las mentiras vuelven a partidos

Terminan camapñas

+ En puerta, un debate intenso pero soslayado en LXII Legislatura


Terminó el tiempo del proselitismo electoral, y de engañar a la gente con promesas y esperanzas, y ahora los partidos tienen que continuar con su juego habitual de simulación e intereses. Han pasado apenas dos semanas desde que partidos y candidatos se dedicaban a ofrecerle el oro y el moro a la ciudadanía a cambio de su voto, pero hoy eso ya no es importante. Lo que sigue, para ellos, es el arreglo rumbo a la sucesión de 2016 en la gubernatura, y pronto comprobaremos que las promesas no sirven más que para los tiempos de campaña.

En efecto, quedan menos de 10 días para que venza el plazo constitucional para realizar la reforma político electoral, que adecúe las normas locales a las nuevas disposiciones federales. Hoy en día, además, suena hasta a mal chiste continuar hablando de la necesidad de la emisión de una nueva Ley Estatal de Educación. Detrás de esas normas vienen otras que son igual de trascendentes para todos, menos para los diputados que siguen trabados en una polémica inacabable sobre la sucesión gubernamental y sus intereses económicos y políticos, personales y de grupo.

¿De qué hablamos? De que, por ejemplo, la reforma político electoral trae aparejado un conjunto enorme de temas que, si los diputados estuvieran comprometidos con la ciudadanía, debieran ser el centro de un debate intenso y de un trabajo legislativo medianamente responsable. De hecho, pareciera que los diputados locales no tienen nada de pudor, ni han reparado en que el debate que según para ellos es el más importante, resulta ser el más frívolo de todos, y sólo revela la codicia política de las fracciones parlamentarias (y sus partidos), y sus ambiciones de poder.

Ese debate, en el que han invertido meses de supuesta discusión y negociación, es el que pretende empalmar la elección de Gobernador con los comicios presidenciales, para que sea en una sola jornada electoral que se desahoguen todos los procesos electivos y se procure economía en la organización electoral. Es cierto que ese es un tema importante. Pero en realidad, es una cuestión que a la gente común no le interesa, ni impacta positiva o negativamente en su vida cotidiana. Además, es un tema que los propios partidos y los grupos de poder metieron como trascendente de esta reforma, a pesar de no ser ni una obligación constitucional ni una medida emergente para lograr un clima de gobernabilidad más consolidado.

Aún así, las fracciones parlamentarias están hoy en día trabadas en un enorme embrollo sobre ese tema en específico, y nunca han manifestado qué postura asumirán sobre otros temas que son fundamentales, tales como la paridad, las candidaturas independientes, la fiscalización, las nuevas reglas electorales, la modificación de la autoridad y los órganos jurisdiccionales en la materia, ni nada.

Mucho menos tienen interés en empatar esa reforma con las modificaciones que son necesarias a la legislación en materia de derechos de los pueblos indígenas y, en resumen, al desdeñar todo eso revelan su frivolidad y su incapacidad de al menos aparentar que tienen cierto nivel de compromiso con la ciudadanía que votó por ellos.

NO HAY CLASES, Y EL

CONGRESO NI EN CUENTA

Es curioso cómo en ciertos sectores evaden de una forma fácil las discusiones y los problemas públicos, únicamente escondiendo la cabeza. En Oaxaca los alumnos de las escuelas públicas pasaron 17 días sin clases derivado de un problema que en parte es también de los diputados. Ellos no han cumplido con su responsabilidad de emitir una nueva ley educativa estatal, y tampoco han contribuido, ni siquiera retóricamente, a aportar algo a este turbio debate educativo.

Como si ellos no tuvieran responsabilidad, ni participación, ni incumbencia con el tema, los diputados de la LXII Legislatura le apostaron al receso legislativo, a los temas de coyuntura, y a la simulación, para que nadie los volteara a ver mientras la ciudad de Oaxaca se volvía un caos previo a los comicios, mientras los niños y jóvenes no tuvieron clases casi tres semanas, y mientras Oaxaca volvía a quedar como el estado incumplido frente a todos los demás del país que sí han podido procurar cierto orden en el manejo político de sus gremios y sus organizaciones.

Ahora bien, detrás de esas dos cuestiones (la reforma político electoral, y la educativa) vienen otras sobre las cuales tampoco se ha dicho una sola palabra en el Congreso. Una de esas reformas, por ejemplo, es la que tendrá que adecuar también el marco jurídico estatal a las nuevas disposiciones en materia de transparencia y de combate a la corrupción, entre otras. A estas alturas, sería un disparate suponer que en esos temas los legisladores locales sí pudieran tener algún tipo de interés o disposición para sacarlas adelante.

