Home Blog Page 236

Por el derecho a saber

Mesa de diálogo sobre el inicio de las campañas electorales en #Oaxaca y el país.

Transmisión: jueves 3 de mayo

Por Periscope:

 https://www.pscp.tv/w/1YpJkEYLVBXKj

Municipalizar la educación: una alternativa hasta ahora inexplorada —pero posible— en México

A pesar de la reforma educativa, y de la tenue moderación del magisterio oaxaqueño frente a las nuevas reglas relacionadas con su empleo y salario, la educación pública en Oaxaca sigue inmersa en un doloroso círculo vicioso del que, al menos en el corto plazo, no tiene posibilidad de salir. Aún con los cambios recientes, lo cierto es que no existen para la entidad alternativas posibles a un problema educativo y de gobernabilidad añejo, complejo y plagado de chantajes, intereses y corrupción. A la vista de todos se encuentra una solución que siempre ha parecido la idónea. Aunque todo todo el mundo sabe que al menos en Oaxaca esa, la de la municipalización de la educación, sería una solución imposible.

En efecto, en Oaxaca se ha discutido ampliamente la propuesta de municipalización e la educación. Se ha dicho que sería una alternativa que garantizaría de modo más efectivo la correcta administración y vigilancia de los recursos económicos, humanos y materiales que el Estado dedica a la educación. Se ha dicho también que esa sería la forma de dar mayor certidumbre respecto a la cercanía entre profesor-padre de familia, y entre éstos y la autoridad reguladora, que es también la que funge como pagador de los servicios de los profesores, y que en este caso sería la autoridad municipal. Incluso, se entiende como razón natural que siendo relativamente pocos los centros educativos, y los maestros, habría un mejor control de ellos.

Todo eso, que suena muy bien, tuvo su mayor auge durante el conflicto magisterial y popular de 2006. Cuando el entonces gobernador Ulises Ruiz decidió dar un manotazo a la Sección 22, comenzó a tomar decisiones para desmantelar el poder que ésta tenía, pasando justamente por eliminar al personal directivo que tenía el magisterio en el Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca. A partir de eso, el gobierno estatal anunció que habría una reforma profunda al sistema educativo local. Y una de las propuestas —que fue de las más atendidas por la sociedad oaxaqueña aunque no había sido propuesta oficial— fue la de poner en manos de la autoridad municipal todo lo relativo a los asuntos magisteriales.

Esa propuesta fue aceptada con agrado por diversos sectores, menos por el magisterio democrático. Éste ha tenido claro que cualquier proceso de pulverización de la fuerza magisterial equivaldría a un desmantelamiento de su poderío y capacidad de organización. En particular, han asumido que tanto el gobierno estatal, como luego de la reforma de 2013 el federal, han siempre aparecido como un “adversario-patrón” perfectamente visible y ubicado. A partir de eso, han sabido con quién ir a negociar en un solo bloque. E implícitamente, han entendido que con un proceso de municipalización de la educación ese “patrón” se pulverizaría en por lo menos 570, con lo que cada “sección municipal” tendría que hacer sus propias jornadas de lucha para obtener sus beneficios particulares.

Todo esto, obviamente, hace inviable esta propuesta en lo material. La Sección 22 fue capaz de hacer todo durante 2006 con tal no sólo de obtener beneficios económicos, sino también de no perder su capacidad de organización y de disciplina entre sus agremiados. Esos dos elementos se amalgamaron perfectamente hasta que en 2015 le fue requisado el IEEPO a la estructura magisterial. Lo paradójico es que, a pesar de ello, la Sección 22 ha logrado mantener buena parte de los esquemas de disciplina entre sus agremiados, y a pesar de todos los amagues nunca ha dejado de movilizarse. Se pensó que con la expropiación del IEEPO a la Sección 22 eso se terminaría. Sin embargo, queda claro que aún con todos los movimientos hasta ahora intentados, persiste la capacidad de movilización y de presión, con lo que se mantiene vigente no sólo la interrogante sobre las medidas de control con posibilidad de ser ejercidas para contenerla, sino también la posibilidad de emprender nuevas estrategias de fondo para lograr que los maestros no abandonen las aulas y cumplan con sus funciones docentes.

MUNICIPALIZACIÓN DE FACTO

Sin embargo, en Oaxaca también hemos visto procesos fácticos de municipalización de la educación claros, y hasta forzados, aunque no formales. Los maestros de la Sección 22 se han enfrentado a diversos problemas que en el pasado no tenían. Particularmente, la referencia es a los conflictos que han tenido con pobladores de diversos municipios, llegando hasta su punto máximo en enfrentamientos que han tenido con pobladores de varias localidades, que han presionado a los maestros a no abandonar las aulas a pesar de los llamados sindicales, e incluso han expulsado a maestros cuando incumplen estas exigencias de la comunidad.

