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¿Quién puede denunciar ante la SEP a un profesor que no trabaja?

Maestros ausentes

El IEEPO no podrá eludir su responsabilidad de aplicar la norma


La semana pasada el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, resolvió que la Ley del Servicio Profesional Docente no viola la Constitución en lo relativo al procedimiento y las causales de despido por razón de las inasistencias. Ahora, otro asunto que debe resolverse es quién está legitimado para denunciar a un profesor que ha incurrido en el supuesto de la falta a sus labores docentes. Ello, bajo la lógica de los derechos humanos, abrirá una auténtica caja de pandora de la que la autoridad educativa (el IEEPO y la SEP) no podrá escabullirse.

En efecto, ayer la organización Mexicanos Primero, dio a conocer que presentó una denuncia penal ante la PGR en contra del líder de la sección 22, Rubén Núñez Ginez, por percibir un sueldo de fondos públicos sin dar clases, así como contra las autoridades federales y locales que han autorizado se les pague a los maestros que faltan a su grupo.

La organización aseguró que la querella se basa en el uso de los recursos públicos para el pago de sueldo frente a las faltas —contabilizaron al menos 60 días de ausencia en este ciclo escolar—, que el líder sindical ha tenido, siendo que tiene una plaza en Putla frente a grupo, pero ha realizado actividades públicas distintas a la docencia al participar en manifestaciones en Oaxaca y Distrito Federal contra la reforma educativa. Incluso dijeron que también la queja es contra las autoridades locales (el IEEPO) y federales que resulten responsables, por permitir la realización de emisión de sueldos a los docentes que han faltado más de tres días de manera injustificada.

Habrá que ver qué determina el Ministerio Público Federal respecto a la procedencia de dichas denuncias penales, y a si Mexicanos Primero se encuentra legitimado para iniciar una acción como esa. No obstante, junto a eso no debe dejar de verse la oportunidad que establece la Ley General del Servicio Profesional Docente (LGSPD) respecto a los maestros que faltan a sus labores, y la amplia posibilidad de que sean los propios padres de familia, y la sociedad civil organizada, la que pueda llegar a exigir a las autoridades educativas que apliquen la ley en contra del personal docente que no acude a sus labores.

Veamos. El artículo 76 de esa Ley, establece que con el propósito de asegurar la continuidad en el servicio educativo, el servidor público del sistema educativo nacional, el Personal Docente y el Personal con Funciones de Dirección o de Supervisión en la Educación Básica y Media Superior que incumpla con la asistencia a sus labores por más de tres días consecutivos o discontinuos, en un periodo de treinta días naturales, sin causa justificada será́ separado del servicio sin responsabilidad para la Autoridad Educativa o para el Organismo Descentralizado, y sin necesidad de que exista resolución previa del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje o sus equivalentes en las entidades federativas.

Dice el precepto que dicha sanción se impondrá a través del procedimiento establecido en el artículo 75 de dicha norma. ¿Qué dice ese precepto? Señala que cuando la Autoridad Educativa o el Organismo Descentralizado (el IEEPO, en este caso) considere que existen causas justificadas que ameriten la imposición de sanciones, lo hará́ del conocimiento del probable infractor para que, dentro de un plazo de diez días hábiles, manifieste lo que a su derecho convenga y proporcione los documentos y demás elementos de prueba que considere pertinentes…

RECIBIR EDUCACIÓN, ES UN DERECHO HUMANO

Ahora bien, si releemos los dos artículos mencionados, podríamos quedarnos con la idea de que la imposición de sanciones a un profesor que falte tres días a sus labores —consecutivos o discontinuos en un periodo de treinta días, según dice la Ley—, se encuentra a cargo de la autoridad educativa, que en este caso sería el IEEPO, que funge hasta ahora como la autoridad educativa en la entidad. Es dable suponer que, en ese contexto, el IEEPO se negara a imponer cualquier sanción de ese tipo, bajo la lógica de que la Sección 22 tiene gran influencia en el control administrativo de la educación.