Al final no quedan muchas esperanzas, salvo alguna circunstancia posible. ¿Qué pasará si de verdad el desacuerdo sobre su frívola discusión respecto a la reforma electoral no se supera? Si no hay acuerdo entre la posibilidad de homologar el calendario electoral para establecer un periodo de gobierno de dos años (de 2016 a 2018), o uno de cinco años (de 2016 a 2021), entonces finalmente tendría que haber una puja real y abierta entre las fracciones parlamentarias para ver quién de ellos alcanza la mayoría requerida.

De lo contrario, lo que ocurrirá es que todos se irán a casa sin nada y los oaxaqueños nos quedaremos nuevamente sin una legislación acorde y necesaria gracias a que la frivolidad y la codicia le ganó a la supuesta representación popular de la que dicen ser depositarios los integrantes de la LXII Legislatura.

Frente a todo eso, habrá que entender que las promesas de campaña son sólo promesas; que no hay ninguna posibilidad de exigir compromiso en esas condiciones; también debiéramos estar ya muy claros de que los periodos y promesas de campaña no serán nunca correspondientes con lo que hacen los partidos y sus representantes una vez que bajan la cortina del proselitismo, y se centran única y exclusivamente en velar por sus intereses.

QUÉ BONITA “JUVENTUD”

Esa que parece de jóvenes viejos disputándose los membretes priistas, bajo las mismas viejas prácticas de siempre, y manipulados —en ambos bandos— por un puñado de políticos mañosos, a los que en realidad debieran aspirar a no parecerse y ni siquiera a aparecer cerca de ellos. De nuevo, la ambición disfrazada de supuestos deseos de “participación política” que ahuyenta y no promueve el interés juvenil en la política.

La Corte establece reglas comunes, y firmes, sobre el matrimonio

matrimoniogay

+ Desmonta los viejos argumentos sobre ayuda mutua y procreación


Desde hace algunos años, la comunidad Lésbico, Gay, Bisexual, Transexual, libra una lucha legal bien fundamentada a favor del reconocimiento de las autoridades a contraer matrimonio, en las mismas condiciones, derechos y deberes que una pareja heterosexual.

En efecto, uno de sus principales argumentos es que la definición clásica del matrimonio civil es discriminatoria. Y sostienen, con razón, que la Constitución de la República prohíbe todo tipo de discriminación motivada, entre otras, por la preferencia sexual de las personas. El viernes pasado tuvieron una victoria trascendental al conseguir que la Suprema Corte estableciera jurisprudencia al respecto. Y esta historia se consolidará pasado mañana lunes, cuando adquieran obligatoriedad dos interpretaciones jurisprudenciales publicadas en el Semanario Judicial de la Federación ayer viernes.

Hasta hace pocos años, todas las definiciones del matrimonio civil establecidas en la legislación mexicana disponían que ese acto es un contrato civil, celebrado entre un solo hombre y una sola mujer, cuya finalidad —palabras más, palabras menos— consiste en “prestarse ayuda mutua en la vida” y “perpetuar la especie”. Ello atiende a la idea antiquísima de que esa era la unión “natural” y que por ende el único supuesto bajo el cual podía existir el matrimonio era a través de la unión de un solo hombre y una sola mujer porque, además de preservar el principio de la fidelidad, la solidaridad mutua y la monogamia, se cumplía con el principio de procrear nuevos seres.

Esto es lo que, en términos generales, aún dice el actual artículo 143 del Código Civil del Estado de Oaxaca, y es lo que dicen casi todas las legislaciones respecto al matrimonio civil. Sólo el Distrito Federal se decidió hace algunos años a realizar una reforma vanguardista a su legislación, para ajustarlo a un nuevo canon en el que no debe ser un hombre y una mujer, sino simplemente “dos personas” quienes pueden contraer matrimonio.

NUEVA JURISPRUDENCIA

Ayer viernes, fueron publicadas dos jurisprudencias sobre este asunto, que es indispensable conocer. La primera de ellas, dice lo siguiente: “Considerar que la finalidad del matrimonio es la procreación constituye una medida no idónea para cumplir con la única finalidad constitucional a la que puede obedecer la medida: la protección de la familia como realidad social. Pretender vincular los requisitos del matrimonio a las preferencias sexuales de quienes pueden acceder a la institución matrimonial con la procreación es discriminatorio, pues excluye injustificadamente del acceso al matrimonio a las parejas homosexuales que están situadas en condiciones similares a las parejas heterosexuales. La distinción es discriminatoria porque las preferencias sexuales no constituyen un aspecto relevante para hacer la distinción en relación con el fin constitucionalmente imperioso. Como la finalidad del matrimonio no es la procreación, no tiene razón justificada que la unión matrimonial sea heterosexual, ni que se enuncie como “entre un solo hombre y una sola mujer”. Dicha enunciación resulta discriminatoria en su mera expresión. Al respecto cabe recordar que está prohibida cualquier norma discriminatoria basada en la orientación sexual de la persona. En consecuencia, ninguna norma, decisión o práctica de derecho interno, tanto por parte de autoridades estatales como de particulares, pueden disminuir o restringir los derechos de una persona a partir de su orientación sexual. Así pues, bajo ninguna circunstancia se puede negar o restringir a nadie un derecho con base en su orientación sexual. Por tanto, no es factible hacer compatible o conforme un enunciado que es claramente excluyente. (Tesis: 1a./J. 43/2015 (10a.). Registro 2009407)”