¿Qué ha pasado en esos casos, seguramente recordados por la ciudadanía oaxaqueña? Que aunque las autoridades municipales no aparecen como “patrones” de los profesores democráticos, y tampoco los padres de familia tienen calidad específica para exigirles cuentas, en varias poblaciones ya ha habido reacciones francas de inconformidad respecto a la actuación de los profesores, e incluso ha habido condicionamientos respecto a su actividad, a sus decisiones y a su actividad sindical.

En varios municipios han sido las propias autoridades, y la población, quienes han exigido a los profesores —bajo la pena de no permitirles el acceso a sus centros de trabajo—, que dejen de suspender labores, que no alteren la paz pública con sus acciones de protesta, e incluso que no involucren sus asuntos sindicales con los temas educativos que involucran a los niños, a sus padres y a la población en general.

Bajo esa misma figura, de la municipalización de facto, se encuentra también anclada la supervivencia de los centros educativos que aún mantiene en su poder la disminuida Sección 59. Cada una de las escuelas que están bajo la tutela de lo que antes del 2006 se conocía como Consejo Central de Lucha, tiene vida propia y legitimidad no gracias al Estado o al IEEPO o a la Sección 22, sino a la decidida colaboración de los padres de familia, que en cada una de las comunidades han respaldado a los profesores, a partir de que éstos no realizan actos de agitación, ni paros de labores, ni condicionan su trabajo al hecho de que los padres o las autoridades cumplan sus caprichos, no los cuestionen, o hagan lo que ellos quieren.

PADRES, DORMIDOS

Lamentablemente, fuera de eso no existen más visos de la municipalización de la educación, y seguramente en Oaxaca tampoco los habrá en el corto plazo. No parece haber, hoy, poder o gobierno capaz de hacer frente a un conglomerado bien amalgamado como la Sección 22. Así seguirá todo, sólo hasta que los padres de familia dejen de permitir, escuela por escuela, que la educación siga estando supeditada al sindicalismo y la voracidad del magisterio democrático.

Realiza el TSJE simulación de juicio oral a licenciados en derecho

El Juicio Oral Mercantil se rige por principios, entre ellos de participación democrática, sostuvo el Juez Miguel Ángel Hernández Bautista   

Para difundir los beneficios y mostrar los pasos que se realizan en el Proceso Oral Mercantil, la Escuela Judicial realizó la Simulación de Audiencia Preliminar Oral Mercantil para integrantes del Colegio Nacional de Licenciados en Derecho A.C, encabezados por el Doctor en Derecho, Miguel Ángel Varela Sánchez, en la Sala de Juico Oral del Instituto de Ciencias Jurídicas.

La simulación de audiencia, presidida por la jueza Jessica Maribel Arango Bravo, trató el caso de la recisión de contrato de apertura de crédito donde la parta actora y la parte demandada tuvieron participación activa durante el proceso.

El juez especializado en Juicio Oral, Miguel Ángel Hernández Bautista, señaló que la oralidad facilita los acuerdos entre las partes involucradas, además que se ahorra tiempo en las notificaciones, ya que son electrónicas y solo la notificación de emplazamiento es personal.

“Se modernizó el Sistema, se actualizó el procedimiento, pero los principios del Derecho son los mismos y se aplican de la misma manera. Este Sistema Oral rescata lo mejor del Sistema Tradicional, que no se deshecha porque lleva siglos mejorándose”, expuso el juez Hernández Bautista.

Indicó que  el Juicio Oral Mercantil se rige por principios, entre ellos el de participación democrática, por lo que las partes involucradas deben ser escuchadas por el juez para que pueda emitirse una resolución apegada a derecho.

Por su parte, la Directora de la Escuela Judicial, Yanis Santiago Rodríguez, indicó que el Poder Judicial del Estado mantiene un constante trabajo para que la comunidad jurídica del estado conozca las ventajas y el proceso de la Oralidad Mercantil, a fin que puedan ser parte de la evolución del derecho y brindar un servicio eficiente a la sociedad.  

Mayo: ardiente mes

Carlos R. Aguilar Jiménez.


De todos los meses del año, en plena primavera, Mayo es el mes más ardiente y todos sus días son calientes, tórridos y especialmente luminosos y coloridos debido a que el Sol se ubica en esta temporada exactamente en la vertical de la latitud de Oaxaca; que como bien sabemos el astro dios no sale siempre en el mismo lugar del horizonte, ni se pone, debido a que el eje de rotación de la tIerra:está inclinado respecto del plano de traslación, así que en mayo en la trayectoria solar del ecuador rumbo al solsticio de verano que se ubica en el Trópico de Cáncer, se ubica en Mayo encima de Oaxaca, posicionándose exactamente en el meridiano, en la perpendicular, el 8 de mayo, día ascio, que significa sin sombra.

