AL MARGEN || Pueblos indígenas y minorías en Oaxaca, ¿estarán dispuestos a legitimar una reforma electoral regresiva?

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Adrián Ortiz Romero Cuevas

Algunos de los avances más significativos en el ensanchamiento de los derechos político-electorales de las minorías en México, han sido gracias a las luchas jurídico-constitucionales que se han librado desde Oaxaca. Esos mismos grupos y pueblos indígenas, migrantes, colectivos de mujeres e incluso organizaciones de personas defensoras del reconocimiento y la inclusión de las minorías integrantes de la diversidad sexual, son algunas de las mismas que después avalaron electoralmente a Andrés Manuel López Obrador como Presidente. El problema es que su proyecto de reforma electoral es regresivo respecto a todas esas minorías. ¿Lo avalarán en este intento?

En efecto, en estos días continuará la discusión del llamado Plan B en materia electoral impulsado por el presidente López Obrador. A finales del año pasado intentó sin éxito que se aprobara un paquete de reformas a la Constitución federal para modificar la estructura del Instituto Nacional Electoral, así como una serie de normas y principios que rigen la vida democrática del país. 

Su intento original de reformar la Ley Suprema fracasó ante la imposibilidad de obtener la mayoría legislativa que necesitaba para consolidar su proyecto. Por eso optó por lo que hoy se conoce como el Plan B en materia electoral, que ha levantado mucha polémica por la modificación de las estructuras institucionales en materia electoral, pero que en Oaxaca tendría también eco respecto a regulación del acceso a candidaturas a ciertos grupos minoritarios que aquí han ganado importantes espacios en la arena democrática.

Como lo apunta Hugo Concha en un texto publicado recientemente en la página web de la revista Nexos, lo que está por ser analizado en el Senado presenta tres grandes temas. El primero consistente en una muy necesaria ampliación de derechos políticos; el segundo, en temas relativos a cambios en la organización, estructura y funcionamiento de las autoridades administrativas, INE y OPLEs (Organismos Públicos Locales Electorales), así como reforzamiento de una situación de impunidad de los partidos políticos y; el tercero, relacionado con las autoridades jurisdiccionales y todo el funcionamiento de nuestra justicia en ese ámbito.

Ahora bien, ¿por qué si bien toda la atención está puesta en la modificación de la estructura del INE y los Organismos Públicos Locales Electorales, en Oaxaca retumbarían otros temas como los relacionados con la integración de las minorías a la vida democrática del país? Porque como lo apuntamos antes, muchas de esas batallas jurídicas tuvieron a nuestra entidad como origen. Sin embargo, para entender toda esta situación, es importante considerar el contexto e ir por partes.  

En la iniciativa de reforma electoral se pretende establecer (Artículo 11.4 del proyecto) que “en observancia al principio de igualdad sustantiva, los partidos políticos nacionales deberán incluir en la postulación de sus candidaturas a diputaciones por ambos principios, al menos al cinco por ciento de los siguientes: a) personas pertenecientes a la comunidad indígena; b) personas afromexicanas; c) personas con discapacidad; d) personas de la diversidad sexual, y; e) personas residentes en el extranjero…” 

Otro elemento importante fue la eliminación de todas las definiciones y referencias relativas a los derechos reconocidos a los pueblos y comunidades indígenas tanto en la Constitución federal como en diversos tratados internacionales. En contrasentido a la tendencia nacional e internacional, el proyecto de reforma electoral hace suyo un anticuado e inconstitucional concepto de igualdad, en el que todas las personas simplemente se consideran iguales, y por eso no se considera relevante constatar el conjunto de derechos que los pueblos y comunidades indígenas mexicanos ya tienen reconocidos tanto en la Constitución como en Tratados Internacionales, desde hace por lo menos tres décadas.

¿AVALARÁN UNA REGRESIÓN?

En una nota publicada en El Universal por los periodistas Christian Jiménez y Juan Carlos Zavala, se establecen los puntos sustantivos de que el llamado Plan B presidencial en materia electoral reconozca acciones afirmativas a grupos minoritarios que son por mucho de umbrales inferiores a los derechos y espacios que ya tienen ganados. 

La reducción, dice la nota, es sustantiva: implica que los partidos reserven al menos 25 candidaturas, de las 500 disponibles, tanto por la vía de representación proporcional como por mayoría relativa, cuando en 2021 se estableció la obligatoriedad de 50 fórmulas o candidaturas a una diputación federal.

Y es que, según apuntan, en 2021 el INE estableció acciones en las que se obligó a partidos políticos y coaliciones a destinar 30 fórmulas o candidaturas a personas indígenas para la elección de diputados, así como ocho a personas con discapacidad; cinco a migrantes y residentes en el extranjero; cuatro a personas afromexicanas, y tres a personas LGBTIQ+. 

El plan B de la reforma, continúan, reduce los espacios reservados para cada grupo, sobre todo para personas indígenas; además, hay menos posibilidades de que personas en situación de discriminación ganen una curul, porque los coloca en los primeros 20 lugares de las listas de representación proporcional y no en los primeros 10. También, las personas en situación de discriminación compiten electoralmente con personas que no están en ese supuesto y quita la posibilidad al INE e institutos locales de aprobar otras medidas afirmativas.

Y como ejemplo estadístico, señalan que, con las acciones afirmativas aplicadas en la elección de 2021 en Oaxaca, por ejemplo, se logró que de las diputaciones electas 51 fueran mujeres (60.71%), 31 hombres (36.90%) y dos personas de la diversidad sexual. Mientras que, de las concejalías electas, mil 279 fueron mujeres, mil 62 hombres y 76 personas de la diversidad sexual, según el IEEPCO, que además señala que de las diputaciones electas, 21 son indígenas (25%), una es afromexicana (1.1%), cinco son jóvenes y cinco mayores de 60 años (5.9% en ambos casos). En cuanto a las concejalías electas, mil 78 son indígenas, 46 son afromexicanas, 328 son jóvenes, 278 son mayores de 60 años, y 172 son personas con discapacidad.

¿Qué debiéramos prever de todo esto? Que irremediablemente habría una batalla legal impulsada por esos grupos (indígenas, jóvenes, personas con discapacidad, mexicanos en el extranjero o de la diversidad sexual, etcétera) que se verían afectados por los nuevos umbrales, mucho más reducidos que con los espacios ya ganados en los últimos años. El discurso fácil podría apuntar a que, por ser muchos de ellos simpatizantes o abiertos partidarios del Presidente, avalarían esta reforma. No obstante, sería como ir en contra de sus propias luchas y convicciones históricas. ¿Realmente esos grupos en Oaxaca estarían dispuestos a no librar esa batalla? Lo creemos francamente imposible. 

EPITAFIO 

En 2001 diversas comunidades indígenas fueron las primeras que alzaron la voz en contra de la reforma al artículo 2 de la Constitución federal, por considerarla insuficiente para reconocer sus derechos y sus libertades como minoría. No hubo poder humano que los detuviera en su inconformidad, a partir de la cual comenzó una larguísima batalla en tribunales nacionales e internacionales —y qué bueno— por el pleno reconocimiento de sus derechos. ¿Alguien cree que ellos, que enfrentan con dignidad las reivindicaciones por el despojo histórico del que fueron objeto, se quedarán de brazos cruzados ante esta reforma? 

@ortizromeroc

@columnaalmargen

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