La segunda dice: “Las relaciones que entablan las parejas del mismo sexo pueden adecuarse perfectamente a los fundamentos actuales de la institución matrimonial y más ampliamente a los de la familia. Para todos los efectos relevantes, las parejas homosexuales se encuentran en una situación equivalente a las parejas heterosexuales, de tal manera que es totalmente injustificada su exclusión del matrimonio. La razón por la cual las parejas del mismo sexo no han gozado de la misma protección que las parejas heterosexuales no es por descuido del órgano legislativo, sino por el legado de severos prejuicios que han existido tradicionalmente en su contra y por la discriminación histórica. El derecho a casarse no sólo comporta el derecho a tener acceso a los beneficios expresivos asociados al matrimonio, sino también el derecho a los beneficios materiales que las leyes adscriben a la institución. En el orden jurídico mexicano existen una gran cantidad de beneficios económicos y no económicos asociados al matrimonio. Entre éstos destacan los siguientes: (1) beneficios fiscales; (2) beneficios de solidaridad; (3) beneficios por causa de muerte de uno de los cónyuges; (4) beneficios de propiedad; (5) beneficios en la toma subrogada de decisiones médicas; y (6) beneficios migratorios para los cónyuges extranjeros. En este sentido, negar a las parejas homosexuales los beneficios tangibles e intangibles que son accesibles a las personas heterosexuales a través del matrimonio implica tratar a los homosexuales como si fueran “ciudadanos de segunda clase”, lo cual esta Primera Sala no comparte. No existe ninguna justificación racional para reconocer a los homosexuales todos los derechos fundamentales que les corresponden como individuos y, al mismo tiempo, reconocerles un conjunto incompleto de derechos cuando se conducen siguiendo su orientación sexual y se vinculan en relaciones estables de pareja. Los modelos para el reconocimiento de las parejas del mismo sexo, sin importar que su única diferencia con el matrimonio sea la denominación que se da a ambos tipos de instituciones, son inherentemente discriminatorios porque constituyen un régimen de “separados pero iguales”. La exclusión de las parejas del mismo sexo de la institución matrimonial perpetúa la noción de que las parejas del mismo sexo son menos merecedoras de reconocimiento que las heterosexuales, ofendiendo con ello su dignidad como personas y su integridad.”

SALTO TRASCENDENTAL

Este es un gran paso en la protección de los derechos humanos. Lejos de atavismos y argumentos morales, lo que se está haciendo es dotar de protección jurídica a un sector de la población históricamente negado y segregado de la sociedad en nuestro país.

¿Se acabó la mancuerna entre IEEPO y SEP frente a la Sección 22?

Moises Robles

+ SEP emite duro comunicado puntualizando quién ordenó los pagos


Desde que Moisés Robles Cruz llegó a la dirección del IEEPO, siempre pareció procurar un buen entendimiento, y hasta trabajo coordinado, entre el gobierno estatal y las dependencias federales encargadas de lidiar con la Sección 22 del SNTE. En varios momentos, pareció que ambos órdenes de gobierno actuaban coordinadamente… hasta esta semana, cuando la polémica por el pago íntegro de la quincena no laborada por los maestros oaxaqueños llevó a la confrontación a ambos gobiernos. Si esto es un augurio del fin de la buena relación, entonces sería necesario que pronto haya noticias sobre el proceso judicial respecto a la no armonización de las leyes educativas locales con la nueva legislación federal.

En efecto, el año 2015 ha sido muy intenso para los gobiernos estatal y federal en la negociación con la Sección 22 del SNTE. En diversos momentos se firmaron minutas de trabajo entre la SEP y Gobernación, como representantes del gobierno federal, y del IEEPO como representante del gobierno de Oaxaca, en las mesas de trabajo con el magisterio. Del solo contenido de esas minutas se desprende que siempre hubo coordinación entre ambos órdenes de gobierno incluso para establecer los términos y las palabras que contenían los documentos.