Al iniciar mayo entre las 11 y 15 horas ninguna banqueta de las calles tiene sombra y el sol calienta prácticamente todo el suelo, elevando la temperatura del cemento, pavimento, azoteas y todo donde inciden los rayos solares hasta 35 grados, y si a esta alta temperatura sumamos el calor que generan miles de motores de coches calientes, la ciudad se vuelve ardiente y caliente al mediodía. porque no hay dónde protegerse de los verticales y energéticos rayos solares, que si para mal nos agobian y hasta pueden producir golpes de calor y deshidratación, lo que vale es que esta radiación electromagnética solar está calentado el océano Pacífico y Atlántico, evaporando miles de kilómetros cúbicos de agua que luego, durante la temporada de huracanes, se precipitan como lluvia en todo el estado, recargando mantos freáticos y todo cauce de agua.

Nuestros antepasados, quienes construyeron Monte Albán, consagraron el 8 de mayo, el día que no hay sombra y todo es ardiente, caliente y brillante, porque la luz del sol al mediodía llega hasta el espejo de agua en la profundidad de los pozos, desaparece la sombra de edificios y postes, por lo que desalinearon el edificio J respecto de la simetría de la Plaza Ceremonial, para indicar en el horizonte el lugar donde aparece el sol el día ascio, indicándose también en el edificio P que se encuentra en la misma dirección, alabando a su Dios principal durante siglos, el Sol, hasta que lo dieron de baja los católicos europeos para imponer a fuerza de armas, gérmenes y acero  a su Dios. Antes de la Conquista el día más importante, venerado, sagrado y respetado de todos, era el 8 de mayo, día del que hoy casi ni quien se acuerde, excepto los astrónomos del Observatorio Astronómico Municipal, que este 8 de mayo, desde las 10 y hasta las 15 horas vigilarán la desaparición de la sombre, impartirán conferencias, talleres de construcción de relojes de sol y enseñaran como se utiliza una armilla y astrolabio. El acceso será libre y gratuito, Les esperamos.

Independientemente de quién gane los comicios del 1-J, la CNTE irá por la derogación de la reforma educativa

Con el inicio del mes de mayo, arranca también la jornada anual de lucha de la Sección 22 en Oaxaca, y nada impide que también lo haga la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación, como movimiento magisterial regional en el sureste del país. Este año, las protestas serán particulares, porque existe la intención central de conseguir la cancelación de la reforma educativa. Así lo revela el pliego petitorio que planteará a partir de ahora el magisterio oaxaqueño; y esa era la previsión, de acuerdo al momento electoral —y en la antesala de un nuevo gobierno federal— que estamos viviendo en México.

En efecto, durante el fin de semana la Asamblea Estatal del magisterio oaxaqueño dio a conocer el contenido de su pliego petitorio. En éste, de acuerdo con una nota de El Universal, el magisterio oaxaqueño insiste en la abrogación de la reforma educativa y las leyes reglamentarias “porque afectan sus derechos laborales, sindicales, escalafonarios y humanos”. También dentro de sus demandas centrales, exigen respeto a la estabilidad laboral y sus condiciones generales de trabajo, la abrogación de la Ley Estatal de Educación Pública de Oaxaca y el reconocimiento del Plan para la Transformación de la Educación de Oaxaca (PTEO).

En sus demandas políticas, exigen el cumplimiento de acuerdos políticos y minutas firmadas entre el gobierno de Oaxaca y la Sección 22 del SNTE, una mesa de negociación tripartita, la cancelación definitiva de la evaluación docente, la desaparición de módulos y escuelas irregulares, cese del hostigamiento laboral y derogación de la Ley de Seguridad Interior. En sus peticiones laborales, están la bilaterialidad en las negociaciones y la devolución de sus espacios en el Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO), contratación inmediata de los normalistas, pago de la tercera etapa a tres mil 699 trabajadores regularizados y pago de prestaciones, entre otras.

De la misma manera, piden la liberación de los “presos políticos y de conciencia” Lauro Atilano Grijalva Villalobos, Sara Altamirano Ramos, Damián Gallardo Martínez y Roque Coca Gómez, así como la presentación con vida de los desaparecidos. Castigo a los autores intelectuales y materiales de los hechos ocurridos el 19 de junio de 2016 en Asunción Nochixtlán y la reconstrucción de escuelas, viviendas, carreteras y espacios públicos que fueron afectados por el los sismos de septiembre de 2017 y febrero de 2018.

De todo eso, lo que resalta es la viveza con la que remarcan la intención de ir contra la reforma educativa. Ese ha sido uno de sus planteamientos de fondo, aunque en realidad hasta antes de que Andrés Manuel López Obrador se pronunciara a favor de la derogación de esa legislación, los llamados de la Sección 22 y de la CNTE al respecto, habían sido algo así como voces en el desierto.

