Congreso no tenía necesidad de aprobar así la ley educativa

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+ Trabajo legislativo a hurtadillas; ¿podrían ir ante la Corte?


El Congreso del Estado no tenía necesidad de aprobar la Ley Estatal de Educación en la forma en que lo hizo. Ello los pone más en la situación de pensar en que hicieron cosas buenas que parecen malas, que en la posibilidad de que hayan cumplido con el mandato constitucional que habían pospuesto al menos 20 meses. No había razón para realizar una sesión subrepticia; tampoco de no convocar a casi la mitad de los legisladores. No había necesidad de pasar un proyecto sin discusión. Y mucho menos de evidenciar que a los diputados no les importa no cumplir con su función deliberativa. Aún en la aprobación, este es el peor escenario posible.

En efecto, la noche del sábado se supo que los diputados llevaron a cabo una sesión dentro del periodo ordinario, con el único punto en el orden del día de discutir la iniciativa de Ley Estatal de Educación. Cumplieron con esa tarea en unos cuántos minutos, porque los legisladores tenían la urgencia de no caer en el desacato a la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el sentido de que tenían que aprobar una ley educativa antes de que terminara este periodo de sesiones, que concluye el 15 de abril. Con eso, asestaron un madruguete a la Sección 22, que no estaba preparada para resistir en dicho momento.

El problema, frente a todo eso, está en la forma. Pues resulta que a los pocos minutos de consumada esa tarea, el diputado Jesús López Rodríguez —nada menos que presidente de la Comisión Permanente de Educación de la LXII Legislatura— denunció que los diputados de su bancada no habían sido convocados a dicha sesión. Él mismo, como presidente de una de las comisiones unidas de las que se supone que salió el dictamen, particularmente dijo no haber sido convocado a la sesión. ¿Qué hizo el Congreso entonces?

Eso es, básicamente, un secreto. Hasta la tarde de ayer no se había dado a conocer el contenido de la ley que fue aprobada. Tampoco se supieron detalles de cuál pudo haber sido el mecanismo mediante el cual aprobaron dicha norma. Es posible prever que pudieron haber sido dos posibles rutas, a saber: primera, que las Comisiones Unidas encargadas de elaborar un dictamen, lo hubiesen presentado al Pleno para su aprobación, y que éste haya dispensado toda discusión para pasar de inmediato a la aprobación del dictamen en lo general y lo particular.

La segunda posibilidad —forma legal que quizá hayan utilizado— radicaría en que un diputado habría presentado una iniciativa nueva al Pleno de la Legislatura; que el Pleno, al dar cuenta de la iniciativa, hubiera recibido de algún diputado la petición de que a dicha iniciativa se le diera el tratamiento de “obvia resolución”, que según el artículo 55 de la Constitución local, tiene como efecto que a una iniciativa se le reduzcan o dispensen los trámites de admisión y discusión —efectos de la “urgencia notoria—, pero también que se le pueda dispensar la elaboración del dictamen de comisión correspondiente.

Lo único que se supo es que fue una sesión a la que acudieron 28 diputados, y que 26 de ellos votaron a favor de la iniciativa. Se entiende también que dejaron fuera a los legisladores que, como López Rodríguez, habrían tratado de reventar la sesión, o anticipando a los profesores de lo que iban a hacer, o generando disturbios al interior del recinto legislativo para tratar de que no se llevara a cabo la sesión y/o la discusión de la iniciativa.

OPOSICIÓN REAL

Pronto se sabrá si los diputados que no fueron convocados a esa sesión, según por ser aliados de la Sección 22, tienen de verdad convicciones sobre la inconstitucionalidad de la norma que fue aprobada el pasado sábado. La ruta jurídica que aún tienen abierta es una Acción de Inconstitucionalidad, en la que podrían alegar no sólo las posibles violaciones de fondo a la Constitución de la República, sino también alegar los vicios de forma.

Para ello necesitarían agruparse en una minoría de cuando menos 14 diputados, que corresponderían al 33% de la integración de la Legislatura local. En ello podrían alegar, por ejemplo, la falta de convocatoria, la ausencia de discusión, las irregularidades en el procedimiento legislativo y en el cumplimiento a lo que establecen la Ley Orgánica del Poder Legislativo y su Reglamento, y todo el cúmulo de irregularidades que normalmente cometen los legisladores y de los cuales ya tiene antecedentes el Alto Tribunal, porque fue por esos mismos errores que el 5 de octubre del año pasado le invalidó el Decreto número 1290, que contenía la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales de Oaxaca.

En ese sentido, no es probable que los diputados vayan a una acción de inconstitucionalidad, porque ha quedado claro que las convicciones de muchos legisladores locales es algo sobre lo que precisamente no puede confiarse. Es muy posible que se hayan inconformado más por una posición políticamente correcta frente al magisterio de la Sección 22, que por estar verdaderamente convencidos de que no tenía por qué pasar la ley educativa.

DESAFÍO

Finalmente, muchos de los diputados no comen lumbre y saben que en una cuestión tan delicada como esa no sería fácil enfrentarse a una ley armonizada con la Constitución federal. Lo que sí subsistirá, y será ampliamente impugnable —si hay voluntad política— son los posibles vicios de forma. La Legislatura, en el fondo, de nuevo falló en demostrarle a la ciudadanía que puede hacer su trabajo sin la ventaja de la sorpresa, o de la posibilidad de legislar a hurtadillas, como innecesariamente lo hicieron el pasado sábado.

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