En esas minutas y documentos firmados en varios momentos con la Sección 22 y la CNTE, ambos gobiernos siempre coincidieron en establecer compromisos abstractos que nunca tenían intención —porque ello habría sido inconstitucional, y además constitutivo de responsabilidades administrativas para los funcionarios firmantes— de desglosar en posibles prestaciones u obligaciones concretas. Incluso, durante meses el IEEPO se prestó abiertamente a seguir la estrategia del gobierno federal de tener un negociador bueno y un malo; siendo Gobernación el bueno (porque concedía) y la SEP el malo (porque era quien acotaba o de plano rechazaba lo cedido por Segob, aduciendo las nuevas reglas establecidas en la reforma educativa.

En esa mancuerna, todos sabían —el gobierno federal, y el de Oaxaca— que el estallamiento del paro indefinido de labores era inevitable. Ambos gobiernos sabían que tenían que emprender una acción coordinada (en la cual el gobierno federal tenía que enseñar el músculo, y el de Oaxaca esconderse, para no incendiar la pradera) para mantener a raya las acciones magisteriales de cara a los comicios. Eso fue lo que hicieron. Pero al parecer ninguno de ellos estuvo lo suficientemente preparado para afrontar el costo político que tendría la reacción de la opinión pública ante sus decisiones.

El gobierno federal probó el amargo sabor del cuestionamiento-público-nacional-unánime, cuando dos días antes de los comicios anunció, por vía de la SEP, la suspensión indefinida de las evaluaciones docentes. Políticamente, ese era un claro mensaje de buena voluntad a la CNTE para que evitara cumplir sus amenazas de boicot a los comicios del 7 de junio. Pero ni la misma Coordinadora reaccionó de forma tan virulenta como lo hizo la opinión pública —la prensa tradicional, unánime en el rechazo, además de las imparables redes sociales, que cumplieron con su cometido de reflejar la postura de la ciudadanía en general— que de inmediato cerró filas en torno al rechazo a la medida anunciada por el gobierno federal.

Luego de los comicios, vino el cuestionamiento —también emergido desde la Ciudad de México— sobre si se pagaría a los profesores luego de los 17 días de paro de labores. La respuesta federal fue que no, hasta que volvieran a clases. Y luego vino el segundo tiro: ¿por qué habrían de pagarles por los días no laborados?

El IEEPO dijo inicialmente que era responsabilidad de la SEP; ésta dijo que era, en realidad, responsabilidad del instituto educativo estatal; IEEPO aceptó su responsabilidad, pero dijo que el área de incidencias estaba en manos de la Sección 22; y finalmente, ante el miedo de volver a ser el señalado como alcahuete del magisterio oaxaqueño, la SEP decidió publicar con todo detalle quién y cómo se ordenó, desde Oaxaca, que se pagara la quincena íntegra que no laboraron los profesores adheridos a la Sección 22.

LA SEP SE DESLINDA

“La Secretaría de Educación Pública —dice el Comunicado 155, emitido ayer a las 16:44 horas—, a través del oficial mayor de la dependencia, Jorge Carlos Hurtado Valdez, aclaró respecto a las constantes declaraciones del director general del IEEPO, Moisés Robles Cruz, quien ha expresado no estar en posibilidades de retener el pago a los maestros que no asistieron a laborar durante la primer quincena del mes de junio, ya que esta responsabilidad recae supuestamente en las atribuciones de la Secretaría de Educación Pública federal. El oficial mayor puntualizó al respecto lo siguiente:

“El artículo 26 fracción VI de la Ley de Coordinación Fiscal establece como obligación de la SEP de (sic) retener y enterar las cantidades que por ley deban pagarse por concepto de impuestos federales y aportaciones de seguridad social, así como las demás cantidades que deban retenerse con base en la instrucción correspondiente de la autoridad educativa de la entidad federativa”.

Luego de eso, hace una relatoría en la que detalla nombres, fechas e indicaciones dadas por un funcionario del IEEPO —José Armando Pineda Loredo, enlace operativo para temas de nómina del IEEPO ante la SEP— primero para retener el pago, y luego para que los recursos fueran dispersados.

Y aunque la SEP pretende deslindarse aduciendo que “en cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Coordinación Fiscal”, atendió las solicitudes del IEEPO de suspender y posteriormente, reanudar el trámite de pagos de la quincena 11 en el estado de Oaxaca, lo cierto es que en realidad está enviando más un mensaje de ruptura política que de deslinde, porque entonces pareciera que —por muy paradójico que parezca— legal e institucionalmente el gobierno federal está supeditado en sus facultades a lo que disponga —según dice Moisés Robles— un funcionario que responde no a los intereses del IEEPO, sino de la Sección 22 del SNTE.

AUTORIDAD, DE PAPEL

En Oaxaca, eso es Moisés Robles: una autoridad similar a una roca aparente. Pero si el gobierno federal de verdad quiere apretar a la 22, entonces tendría que darle impulso político y procesal a la controversia constitucional que presentó el año pasado. Ahí está la clave. ¿O sólo simula dureza para esquivar el escarnio ciudadano?