Hoy, con el empuje que le dio la campaña del Candidato Presidencial de Morena a dicha exigencia, parece claro que el magisterio del sureste del país ya no tiene más impedimento para ir a tratar de conseguir ese objetivo, independientemente de las circunstancias. Eso es algo que debemos anotar y ver su desarrollo durante los meses siguientes, porque será uno de los temas que determinen la gobernabilidad para el segundo semestre del 2018, y que marquen la agenda del nuevo régimen.

LUCHA PREVISIBLE

Al respecto, apuntamos el 4 de abril en esta columna que desde hace mucho tiempo, la Coordinadora dejó de ser un problema local circunscrito únicamente a Oaxaca, Guerrero y Chiapas, para convertirse en un asunto nacional. La combinación de la conocida altivez y capacidad de movilización de la CNTE, y la propuesta de derogar la reforma educativa durante el próximo sexenio, dijimos, debe ser desde hoy un tema que preocupe a todos los candidatos presidenciales.

Y, en aquel momento, nos preguntamos: ¿cuál es la razón? Que gane o pierda, Andrés Manuel López Obrador prendió esa mecha de la inminente movilización magisterial, al tratar de lanzar propuestas que simpatizaran lo mismo con la CNTE que con los profesores del SNTE identificados con Elba Esther Gordillo. Queda claro que no todos los maestros del país mantienen una postura en contra de la evaluación, igual que como resulta cierto que muchos de ellos —los gordillistas— podrían asumir la derogación de la reforma educativa más allá de su contenido, sino como una necesidad de reivindicación del poder de la ex lideresa magisterial, que fue encarcelada por el impulsor de la reforma educativa, y que en un régimen opuesto tendría como sanción política la derogación de la reforma como una manifestación del poder recuperado por la hoy defenestrada maestra Gordillo, en un posible regreso al poder.

El problema hoy, apuntamos hace casi un mes, es que independientemente de lo que ocurra el 1 de julio, de todos modos la CNTE tratará de volver a la carga con respecto a la derogación de la reforma. Hace algunas semanas, López Obrador remarcó su postura relacionada con la reforma educativa, pero dijo que su forma de terminar con las normas que rigen a la evaluación docente —médula de la reforma educativa— sería a través del proceso legislativo (es decir, enviando una iniciativa que modificara el contenido constitucional y legal, para que los diputados la aprobaran).

Considerando lo anterior, dijimos líneas adelante en aquella entrega, lo más probable es que antes del término del presente año, el gobierno federal tendría a una Coordinadora manifestándose abiertamente en la capital del país, mostrando su músculo político, y su afinada capacidad de organización y movilización, de la que ya le dieron amplia cuenta a la administración del presidente saliente Enrique Peña Nieto, y de la que no tendrán ningún problema de volverle a demostrar a cualquiera que sea el Presidente a partir del 1 de diciembre próximo.

SILENCIO OPROPBIOSO

A partir de todo eso, resaltábamos desde entonces algo que hoy parece ser vital para el futuro inmediato de la democracia y la gobernabilidad en México: que cada uno de los candidatos presidenciales establezcan sus prioridades y planteamientos, con respecto a lo que prevén para enfrentar este problema de gobernabilidad que de forma inminente tendrán con la CNTE. Como bien lo sabemos en Oaxaca —producto de experiencias como la del gobierno de Gabino Cué, que intentó ser aliado de la CNTE y nunca lo logró a pesar de haberse plegado durante años a sus exigencias y presiones—, el magisterio democrático tiene una vocación opositora insuperable e infranqueable, que irremediablemente los llevará a encarar, pero nunca a aliarse, con quien sea el próximo Presidente. Así sea su candidato actual, Andrés Manuel López Obrador. ¿Alguien lo duda aún?

Personalidad del Bloqueador

Carlos R. Aguilar Jiménez.


A diferencia de la inmensa mayoría de ciudades civilizadas del mundo, Oaxaca se caracteriza lamentablemente por contar entre sus habitantes a miles de delincuentes potenciales que manifiestan y exhiben su rencor social, carencia de autoestima y ser hijos no deseados ni queridos por sus padres y familia, en el momento y circunstancia en que deciden formar parte de un bloqueo de calles y realizarlo agrediendo a quienes no tienen relación con sus mezquinos o válidos intereses