¿Podrían denunciar los padres de familia a un profesor que ha faltado a clases tres días consecutivos o discontinuo en un periodo de treinta días? El IEEPO podría decir que no, y con eso seguir solapando a los maestros. Empero, existen aún mecanismos legales que podrían obligar al Instituto educativo a no segregar a los padres de familia, que incluso podrían certificar notarialmente —echando mano de la fe pública— que un maestro no ha asistido a sus labores por un periodo determinado, y en base a eso exigirle la aplicación de la ley.

¿Bajo qué lógica? A través, quizá, del uso de mecanismos de control constitucional como el amparo. Bajo un supuesto como el señalado, un padre de familia que ve socavado el derecho de su hijo “a recibir educación” (así inicia diciendo el artículo tercero) debido a que su maestro no asiste a clases, podría primero utilizar certificaciones notariales para comprobar que dicha situación está ocurriendo. Esto lo haría del conocimiento del IEEPO, que podría negarse a tomar algún tipo de sanción.

¿Ahí terminaría todo? No. Ante la negativa, podría recurrir al amparo para obligar al IEEPO, o la SEP, o ambas, a reconocer que dicho maestro no asiste a clases, y por ende nombrar a otro para que satisfaga el derecho violado. Esa situación sería, a su vez, el reconocimiento implícito de que hay un maestro faltista que debe ser sancionado conforme a los artículos 75 y 76 de la LGSPD. Y la autoridad estaría obligada a actuar en consecuencia. No hacerlo, implicaría incurrir en un desacato al amparo, que además de ser la ventana a sanciones administrativas, es un delito que quién sabe si el Director del IEEPO —que no tiene fuero— querría enfrentar.

EL PODER A LA CIUDADANÍA

La Sección 22 le tiene mucho recelo a la municipalización de la educación. En todos los casos en los que los padres de familia, o los habitantes de una comunidad en Oaxaca, se han organizado para meter al orden a sus maestros, lo han logrado sin mayor problema. ¿Por qué? Porque la 22 no puede movilizarse en todos lados, todo el tiempo. 84 mil maestros juntos, son muchos. Pero en una comunidad, generalmente, no llegan a ser más de 100 o 200 frente a cientos de padres de familia. Este sería un camino para decantar el desbordante poder del magisterio, y para obligar al IEEPO a dejar de ser un ente de adorno que sólo solapa a quienes deberían ser sus regulados.

@ortizromeroc

En la “política del quesillo”, el PRI de Oaxaca es ejemplo perfecto

PRI

+ Señales cruzadas, o actores políticos no comprenden lo que ocurre


Si dicen que en Oaxaca somos tan enredados que hasta el queso lo hacemos bolas, ese enredo permanente también se encuentra en el ámbito de la política, y el PRI oaxaqueño es un ejemplo perfecto. Para comprobarlo vale la pena acudir a algunas escenas recientes, que dan cuenta del caos que priva en ese partido.