Discusión sobre quién debió descontar a S22, monumento a la ignominia

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Descuentos

+ IEEPO y SEP reeditan el viejo y abominable “acátese pero no se cumpla”


 

Hay versiones de que la conocida frase “acátese pero no se cumpla”, nació en el siglo XIV y su uso se generalizó durante siglos como medio válido para dejar de aplicar aquellas normas que, pese a haber sido promulgadas por autoridad legítima, frecuentemente el Rey, suponían una vulneración de las leyes o fueros propios, normas, usos o costumbres del lugar. Hoy, esa vieja e ignominiosa figura, recupera uso y vigencia plena ante el absurdo diferendo entre el IEEPO y la SEP sobre quién debía descontar a los profesores de la Sección 22 del SNTE que durante dos semanas abandonaron sus labores docentes en Oaxaca.

En efecto, se dice que el uso cotidiano de la figura legaloide del “acátese pero no se cumpla”, fue una manera de uso común a través de la cual la Auctoritas (autoridad) del Rey quedaba salvaguardada, y las normas del lugar, que allí se consideraban justas, seguían rigiendo con plena eficacia. Esto, que bajo alguna lógica tergiversada pudiera considerarse como una especie de pluralidad de sistemas jurídicos (algo así como dos sistemas de derechos rigiendo en un mismo tiempo y espacio), en realidad era una figura que validaba la ignominia de la aplicación selectiva de una norma jurídica.

A través del “acátese pero no se cumpla” se construyó buena parte del sistema mexicano jurídico y de gobierno, y se supone que es uno de los grandes males contra los cuales hemos lucha como sociedad, y es para lo que se supone que adoptamos ese amorfo e incomprendido concepto del “Estado de Derecho”. Pero el problema es que en plena transición hacia la supuesta implementación de las reformas estructurales, resulta todo está terminando en la reedición de esa vieja figura, y lo que está provocando es nada menos que la inutilización material de la reforma educativa, al provocar —en los hechos— que su aplicación carezca de medios jurídicos y administrativos eficaces para sancionar a quien no la cumpla. Veamos si no.

Por un lado, el delegado de la SEP, Jorge Villar Llorens, ha respaldado lo dicho por varias instancias federales como la Secretaría de Gobernación y de Educación Pública, en el sentido de que aun cuando la nómina magisterial está en manos de la federación, es el Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO) quien tendría que notificar el nombre de los maestros faltistas y de esta manera poder ejecutar los descuentos establecidos en la Ley de Servicio Profesional Docente. “Si el IEEPO nos da el nombre maestro por maestro y escuela por escuela quienes no están trabajando, es una obligación de la SEP hacer el descuento”, puntualizó.

Frente a esto, se encuentra la postura del Director del IEEPO. Moisés Robles Cruz, “reviró” a la SEP sobre la falta de reporte de maestros paristas, y le respondió que la federación sabía de un paro masivo y no procedió al descuento de los paristas. Textualmente, dijo lo siguiente: “Hay dos situaciones y es importante dejarlo muy en claro, hay un esquema de corresponsabilidad; la SEP (en el esquema de corresponsabilidad) tenía del conocimiento porque había un paro masivo en toda la entidad, sabía que no había profesores y la instancia que a partir del 1 de enero tiene el control de la nómina en cuanto a los pagos es la instancia federal”.

Mientras que en la responsabilidad del IEEPO, justificó que desde hace más de 23 años la composición funcional y orgánica de la dependencia está en las manos de la Sección 22. “Es inoperante que a través de los supervisores que a los que les corresponde reportar y registrar las faltas, ellos mismos se encuentran en la ausencia porque forman parte de la manifestación. Ahí está la explicación, obvia”.

Es decir, que no habrá descuentos a los maestros paristas luego de haber abandonado las aulas durante una quincena completa, porque la SEP se sentará a esperar a que el IEEPO le informe qué maestros y en qué fechas faltaron a su trabajo. Y el IEEPO nunca podrá hacer esto porque acepta sin ningún pudor que esa función del Instituto se encuentra en manos de la propia Sección 22.

Algo así como un perro persiguiéndose la cola indefinidamente…

 

LA IGNOMINIA ANDANTE

Ante este dilema, lo que se aprecia es que hay plena disposición, mancomunada, de los gobiernos estatal y federal, porque el contenido de la reforma educativa se acate pero no se cumpla. Se acate, sí, porque en los discursos y en las declaraciones públicas todos hablan de compromiso con la educación, de mejoramiento del sistema educativo, de evaluación y de urgencia por cumplir con el mandato constitucional de la reforma educativa. Pero en los hechos lo que todos hacen es simular ese compromiso, y quedarse en la inaceptable fase de creer que con esas declaraciones vacías salvan el momento pero sin comprometerse ni pagar algún tipo de costo político por tomar decisiones difíciles.