“El sufrimiento humano evitable, sobre todo el causado por personas inhumanas que no son capaces de arrepentirse y que ningún castigo podrá mejorarlos, sino en el peor de los casos, tornarse más agresivos y destructivos, escribe el Dr. Deimos Aguilar Jiménez, en su libro: “Fábrica de Delincuentes” siendo esta la característica del perfil o personalidad del bloqueador de calles, secuestrador de oficinas o personas, como delincuentes que, siguiendo el argumento de mi hermano psiquiatra Deimos Aguilar, en su libro, no tienen idea de lo que valen y están firmemente convencidos de que son una basura o valen poca cosa, percibiendose a sí mismos de una manera devaluada y que, por supuesto, siempre han comparado con los que ellos creen son más: “yo quisiera ser el, tener lo que él tiene, tener la mujer de el, tener la familia que tiene, pero, como no puede, trataran de quitarle lo que tiene el y si puede lo va a matar o hacerle sufrir; porque ellos son felices, muy felices y ellos no”. Además -a los bloqueadores- poco le importan los sentimientos ajenos, al fin que los propios sentimientos a nadie le importaron , y, efectivamente, como indica el Dr. Deimos Aguilar, la gente que bloquea, despoja a camioneros de su vehículo para cerrar calles o carreteras, que se apropia de casetas de cobro en autopistas, pinta paredes de edificios con consignas, no permiten circulen ambulancias con heridos y agreden y golpean brutalmente a quienes intentan pasar sus bloqueos o queman vehículos, edificios y asaltan camiones de reparto, son delincuentes, por supuesto, hay categorías, desde el que roba por hambre hasta el político infame que saquea al país, pero de cualquier forma todos los son, porque el robo, crimen, despojo, secuestro o bloqueos son delitos, aunque algunos se disfracen de lucha o acción social social, así que más allá de anécdotas, intereses particulares, de grupo social o sindical (Secta 22 o CTM), si usted o alguien a quien conoce a participado alegremente en un bloqueo o agresión a los demás, es un delincuente le guste o no, porque si se viola o agrade a inocentes, se violan derechos, cometen infracciones, terrorismo, atentados a las leyes, eso son delitos y eso define la personalidad del bloqueador de calles, como la de los profes de Oaxaca.y otros.   

Amnistía de AMLO, es persistir en el error de calificar como ‘una guerra’, el combate al crimen organizado

Desde hace una semana, todos los personajes intelectualmente robustos que se encuentra alrededor del candidato presidencial de Morena, Andrés Manuel López Obrador, han reforzado las explicaciones y razonamientos respecto a la amnistía que el tabasqueño podría darle a los implicados en los actos criminales de los últimos años, que han dejado una estela de muerte, miedo y desolación a lo largo del país. Todas sus explicaciones se fundan en el planteamiento lógico de la urgencia de la reconciliación nacional. Sin embargo, lo que equivocan es el fundamento de la amnistía, porque —quién sabe si deliberada o accidentalmente— persisten en considerar como una guerra, lo que en realidad han sido siempre actividades criminales. En esa aparente confusión conceptual, está todo lo que ninguno de los aliados de López Obrador alcanza a explicar.

En efecto, desde hace varios meses el Candidato Presidencial de la Coalición Juntos Haremos Historia, dejó ver la posibilidad de impulsar una Ley de Amnistía que considerara a todos los implicados en actividades criminales, para ofrecerles una salida a la vida delictiva que habían ejercido en los últimos años. La medida fue aplaudida por algunos, pero evidentemente rechazada por todos aquellos que no consideran como una posibilidad que el Estado perdone a criminales en aras de un proceso de reconciliación nacional, máxime porque los delitos que se han cometido en la última docena de años, desde que el gobierno del presidente Felipe Calderón declaró una cruzada contra la delincuencia organizada —calificándola desde entonces como una “guerra”—, han sido de los más violentos y dolorosos para millones de personas en diversas regiones del país.

En ese sentido, desde que el presidente Calderón denominó como “guerra” las acciones que emprendería a través de las instituciones de seguridad pública y de las fuerzas armadas, en contra de los grupos criminales, se advirtió los riesgos de utilizar ese término, que es propio de los conflictos bélicos que ocurren entre sujetos políticamente legitimados, para denominar la persecución de delitos por parte del Estado en contra de personas que esencialmente estaban violando la ley por una razón de provecho y lucro económico, pero sin tener una base legítima o un fin social con sus acciones criminales.

De hecho, la posibilidad más aceptada para el uso del término “guerra” ocurre cuando dos naciones —que son entes soberanos— reclaman un derecho legítimo, que al no poder resolverlo por la vía diplomática, hacen uso de la fuerza bélica en el marco del derecho de guerra que es reconocido en el orden internacional. Junto al conflicto entre naciones, el término guerra también se utiliza cuando algún conflicto político escala hacia la vía violenta dentro de un mismo Estado. Es caso de las guerras civiles, las revoluciones, u otros movimientos armados que, incluso la guerrilla, tienen como fondo un interés o cuestión política que se está dirimiendo a través de las armas.