  1. La semana pasada la fracción parlamentaria del PRI en el Congreso del Estado logró que se aprobara una reforma político electoral que, según todas las interpretaciones, los favorece. Dos de los puntos sustanciales que ahora están en la Constitución local, es lo relacionado a que no se movió el periodo de gestión del próximo Gobernador, y a que se estableció como requisito para aspirar a la gubernatura una residencia mínima de tres años en la entidad, y no cinco como antes señalaba el texto constitucional. Según algunos sectores priistas —unos celebrando y otros doliéndose—, esa reforma beneficia a Alejandro Murat como próximo candidato priista a Gobernador.
  2. El fin de semana estuvo en Oaxaca el líder nacional del PRI, César Camacho Quiroz. Su visita generó diversas interpretaciones. Una de ellas, la más simple, es que venía a darle un espaldarazo a la gestión de Héctor Anuar Mafud Mafud, luego de que en las últimas semanas sus adversarios internos le enderezaron una andanada de señalamientos e intrigas. Otra interpretación apuntaba a que Camacho vino a celebrar los triunfos priistas y la aprobación de la reforma electoral.
  3. ¿La interpretación más certera? Que a Camacho no le interesa Mafud, ni la reforma electoral, ni celebrar por los triunfos priistas: él vino, específicamente a presentarse ante sus próximos coordinados (los diputados federales priistas electos por Oaxaca), ya que está próximo a dejar la dirigencia nacional del PRI para asumir como coordinador del grupo parlamentario priista en la LXIII Legislatura federal. Vino, pues, a que lo reconocieran, a que le hicieran fiesta y, dicen, a dejar algunas indicaciones entre los propios diputados electos.
  4. Como dice el viejo adagio que en política la forma es fondo, el evielismo —heredero del ulisismo— debiera estar feliz, al menos por dos razones. Primera, porque al cónclave con Camacho Quiroz, el único de los posibles candidatos a la gubernatura que fue invitado, fue el senador Eviel Pérez Magaña. Incluso, fue uno de los oradores principales. Ello demuestra, en un primer momento, la simpatía y la apuesta que tiene Mafud por él como posible candidato priista al gobierno de Oaxaca, y quizá hasta el agrado de Camacho. Segunda, que Antonio Amaro Cancino —un evielista puro, tuxtepecano— sería el próximo coordinador de la bancada priista oaxaqueña en la LXIII Legislatura, por ser quien obtuvo el mayor número de votos. Dos puntos clave a favor del evielismo.
  5. Sin embargo, ayer lunes, en el periódico Adiario apareció una extraña (y dolida) declaración del senador Pérez Magaña. Advirtió que la reforma político-electoral que aprobó la LXII Legislatura —con la bancada de su propio partido, a la cabeza— es “altamente impugnable” por la reducción del requisito de residencia de cinco a tres años que contraviene la Constitución federal. “Sin duda es una inconstitucionalidad que está ahí y habrá que valorar quiénes lo vean así o lo veamos así, proceder a una impugnación que pudiera dar un revire a la reforma aprobada que reduce los tiempos de residencia al pasar de cinco a tres años para candidatos a gobernador (…) En lo particular estoy valorando si impugno”, advirtió (http://bit.ly/1KIlUkG).

¿Por qué querría impugnar Pérez una reforma impulsada por su propio partido? ¿desconfía de las señales que lo favorecen? ¿O es que se duele de la reforma y su supuesta inconstitucionalidad porque reconoce que el beneficiario no es él, y que por ende no repetirá como candidato a Gobernador?

EL PRI DE OAXACA, UN CAOS

Esos momentos dejan ver algo: en el PRI no tienen idea de cómo articularse rumbo al 2016, y en buena medida están peleando por algo que no saben si van a tener. Por ejemplo, no hay ninguna claridad de cuál es el rumbo que tiene la dirigencia de Mafud, que no sólo no logra establecer una definición sobre su figura de autoridad y liderazgo, sino que tampoco logra que alguien le tenga confianza y tome en serio su palabra. De ahí que todos apuesten a otros indicios para tratar de tener certidumbre sobre su futuro político.

Si esto fuera poco, queda claro que al PRI nacional no le importa Oaxaca, y eso sólo no lo ve quien no quiere hacerlo. Camacho no incidió en ninguno de los triunfos. Tampoco contribuyó a normalizar la situación política de su partido en Oaxaca. No le interesó establecer una dirigencia capaz de verdaderamente generar certidumbre. Tampoco impulsó liderazgos propios para la cámara baja: en San Lázaro los siguientes diputados oaxaqueños serán tan invisibles como lo han sido en las anteriores. Finalmente, a Camacho y al CEN del PRI sólo le interesaba la suma nacional. Por ello esencialmente vino a reconocer a los integrantes de su próximo rebaño, en una especie de colonialismo político respecto a Oaxaca, de la que sólo se sirve (lo que pueda) sin reportarle ningún beneficio.

¿Qué deja todo eso? La visión de que el PRI Oaxaca sigue siendo el mismo caos de siempre. Que en la capital, Oaxaca sigue siendo un tema irrelevante, y que aquí todos siguen teniendo la idea equivocada de que quien sea candidato se convertirá, como en los viejos tiempos, en el siguiente Gobernador. Nada más errado, aún de cara a la idea de que fue el propio gobierno de Oaxaca quien maniobró a favor del PRI: el gobierno les dio su reforma a cambio del préstamo. Pero nadie, nadie, le garantiza al PRI que pueda ganarle a Gabino Cué, al gobierno y su coalición, en la elección de Gobernador del próximo año.