¿Qué no es suficientemente claro que todos los maestros adheridos a la Sección 22, todos, abandonaron sus aulas, y quién sabe si asistieron a actividades sindicales (marchas, plantones, toma de oficinas o espacios públicos, etcétera), pero lo que sí es sustantivo y corroborable es que todas las escuelas de educación básica, media básica y media superior adheridas a la Sección 22 estuvieron cerradas durante dos largas semanas, en las que ningún profesor ni personal administrativo cumplió con su trabajo?

Ante esa circunstancia no se necesitaría ser selectivo, porque el paro de labores fue generalizado, y por ende el descuento debiera ser similar. El problema es que a la hora de verdaderamente hacer valer uno de los principales “dientes” de la reforma educativa, todos comienzan a echarse la responsabilidad, como si el mandato de descontar el salario por cada día no laborado, y de rescindir el contrato luego de tres inasistencias injustificadas, se encontrara en un texto bíblico y no en las leyes derivadas de la Constitución de la República.

 

ES UNA BURLA

Ayer por la tarde, en una entrevista radiofónica, el Secretario de Gobernación decía que es responsabilidad del gobierno de Oaxaca que se descuente a los profesores. Lo paradójico es que remarcaba, una y otra vez, que la nómina magisterial ya está centralizada. Sin embargo, decía, es deber del gobierno estatal reportarnos quién falta a su trabajo para proceder al descuento. Esto es, cuando menos, un callejón sin salida. En realidad, es una burla para los mexicanos y para la ley y, en el último de los casos, una zancadilla que se ponen ellos mismos.

+ IEEPO y SEP reeditan el viejo y abominable “acátese pero no se cumpla”

 

Hay versiones de que la conocida frase “acátese pero no se cumpla”, nació en el siglo XIV y su uso se generalizó durante siglos como medio válido para dejar de aplicar aquellas normas que, pese a haber sido promulgadas por autoridad legítima, frecuentemente el Rey, suponían una vulneración de las leyes o fueros propios, normas, usos o costumbres del lugar. Hoy, esa vieja e ignominiosa figura, recupera uso y vigencia plena ante el absurdo diferendo entre el IEEPO y la SEP sobre quién debía descontar a los profesores de la Sección 22 del SNTE que durante dos semanas abandonaron sus labores docentes en Oaxaca.

En efecto, se dice que el uso cotidiano de la figura legaloide del “acátese pero no se cumpla”, fue una manera de uso común a través de la cual la Auctoritas (autoridad) del Rey quedaba salvaguardada, y las normas del lugar, que allí se consideraban justas, seguían rigiendo con plena eficacia. Esto, que bajo alguna lógica tergiversada pudiera considerarse como una especie de pluralidad de sistemas jurídicos (algo así como dos sistemas de derechos rigiendo en un mismo tiempo y espacio), en realidad era una figura que validaba la ignominia de la aplicación selectiva de una norma jurídica.

A través del “acátese pero no se cumpla” se construyó buena parte del sistema mexicano jurídico y de gobierno, y se supone que es uno de los grandes males contra los cuales hemos lucha como sociedad, y es para lo que se supone que adoptamos ese amorfo e incomprendido concepto del “Estado de Derecho”. Pero el problema es que en plena transición hacia la supuesta implementación de las reformas estructurales, resulta todo está terminando en la reedición de esa vieja figura, y lo que está provocando es nada menos que la inutilización material de la reforma educativa, al provocar —en los hechos— que su aplicación carezca de medios jurídicos y administrativos eficaces para sancionar a quien no la cumpla. Veamos si no.

Por un lado, el delegado de la SEP, Jorge Villar Llorens, ha respaldado lo dicho por varias instancias federales como la Secretaría de Gobernación y de Educación Pública, en el sentido de que aun cuando la nómina magisterial está en manos de la federación, es el Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO) quien tendría que notificar el nombre de los maestros faltistas y de esta manera poder ejecutar los descuentos establecidos en la Ley de Servicio Profesional Docente. “Si el IEEPO nos da el nombre maestro por maestro y escuela por escuela quienes no están trabajando, es una obligación de la SEP hacer el descuento”, puntualizó.

Frente a esto, se encuentra la postura del Director del IEEPO. Moisés Robles Cruz, “reviró” a la SEP sobre la falta de reporte de maestros paristas, y le respondió que la federación sabía de un paro masivo y no procedió al descuento de los paristas. Textualmente, dijo lo siguiente: “Hay dos situaciones y es importante dejarlo muy en claro, hay un esquema de corresponsabilidad; la SEP (en el esquema de corresponsabilidad) tenía del conocimiento porque había un paro masivo en toda la entidad, sabía que no había profesores y la instancia que a partir del 1 de enero tiene el control de la nómina en cuanto a los pagos es la instancia federal”.