El problema es que nada de lo que ha pasado en los últimos años en México, tiene esas características. Aquí no han ocurrido movimientos armados con fines políticos, sino simplemente acciones de delincuencia organizada que han escalado a niveles escalofriantes. Aún así, hay quienes afirman que el derecho a la amnistía es legítimo, y que ello sería el camino para pavimentar la reconciliación nacional.

Ponen como ejemplo los tiempos de Juárez, en los que impulsó una amnistía general en contra de los traidores a la patria que habían respaldado al Imperio de Maximiliano. De nuevo: es cierto que el derecho a la amnistía es legítimo y es constitucional. Sin embargo, nada tiene que ver el antecedente de aludido en la restauración de la República luego del Segundo Imperio, con lo que ha pasado en México en los últimos años, en donde las acciones criminales no han tenido ninguna intención política, sino simplemente ejercer violencia y terror para obtener ganancias económicas de ello.

AMNISTÍA

Existen pocos antecedentes jurisprudenciales en México sobre la amnistía. Sin embargo, una tesis aislada de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en su quinta época, da luces importantes sobre cómo debe comprenderse la naturaleza jurídica y los efectos de la amnistía.

Dicha tesis (Semanario Judicial de la Federación Tomo LX Pág. 1017. Quinta época. Registro digital: 330276) señala que “la amnistía, ley de olvido, como acto del poder social, tiene por resultado que, olvidadas ciertas infracciones, se den por terminados los procesos y si ya fueron fallados, queden sin efecto las condenas impuestas con motivo de esas infracciones; produce sus efectos antes o después de la condena; pero en los dos casos, borra los actos que han pasado antes de ella, suprime la infracción, la persecución del delito, la formación de los juicios, en una palabra, borra todo el pasado y sólo se detiene delante de la imposibilidad de los hechos. Se justifica por la utilidad que puede tener para la sociedad, que se den al olvido ciertos hechos y tiene como efectos extinguir la acción pública de manera que el beneficio es irrenunciable y produciendo sus efectos de pleno derecho, invalida la misma condena.

“Los sentenciados a penas corporales, recobran su libertad, las multas y gastos pagados al erario deben ser restituidas y si los amnistiados cometen nuevos delitos, no son considerados como reincidentes; pero por excepción y por respeto al derecho de los terceros perjudicados por el delito, subsisten las consecuencias civiles de la infracción, y la parte civil perjudicada tiene derecho de demandar ante los tribunales, la reparación de los daños y perjuicios causados.

“La amnistía tiene como característica, que a diferencia del indulto, se concede a cuantos hayan cometido el mismo delito político restableciéndoles en el goce de todos los derechos que por la sola comisión del delito o por una condena, habían perdido. Por tanto, si la condición para el reingreso al ejército, de un militar acusado de un delito, era el sobreseimiento en el proceso, beneficiándole una ley de amnistía, tal condición ha quedado cumplida, y si no se ha formado el expediente administrativo para darle de baja, no surte efectos, por lo que la negativa para que tal militar reingrese al ejército, es violatoria de garantías.”

PERDÓN SIN JUSTICIA

Queda claro, con ello, que la amnistía tendría que ser general y por delitos políticos. Ahí está, en esencia, el quid de la reconciliación después de un periodo de conflicto político. En un caso como éste, en el que el enemigo (el crimen organizado) es por naturaleza ilegítimo, amorfo e indeterminado, emitir una ley de amnistía implicaría un doloroso “borrón y cuenta nueva” para millones de personas, que han sido víctimas de la delincuencia en todos sus niveles (desde la común, hasta los cárteles) y que quién sabe si estén a favor de una reconciliación sin justicia, como la que pretenden argumentar y justificar los partidarios de López Obrador.

Poder Judicial fortalece trabajo conjunto en beneficio de la niñez

0

Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes deben ser reconocidos y puestos en práctica

Difundir y generar conciencia sobre los derechos humanos de las niñas, niños y adolescentes es fundamental para consolidar un desarrollo social.  Con esta idea, la Dirección de Derechos Humanos del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Oaxaca (PJO) que dirige el Maestro Ángel Rafael Díaz Ortiz, realizó la Jornada de Capacitación Interactiva: “Niñas, niños y adolescentes como sujetos de Derecho”, en el marco del Día del Niño y la Niña que se celebra  el 30 de abril.

La actividad, realizada el viernes pasado en el Auditorio del Palacio de Gobierno consistió en la presentación de ponencias sobre los derechos de los menores de edad realizadas por representante de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) y del Sistema Nacional de Protección Integral de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA), todas moderadas por Elizabeth Rivera Arrazola, encargada del Departamento de Promoción de Derechos Humanos del PJO.

