Candidaturas independientes: fueron hechas para no prosperar

Date:

Ind. Oax.

+ Financiamiento raquítico, una forma de mantenerlos sometidos


Los candidatos independientes se encuentran en una franca desventaja frente a los abanderados de los partidos políticos. El sistema político abrió el espectro a las candidaturas independientes, como una forma de frenar las críticas internacionales derivadas de la sentencia Castañeda versus México de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la que ésta resolvió que el Estado mexicano debía abrir la posibilidad de que candidatos sin partido pudieran contender en los procesos electorales ordinarios. La apertura fue a medias porque, por diversas razones, la figura es inoperante. Y parece buscar la condena de los independientes o a la inanición, o a lo mal habido, para poder competir.

En efecto, en Oaxaca es muy probable que existan ocho candidatos a la gubernatura, de los cuales uno será por la vía independiente. El ciudadano Juan Manuel García López será candidato independiente, en un contexto de franca desigualdad frente a los candidatos de los partidos, derivada de la forma en que estructuralmente fue concebida la vía independiente, como mecanismo de participación en los asuntos políticos del país. Vale la pena revisar los altísimos requisitos que la ley y las instituciones electorales le exigen a quienes aspiran a un cargo público por la vía independiente, y la inequitativa forma de acceso a los medios y los recursos para llevar a cabo la labor proselitista que, se supone, es uno de los pilares para la renovación de la democracia representativa.

En ese sentido, el caso de Oaxaca es particular porque la Constitución local contempla la existencia de las candidaturas independientes para cargos públicos, pero por virtud de la resolución del cinco de octubre pasado, en el que el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional el contenido total del decreto 1290, publicado el nueve de julio de dos mil quince, en el tomo XCII, extra, del Periódico Oficial del Estado de Oaxaca, por medio del cual se expidió la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca. Esa situación obligó al Consejo General del IEEPCO a emitir un Acuerdo (IEEPCO-CG-23/2015) mediante el cual estableció los lineamientos generales para las candidaturas independientes.

En dicho acuerdo se establece, entre otras cosas, que para que un ciudadano pueda solicitar al Instituto que se le considere como aspirante, debe entregar la constancia de la constitución de una asociación civil con las mismas características de un partido político y que tenga ya una cuenta bancaria abierta, con esas mismas características equiparadas. Luego, dice el artículo 13 del anexo de dicho acuerdo que “una vez que el ciudadano interesado obtengan la calidad de aspirante podrá realizar actos tendentes a recabar el porcentaje de apoyo ciudadano requerido por medios diversos a la radio y la televisión, siempre que los mismos no constituyan actos anticipados de campaña…”. Es decir, debe hacer una primera campaña, totalmente a ras de suelo, realizada con recursos propios, y sin acceso a ningún tipo de medio de información, para obtener el apoyo ciudadano que, valga decirlo, tampoco es fácil de lograr en el porcentaje que señala la ley.

En ese sentido, dice el artículo 16 del citado acuerdo que para la candidatura de Gobernador, la cédula de respaldo deberá contener cuando menos la firma de una cantidad de ciudadanos equivalente al 2 por ciento de la lista nominal de electores correspondiente al estado de Oaxaca, con corte al 31 de agosto del año previo al de la elección, y estar integrada por electores de por lo menos trece de los veinticinco distritos; en ningún caso el porcentaje de la cédula de respaldo en los trece distritos electorales será menor al 1% de ciudadanos que figuren en la lista nominal de electores de cada uno de ellos.

¿Qué significa eso? Que, en términos sencillos, quien aspira a una candidatura independiente se enfrenta a un universo de electores potenciales de alrededor de dos millones 800 mil inscritos en el padrón electoral; que debe obtener, en total, unas 56 mil firmas de apoyo, pero que debe hacerlo en al menos 13 de los 25 distritos electorales y, además, que en cada uno de esos trece distritos debe obtener cuando menos el uno por ciento del apoyo ciudadano, en cada uno.

Es decir, para conseguir su candidatura, un ciudadano sin partido debe recorrer al menos la mitad del territorio estatal, y hacer una mini campaña en la que no puede incurrir en ninguno de los actos considerados como “anticipados de campaña”, pero en la que sí debe convencer a miles de personas para que le firmen sus cédulas de respaldo ciudadano.

CANDIDATURAS MENGUADAS

Existe otro Acuerdo del IEEPCO, en el que se establecen los montos de financiamiento público para las campañas que, para variar, también es increíblemente inequitativo frente a las posibilidades de financiamiento de los partidos políticos y sus candidatos.

En ese sentido, se establece como punto de referencia de la propia ley, que un partido de nueva creación tiene derecho a recibir el dos por ciento del monto global que reciben los partidos para su financiamiento ordinario. En Oaxaca, se establece, dicho monto global es de $129,961,923.64 (ciento veintinueve millones novecientos sesenta y un mil novecientos veintitrés pesos 64/100). Por ende, a un partido de nuevo registro le corresponderían $2,599,238.46 (dos millones quinientos noventa y nueve mil doscientos treinta y ocho pesos 46/100 M. N.). Y se establece que, según la Ley General de Partidos Políticos, a las candidaturas independientes se les destinaría la mitad del monto asignable a un partido de nueva creación. Por ende, a todos los candidatos independientes en el proceso electoral 2015-2016 (diputados locales, autoridades municipales y a gobernador) se les entregará el fabuloso monto total de $1,299,619.23 (un millón doscientos noventa y nueve mil seiscientos diecinueve pesos 23/100 M. N.) por concepto de gastos de campaña, el cual se debe dividir entre todos para sus actividades proselitistas.

CAMPAÑAS DE SALIVA

Juan Manuel García López tendrá, por ende, 432 mil 773 pesos para los sesenta días que duren sus actividades de campaña. Esto no tiene comparación con lo que gasta cualquier candidato en un solo mitin en cualquier día dentro o fuera del tiempo de campaña. Por eso decíamos ayer que, o los independientes hacen campañas testimoniales, u optan por venderle su alma al diablo para competirle a los candidatos de los partidos.

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