Mientras que en la responsabilidad del IEEPO, justificó que desde hace más de 23 años la composición funcional y orgánica de la dependencia está en las manos de la Sección 22. “Es inoperante que a través de los supervisores que a los que les corresponde reportar y registrar las faltas, ellos mismos se encuentran en la ausencia porque forman parte de la manifestación. Ahí está la explicación, obvia”.

Es decir, que no habrá descuentos a los maestros paristas luego de haber abandonado las aulas durante una quincena completa, porque la SEP se sentará a esperar a que el IEEPO le informe qué maestros y en qué fechas faltaron a su trabajo. Y el IEEPO nunca podrá hacer esto porque acepta sin ningún pudor que esa función del Instituto se encuentra en manos de la propia Sección 22.

Algo así como un perro persiguiéndose la cola indefinidamente…

 

LA IGNOMINIA ANDANTE

Ante este dilema, lo que se aprecia es que hay plena disposición, mancomunada, de los gobiernos estatal y federal, porque el contenido de la reforma educativa se acate pero no se cumpla. Se acate, sí, porque en los discursos y en las declaraciones públicas todos hablan de compromiso con la educación, de mejoramiento del sistema educativo, de evaluación y de urgencia por cumplir con el mandato constitucional de la reforma educativa. Pero en los hechos lo que todos hacen es simular ese compromiso, y quedarse en la inaceptable fase de creer que con esas declaraciones vacías salvan el momento pero sin comprometerse ni pagar algún tipo de costo político por tomar decisiones difíciles.

¿Qué no es suficientemente claro que todos los maestros adheridos a la Sección 22, todos, abandonaron sus aulas, y quién sabe si asistieron a actividades sindicales (marchas, plantones, toma de oficinas o espacios públicos, etcétera), pero lo que sí es sustantivo y corroborable es que todas las escuelas de educación básica, media básica y media superior adheridas a la Sección 22 estuvieron cerradas durante dos largas semanas, en las que ningún profesor ni personal administrativo cumplió con su trabajo?

Ante esa circunstancia no se necesitaría ser selectivo, porque el paro de labores fue generalizado, y por ende el descuento debiera ser similar. El problema es que a la hora de verdaderamente hacer valer uno de los principales “dientes” de la reforma educativa, todos comienzan a echarse la responsabilidad, como si el mandato de descontar el salario por cada día no laborado, y de rescindir el contrato luego de tres inasistencias injustificadas, se encontrara en un texto bíblico y no en las leyes derivadas de la Constitución de la República.

 

ES UNA BURLA

Ayer por la tarde, en una entrevista radiofónica, el Secretario de Gobernación decía que es responsabilidad del gobierno de Oaxaca que se descuente a los profesores. Lo paradójico es que remarcaba, una y otra vez, que la nómina magisterial ya está centralizada. Sin embargo, decía, es deber del gobierno estatal reportarnos quién falta a su trabajo para proceder al descuento. Esto es, cuando menos, un callejón sin salida. En realidad, es una burla para los mexicanos y para la ley y, en el último de los casos, una zancadilla que se ponen ellos mismos.

¿Hasta cuándo vamos a seguir permitiendo la industria del chantaje?