HECHOS BOLAS

Por eso nadie puede decir que la reforma tiene nombre y apellido, y mucho menos dolerse por algo que no tienen. Inconformidades como la del senador Pérez Magaña son sólo reflejo de sus ansias y nerviosismo, que prevalecen gracias a la incertidumbre generada por todos los actores políticos tricolores. Quienes ya se sienten derrotados, están derrotados por ellos mismos. Y los triunfalistas, podrían ser derrotados por su confianza desbordada. Todos están hechos bolas. A río revuelto, ¿quién ganará?

@ortizromeroc

Aplazar la paridad en Ayuntamientos no es traición: es menosprecio

Congreso

+ La ciudadanía no es menor de edad, pero es tratada como si lo fuera


Uno de los temas más polémicos, y que tendrá mayores repercusiones judiciales, de la reforma político electoral concretada la semana pasada por la LXII Legislatura, es la de la negativa a establecer la paridad de géneros para la integración de las planillas de candidatos a concejales en los Ayuntamientos de usos y costumbres. A juicio de los diputados esta fue una decisión responsable, aunque en realidad es claramente violatoria de derechos fundamentales y revela que los diputados apuestan por seguir tratando a la ciudadanía como menor de edad.

En efecto, la paridad era uno de los temas que despertaba interés en sectores de mujeres interesadas en promover el acceso a la población femenina en los cargos de elección popular, y el punto central era lograr que la paridad de géneros —que la Constitución de la República la establece para las diputaciones federales y locales, lo cual obligaba a la adecuación de la Constitución local— en la integración de los Ayuntamientos regidos por sistemas normativos internos, o usos y costumbres. Quienes tenían ese objetivo fueron derrotadas por un Congreso que no discutió ni analizó el tema en serio, y tampoco alcanzó a ver las fuertes implicaciones jurisdiccionales, en el ámbito de los derechos humanos, que tendrá esa decisión.

Pues resulta que esta misma semana, y coincidentemente frente a la reciente decisión del Congreso de Oaxaca respecto a la participación de la mujer en la integración de ayuntamientos indígenas, el TEPJF emitió una tesis en la que estableció que los estados deben combatir las prácticas discriminatorias en contra de las mujeres, en todos los niveles, para garantizar su participación efectiva en la toma de decisiones políticas. La tesis es la XXX/2015 y en ella se indica también que los sistemas indígenas deben observar el principio de universalidad del sufragio y el de participación política de mujeres y hombres en igualdad de condiciones.

En un comunicado, el Tribunal explicó que la tesis con el nombre “Sistemas normativos indígenas. Reducir la participación de las mujeres a la validación de las decisiones previamente tomadas constituye una práctica discriminatoria (legislación de Oaxaca)”, instituyó que el ejercicio pleno de los derechos de las mujeres en la vida política de su comunidad implica necesariamente que tengan la oportunidad de participar activamente en la toma de acuerdos.

Ahora bien, cuando se votó la reforma, la atención se centró en la diputada Alejandra García Morlán, del PAN, a quien un grupo de activistas pro paridad de género la calificó como traidora. La legisladora fue quien subió a tribuna a defender la exclusión de la paridad de géneros de los municipios regidos por usos y costumbres. La reacción iracunda de las activistas en ese momento no puede ser defendible, máxime si se considera que la lucha no debían darla haciendo un escándalo en la sesión, sino defendiendo denodadamente el principio que el Congreso no se atrevió a incluir.

Según la diputada García Morlán (Noticias 05.07.15, pág. 12A), la razón por la que ella apoyó que no se incluyera a los municipios de usos y costumbres en el principio de la paridad, se encuentra en que para ser parte del Cabildo “primero se debe cumplir una serie de requisitos, participar en el sistema de cargos y servicios es el primer escalón. Y es precisamente aquí donde estos pueblos están logrando ya una mayor apertura …”.