En su intervención con la ponencia “Protocolo de Actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren niñas, niños  adolescente”, Lesly Alexia Ramírez, asesora de la Dirección General de Estudios, Promoción y Desarrollo de los Derechos Humanos de la SCJN, señaló la importancia de tomar en cuenta las necesidades de los infantes en cada etapa del proceso para no revictimizarlos y generarles momentos de angustia.

“Se deben tomar en cuenta las características específicas de cada etapa que viven las niñas, niños y adolescentes para que estén en igualdad de condiciones, no podemos verlos como adultos, debemos atender las características específicas de cada etapa de su desarrollo, desde lo cognitivo, psicológico y emocional”, apuntó Alexia Ramírez, representante de la SCJN.

Puntualizó que es necesario que los juzgadores y en sí, todo el proceso judicial, tome en cuenta que las niñas, niños y adolescentes deben ser protegidos durante cada etapa del proceso, por lo que se requieren especialistas que entiendan el actuar de los menores de edad, así como espacios adecuados desde la sala de espera y los sitios de interrogatorio.

En este sentido, expuso que para la Ley, las niñas y niños como menores de 12 años y adolescentes a partir de 12 años hasta menores de 18 años, que de acuerdo con la Convención de los Derechos de los Niños de la Organización de las Naciones Unidas, señala en tres grandes rubros los derechos de los menores: Derecho a la supervivencia y desarrollo, Derecho a la Protección y Derecho a la Participación.

Por su parte, María Cristina Salazar, Secretaria Ejecutiva del Sistema Local de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA), puntualizó que en 1990 México reconoce a los menores de 18 años como sujetos de derechos, lo cual no significa hacerles un favor, sino ponerlos en práctica.

“El cumplimiento de los derechos de las niñas, niños y adolescentes se hace desde la perspectiva de los adultos, sus actividades, sus decisiones y sus acciones. Los derechos de la infancia dependen de los adultos, por tanto se debe trabajar para su reconocimiento y ponerlos en práctica”, comentó Salazar Acevedo

Por su parte, Jorge Arturo Vásquez Trinidad, Director Ejecutivo de Educación Cívica y Participación Ciudadana del IEEPCO, indicó que a través de elecciones escolares se promueve el derecho de participación y decisión en los niños, niñas y adolescentes, cuyo objetivo es formar ciudadanía, que los menores se sientan escuchados y se apropien de los espacios públicos.

“Se cree que los niños, niñas y adolescentes son una parte privada de sus padres y sus elecciones dependen de su familia, cuando son sujetos de derechos que deben ser tomados en cuenta”, dijo Vásquez Trinidad.

Al finalizar las ponencias, Ángel Rafael Díaz Ortiz, Director de Derechos Humanos del Poder Judicial del Estado, entregó un reconocimiento por su participación a cada ponente y enfatizó la importancia de reconocer y practicar los derechos de los menores de edad.

El Bronco, una somera revisión a los argumentos jurídicos que permitieron su desenfrenada candidatura

0

Uno de los que verdaderamente llama la atención como candidato presidencial, por su poco compromiso con la Constitución, con la democracia y con el Estado de Derecho, es Jaime Rodríguez Calderón, El Bronco. Como político tuvo la virtud de demostrarle al país que sí era posible que una candidatura independiente lograra acceder al poder público venciendo al sistema de partidos. Pero quizá en una similitud con Vicente Fox —que tuvo la virtud de lograr la primera alternancia de partidos en la Presidencia de la República luego de siete décadas de reinado priista—, Rodríguez Calderón ha sido un fiasco como gobernante y como político, inversamente proporcional a su éxito como candidato.

En efecto, dentro de toda esa vorágine de interrogantes que ha generado la inusitada resolución de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que le permitió a Rodríguez Calderón el registro como candidato presidencial independiente, hay algunos argumentos que vale la pena ser revisados porque, mal que bien, resultan un primer precedente en ese sentido que después servirá para apuntalar otras decisiones que pudiera tomar la autoridad electoral en materia jurisdiccional, en casos más o menos similares.

Por ese solo hecho, es importante revisar algunos de los argumentos más importantes vertidos para justificar esta decisión, y que podrían ser parámetro para decisiones que quién sabe qué tan bien o mal le vengan a nuestra sufrida democracia en los años por venir, considerando que no hemos tenido ni los mejores candidatos ni las mejores campañas, ni las mejores autoridades electorales y, valga decirlo, tampoco las mejores prácticas democráticas de los últimos tiempos. Y, en eso, quién sabe qué más falte.

En ese sentido, vale la pena seguir las coordenadas que marca Bárbara Torres Méndez en la edición electrónica de la revista Nexos (https://eljuegodelacorte.nexos.com.mx/?p=8248), quien sostiene de manera enfática que la sentencia del Tribunal Electoral que abrió paso a la candidatura presidencial de Jaime Rodríguez “el Bronco” está repleta de garantismo y conceptos similares cuyo único fin es hacernos creer que la decisión de la mayoría del Tribunal respalda la maximización de derechos, las interpretaciones progresivas de la mano del principio pro personay argumentos equivalentes. Los cuales tuvieron para estos magistrados un peso mayor frente a la certeza y legalidad del proceso electoral.