+ Antes eran las organizaciones; hoy, la bandera la tiene el magisterio


Pasaron las campañas, y en el prolongado ayuno de ideas hubo varios temas a los que los candidatos a las diputaciones federales definitivamente no le quisieron entrar. Nadie, nunca, bajo ninguna circunstancia, habló por ejemplo de la impunidad, ni de la corrupción, y mucho menos de la llamada “industria del chantaje”. No lo hicieron, a pesar de que Oaxaca es una entidad invadida por esos males sociales históricos, de los cuales el magisterio ha hecho faro para continuar su lucha.
En efecto, nunca va a sobrar insistir: mientras el propio gobierno, la clase política y la sociedad no traben una alianza bien afianzada para combatir la corrupción va a continuar siendo moneda corriente en nuestro estado. A todos nos consta que mientras ese tipo de males no se ha tocado, los daños que eso le provoca a la ciudadanía se han ido ahondando. Pareciera que en la inmediatez de las circunstancias, propios y extraños le han apostado a la prebenda como una forma de apaciguar las pasiones y las ambiciones. Sólo que el resultado ha sido multiplicador en los efectos y divisor en los resultados.
¿De qué hablamos? De que hoy la llamada “industria del chantaje” se encuentra ya no únicamente en sus depositarios tradicionales, como lo fueron en otros tiempos las organizaciones sociales. Todos recordamos que hace varios lustros, la caja grande del gobierno hacia las organizaciones se encontraba no en el otorgamiento de obra pública o en la asignación de proyectos productivos —que en buena medida hoy están depositadas en las instancias de “desarrollo social” y de infraestructura— sino en el chantaje abierto.
Es por eso que la Secretaría General de Gobierno fue por mucho tiempo la instancia encargada de mantener quietas a las organizaciones, en una connivencia de chantaje que, con el paso de los años, evolucionó y se perfeccionó, pero con ello no sólo no disminuyó los daños a la ciudadanía sino que los ahondó. Pues hoy en día, la llamada industria del chantaje sentó sus reales en temas como la asignación y ejecución de obra pública, o el otorgamiento de los llamados “proyectos productivos”, que lejos de beneficiar a las comunidades en realidad han servido para hacer codiciosas a muchas organizaciones, y millonarios a decenas, o cientos de líderes sociales.
Acaso por eso, hoy se desdeña el modelo de gobierno a partir del cual la dependencia encargada de la gobernabilidad y la política interna es la interlocutora entre las expresiones de la sociedad, y las instancias que se supone que deben regular las actividades relacionadas con recursos públicos. Es lo que actualmente se plantea que haga la Secretaría General de Gobierno, pero es lo que los mismos demandantes de un trato legal y democrático en las organizaciones sociales, desdeñan.
¿Por qué? Porque en el fondo todos los que tienen puestos los ojos en el presupuesto público quisieran que las cosas se siguieran arreglando como en el pasado, a partir de simples acuerdos políticos sin sustento y a partir de la práctica del chantaje velado para la obtención de canonjías políticas y económicas.
De ahí que muchas veces sean los mismos servidores públicos de otras áreas —y evidentemente con ciertos afanes políticos— quienes desdeñen la actividad de concertación que se realiza desde la Secretaría de Gobierno, y prefieren participar de la corrupción ganando clientelas y organizaciones sociales, a las que creen que “tripulan”, aunque finalmente terminan provocando muchos más problemas y daños a la ciudadanía, cuando la ambición termina pudiendo más que el supuesto control político que se ejerce sobre éstas.
A estas alturas, habría que entenderlo con claridad: la complicidad entre funcionarios y luchadores sociales se va a acabar, sí, cuando haya mejores leyes e instituciones autónomas que persigan y castiguen los actos de corrupción. Pero también se terminará cuando se caiga en la conciencia de que querer tener gobernabilidad a través del chantaje o las prebendas, es tanto como querer apagar un incendio utilizando combustible.

CORRUPCIÓN, ACEPTADA
Hoy, por la persistencia de prácticas de chantaje, a la población en general se le hace ya muy difícil distinguir cuándo se trata de organizaciones, problemas y demandas legítimas, y cuándo es un abierto acto de corrupción. Tan es así, que hoy en día la misma ciudadanía se sigue preguntando —a pesar de lo evidente de las circunstancias— si las acciones de organizaciones como la Sección 22 del SNTE son legítimas o no. En otra sociedad eso no tendría que pasar, porque cualquier persona, a simple vista, tendría que ser capaz de distinguir entre demandas legítimas y actos de chantaje.
Preguntémonos, por ejemplo, por qué la posibilidad de reprobar las acciones de chantaje de la Sección 22 ha sido tan pobre, mientras el magisterio ejerce verdaderos actos de presión en contra de los tres ámbitos de gobierno para que les satisfagan demandas que no son a favor de toda la ciudadanía. Lo mismo ocurre con quienes abiertamente realizan actos de chantaje para obtener recursos económicos en obras, en proyectos productivos y en programas sociales.
Al final —y eso es lo grave—, nosotros como ciudadanos ya ni siquiera somos capaces de sensibilizarnos con ese tipo de demandas, porque en gran medida puede más la desconfianza —fundada— de si eso que exigen es verdaderamente lo que las comunidades necesitan, o si son mentiras bien defendidas para llenarse los bolsillos de dinero. Ese es un daño colateral que ha traído aparejado el ominoso perfeccionamiento de la industria del chantaje, que además del sentido de la legalidad ya perdió cualquier tipo de vergüenza.
En el fondo, habría sido importante que quienes aspiraban a un cargo de elección popular se pronunciaran sobre ese tipo de cuestiones, y establecieran puntos de referencia sobre su posible actuación frente a esas prácticas. No lo hicieron, porque paradójicamente muchos de los candidatos surgieron justamente de esa lucha social que tanto ha corroído a nuestra sociedad, pero que paradójicamente hoy pareciera que vive sus mejores momentos.

SALARIOS ÍNTEGROS
Lo dicho: el gobierno federal le dio dos nalgadas a la Sección 22, pero nada trascendente. La primera, fue enviarles a la fuerza pública para que se desmovilizaran durante los comicios. tLa segunda, retenerles su pago. Ambas, terminarán en disculpas recíprocas. Y juntos seguirán con el chantaje de siempre. Ya lo veremos.