Según ella, esta razón era suficiente para “dejar pendiente” la integración de los municipios de usos y costumbres al principio de la paridad “pero como un firme compromiso de revisar una ruta viable para ir garantizando una mayor participación de las mujeres en los municipios regidos por sistemas normativos internos…”

Si consideramos que el derecho —y mucho más el de los derechos humanos— debe ser progresivo, y que debe ser además la herramienta para impulsar la evolución cultural y del goce de derechos, entonces queda claro que esta no fue una traición sino un menosprecio a la capacidad de los pueblos de adaptarse a principios constitucionales que no son potestativos ni están a discusión, y de las mujeres indígenas a luchar por sus derechos aún frente al sistema de cargos y escalafones establecidos en los usos y costumbres.

LA RUTA JURISDICCIONAL

No será difícil ver, en el corto plazo, sentencias judiciales que declaren inconstitucional lo establecido en la Constitución de Oaxaca sobre la paridad de géneros. La propia Constitución de la República estableció ese principio respecto a los cargos legislativos federales y locales como un referente para que, por lo menos, las entidades federativas armonizaran sus normas locales a esos principios, pero sobre todo como un incentivo a que los estados de la República ampliaran su propio catálogo de derechos.

Esa cuestión, junto con el alegato simple sobre la no discriminación, que podría hacer cualquier mujer para exigir respeto a su participación —individual o colectiva— en la integración de una planilla de concejales en un ayuntamiento regido por sistemas normativos internos, harían viable una sentencia judicial que, de forma tácita o expresa, terminara ampliando el límite establecido por la Constitución del Estado y declarando inconstitucional la disposición que limita la paridad de géneros en Oaxaca.

Recordemos que una de uno de los principios constitucionales esenciales de los derechos humanos, es el de la progresividad. Éste principio implica tanto gradualidad como progreso. La gradualidad se refiere a que la efectividad de los derechos no va a lograrse de una vez y para siempre, sino que se trata de un proceso que supone definir metas a corto, mediano y largo plazo. El progreso patentiza que el disfrute de los derechos siempre debe mejorar. La progresividad requiere del diseño de planes para avanzar hacia el mejoramiento de las condiciones de los derechos mediante el cumplimiento de dichos planes.

¿QUÉ PLANES HAY?

No basta con que el grupo parlamentario del PAN, una de sus diputadas, o todo el Congreso, se queden con el lugar común (y la promesa demagógica) de que hay un “firme compromiso” para hacer progresiva la paridad de géneros. Se trataba, en todo caso, de que establecieran un programa concreto para garantizar que dicha meta pudiera alcanzarse en el corto plazo. Nadie lo consideró, y por eso lo evidente es el claro menosprecio a la sociedad oaxaqueña, a la que insisten en seguir tratando como si fuera una menor de edad.

@ortizromeroc

Los diputados de Oaxaca, ven la tempestad y no se hincan

Diputados XLII

+ Temas de la ciudadanía, excluidos del interés del Legislativo


Nuestra solidaridad con Misael Sánchez y su familia, en este momento tan difícil.

Los diputados de la LXII Legislatura aprobaron esta semana una reforma política sobre la cual ellos mismos no conocían la totalidad de su contenido, y por eso hasta ahora no han sido capaces de ofrecer a la ciudadanía una sola explicación sobre su actuación y las decisiones que tomaron. Lejos de preocuparles el sentir de la población, pareciera que ellos están felices de haber aprobado una reforma que en realidad no pasa por el interés de los ciudadanos. Esto ocurre reiteradamente.

En efecto, la reforma político electoral que debía aprobar el Congreso del Estado, esperó alrededor de un año para poder pasar a la fase de consensos y de trabajo por parte de los diputados. Algo todavía peor ha pasado con la reforma educativa, que tiene casi dos años esperando a ser discutida y aprobada. Junto a esos dos grandes temas, existen varios otros sobre los cuales los diputados tampoco han demostrado el más mínimo interés. Pareciera que aunque Oaxaca se está desmoronando y la ciudadanía exige atención, respeto e intervención de sus diputados, ellos apuestan a aparentar que nada los perturba en su actividad legislativa y que, por eso, ellos hacen lo que quieren en el momento que consideran adecuado y no cuando alguien se los exige.