En esa lógica, Torres hace la advertencia de que el garantismo, que no es otra cosa sino una forma de pensar, entender, interpretar y explicar el derecho, tiene su razón de ser ante la necesidad de acotar el ejercicio del poder público. Sin embargo, éste puede tener efectos nocivos,1 entre los que se encuentra la posibilidad de que los jueces escapen de los vínculos constitucionales para impartir una justicia más bien cercana a la arbitrariedad en una especie de “garantismo espurio”. Veamos rápidamente de qué lado se encuentra la decisión de nuestro máximo órgano electoral, tomando como base el único argumento validado por el Tribunal consistente en que el INE violó el derecho de audiencia del entonces aspirante.

LOS ARGUMENTOS

El Bronco, dice Torres Méndez, impugnó la negativa de registro como candidato independiente a la presidencia de la República señalando en lo fundamental que el procedimiento de verificación de los apoyos instaurado por el INE no le permitió revisar la totalidad de las firmas que la autoridad administrativa calificó como inválidas, dejándoles en estado de indefensión  y en consecuencia fuera de la contienda.

De acuerdo con el razonamiento de la mayoría del Tribunal, la negativa del INE a que el aspirante revisara el universo entero de las firmas con inconsistencias resultó en una violación al derecho de audiencia en perjuicio de su candidatura, pues la autoridad debió concederle esta oportunidad pese a que la etapa de revisión preliminar estaba concluida.

“Pero, ¿qué implica el derecho de audiencia? Fundamentalmente dos cosas: por un lado, que un acto de autoridad no sea emitido sin antes permitir una defensa adecuada y, por otro, que lo anterior se cumpla previo ejercicio de una serie de garantías que debe cumplir todo procedimiento (ser escuchado, dentro de un plazo razonable, ante autoridad competente) que culmine con una resolución fundada y motivada por parte de la autoridad. La pregunta es: ¿tuvo o no derecho de audiencia Jaime Rodríguez? Revisemos.

El dictamen (resolución fundada y motivada) en el que el INE notificó al Bronco que no cumplía con el requisito del apoyo ciudadano para ser candidato a la presidencia, ocurrió una vez concluida la revisión de la totalidad de las firmas con inconsistencias por parte de su equipo. El aspirante revisó sus apoyos 12 veces en fase preliminar y una ocasión más en la revisión final de cinco días (plazo razonable) que el INE otorgó por igual al resto de los aspirantes. Esto es, que el ahora candidato tuvo la oportunidad de confrontar (ser escuchado) a la autoridad electoral respecto la veracidad de sus firmas un total de 13 ocasiones.

“Por otra parte, se señala que existió un impedimento probatorio que permitiera una defensa adecuada del actor, ya que la app no permitía un respaldo del apoyo ciudadano con el cual se pudiera contra argumentar a la autoridad. Sin embargo, se omite que el actor tenía posibilidad de dar un seguimiento diario a sus apoyos a través del portal Web en el que podía consultar el folio y el estado de cada una de sus firmas (posibilidad de defensa adecuada). Además, la revisión que se llevaba en conjunto con el INE (autoridad competente) era a partir de la muestra de cada uno de los respaldos.

“Ahora bien, lo natural de una afectación al derecho de audiencia, es conceder la posibilidad de reponer la etapa del procedimiento que se consideró violada para que el justiciable pueda hacer efectivo su derecho de defensa; sin embargo la preocupación mayor radica en la conclusión a la que arribó el recinto judicial, pues con un salto argumentativo francamente insostenible —eso sí, bautizado como extraordinario— la mayoría de los integrantes asumieron que existía una duda plausible para pensar que de habérsele permitido dicha revisión al aspirante, éste habría alcanzado las 16,656 firmas que le faltaron para cumplir con el requisito de apoyo ciudadano y, por tanto, la manera de restituir el daño era otorgándole la candidatura. No obstante, baste un ejemplo para corroborar la arbitrariedad judicial: en la misma sesión, con los mismos argumentos y ante alegatos idénticos, el tribunal concedió únicamente la posibilidad de verificar nuevamente las firmas del otro aspirante presidencial, Armando Ríos Piter (el Jaguar).

CONTRASENTIDO

Es un problema de fondo que una arbitrariedad se tape con otra. De ese tamaño es la resolución del Tribunal, que tiene hoy como candidato presidencial a un tipo —otro más— que, desde entonces y más ahora, ha demostrado un desprecio profundo por la ley y las instituciones del país.