Esa postura es aberrante. Pareciera que los diputados están llevando al límite aquella vieja idea de que como el Poder Legislativo es autónomo y no debe estar sujeto a ningún tipo de presión, entonces ellos legislan cuando lo consideran adecuado. Esta idea es la que ha prevalecido para justificar su inacción en temas como el de la reforma educativa, en el que los diputados han evitado toda posibilidad de entrar al debate y han dicho que como no hay consensos y sí mucha presión magisterial, entonces prefieren postergar el problema para cuando existan las condiciones adecuadas.

Algo más o menos similar pasó con la reforma política. Si recordamos, hace dos semanas se iba a celebrar un periodo extraordinario convocado ex profeso para desahogar la agenda de la reforma política. Dicha sesión nunca ocurrió, bajo el argumento de que no se habían construido los consensos necesarios para poder procesar la reforma en cualquiera de sus vertientes posibles. Nadie vio nunca lo que se discutió, ni conoció el contenido de esos intentos de consensar la modificación, y mucho menos hubo certeza sobre los ofrecimientos que se hicieron entre el Poder Ejecutivo —que presentó una propuesta— y los grupos parlamentarios que también habían lanzado sus propias iniciativas de reforma a la Constitución y las leyes secundarias estatales.

Las cuestiones que tenían trabada la discusión eran dos frivolidades: primera, si el periodo de gobierno siguiente debía ser de dos, cinco o seis años; y si la residencia en Oaxaca que se le debía exigir como mínimo a quien aspirara a ser candidato a gobernador, sería de dos, tres o cinco años. Por el interés de los señores diputados nunca pasaron otros temas que son tan importantes como esos para la vida pública de Oaxaca, y por eso mismo llama muchísimo la atención que al cuarto para las doce se hayan puesto de acuerdo, y hubieran aprobado una reforma sobre la cual no hubo un solo viso de discusión pública.

LAS UNANIMIDADES

Dicen que en una democracia real las unanimidades no son buen signo, porque reflejan la falta de matices en una discusión, y la ausencia de pluralidad en las distintas visiones que deben prevalecer en un órgano deliberativo como lo es un Congreso. Esas unanimidades sólo debían existir cuando de lo que se discute es de la ampliación de derechos o el reconocimiento de libertades, pero no cuando de lo que se trata es de modificar aspectos no sustanciales de cómo se ejerce el poder público. En Oaxaca pareciera que eso se entiende exactamente al revés.

Resulta que aquí los temas que tienen que ver con derechos no le importan a los diputados. No les ha importado, por ejemplo, que Oaxaca haya sido ejemplo nacional —no porque sea el único estado, sino porque aquí se dieron los hechos— de cómo las normas relacionadas con el matrimonio fueron declaradas inconstitucionales por la Suprema Corte a grado tal que se llegó a sentar jurisprudencia, y que los legisladores ni siquiera hayan tenido ganas de discutir el tema.

Como bien sabemos, el artículo 143 del Código Civil de Oaxaca ha sido declarado inconstitucional en reiteradas ocasiones, por establecer que el matrimonio tiene como objeto perpetuar la especie y porque se establece que sólo puede celebrarse entre un hombre y una mujer, cuestiones que han sido declaradas inconstitucionales por la Corte al considerar que violan el derecho a la no discriminación de las personas por su preferencia sexual.

Ese es un tema toral, de derechos, sustantivo, que al Congreso de Oaxaca no le interesa. Otra cosa fuera que luego de deliberar se hubiera llegado a la conclusión de que una mayoría legislativa, haciendo eco de la sociedad, hubiera determinado no modificar lo que dice el Código Civil. Pero esta es la hora en la que los diputados ni siquiera han tenido interés en tocar el tema para ver cuál es la postura de las distintas fracciones parlamentarias, y explorar la posibilidad de reformar la ley para adecuarla a las más recientes sentencias de la Suprema Corte.

Así como ese hay otras muchas cuestiones que debieran ser motivo de la intervención seria del Congreso para ayudar a resolver los problemas públicos. Ellos no son un órgano de adorno, ni un ente legitimador de decisiones que se toman en quién sabe dónde. Pero su incapacidad para actuar de cara al pueblo de Oaxaca, y su proclividad a no sentirse parte de los problemas que son de todos, hace que hoy la brecha entre la ciudadanía y los diputados se amplíe, y que se constate que la frivolidad y los proyectos personales son —para ellos— más importantes que el mandato popular que la ciudadanía les delegó.

UN DESPERDICIO

Como los diputados no saben lo que aprobaron, no han podido decirle a la ciudadanía qué beneficios lograron con la reforma política. No saben, por ejemplo, que muchos les van a agradecer la refundación del órgano garante de transparencia, o que se haya determinado que los integrantes del OPLE dejen de tener salarios estratosféricos. Aprobaron algo que no conocen. Por eso no salen de los temas que les interesan a ellos, y no saben decirle a la ciudadanía que, aunque modestísimos, también hay avances a su favor.

Con la reforma político electoral, adiós a esa ignominia llamada Cotaipo

Esteban, Gema y Sehyla

+ Consejeros desacreditados, voraces e inexpertos: ¿Rectificará Congreso?


Uno de los temas sustanciales que nadie vio, y mucho menos consideró importante, de la reforma político electoral votada por los diputados locales el pasado martes, es el de la armonización de las normas estatales relacionadas con el órgano garante del derecho a la información, con la nueva redacción de la Constitución federal. Si existe con esta reforma una oportunidad importante a favor de las instituciones del Estado, esa es la de renovar a la impresentable Comisión de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Cotaipo), que sólo le ha aportado descrédito y vergüenza al Estado en Oaxaca.

En efecto, los cuestionamientos han acompañado a la Cotaipo desde su nacimiento, y sus integrantes nunca estuvieron preocupados por acreditarse en sus responsabilidades. Aunque el Congreso del Estado había prometido llevar a cabo un proceso de selección transparente y apegado a los principios establecidos en la Constitución para la integración del órgano garante de transparencia, en realidad lo que hicieron fue un grosero reparto de posiciones en el Consejo General, entre los tres principales grupos parlamentarios, pero además extendieron el reparto a las posiciones administrativas dentro de la recién nacida Comisión de Transparencia.

Lo primero que saltó a la vista fue el incumplimiento del requisito —legal, pero sobre todo moral— de que los consejeros electos cumplieran con el requisito de ser expertos, o cuando menos de reconocida solvencia en las materias relacionadas con el derecho de acceso a la información. Pronto se supo que Esteban López José, el consejero Presidente, no era —ni ha logrado ser— experto en las materias relacionadas con la Cotaipo, y ni siquiera demostró tener conocimientos generales sobre esos temas. Según la versión pública curricular que de él se ofrece en la página web de la Cotaipo, es Contador Público y cuenta con una maestría en Impuestos. Nada de esto es en sí mismo desdeñable. Pero es claro que esas materias nada, nada, tienen que ver con la transparencia.

Lo mismo ocurrió con Eréndira Fuentes Robles. Ella es Licenciada en Derecho y maestra en Derecho Privado. Su currículum indica que tiene más experiencia en temas relacionados con la terapia y las constelaciones familiares, que con la transparencia. Acaso dice tener un diplomado en temas relacionados. Pero siempre mintió, al igual que López José, cuando en su misma versión curricular aseguraba que una de sus áreas de conocimiento es el derecho de acceso a la información.

Algo similar ocurre, para variar, con Gema Sehyla Ramírez Ricárdez. Ella es también licenciada en Derecho, y dice haber cursado una maestría en Derecho Privado. Pero nada más. Para variar, también miente cuando dice que una de sus áreas de conocimiento es el derecho de acceso a la información, porque —como los otros dos consejeros, que dicen ser expertos pero sin especificar por qué— ni tiene obra publicada, ni tiene estudios específicos en la materia, ni demuestra experiencia o conocimientos prácticos, defendibles, en esa materia.

Fuera de ellos, toda la integración de la Cotaipo estuvo siempre asignada por cuotas a las fracciones legislativas. Del solo directorio, se desprende que gran parte de la estructura administrativa fue impuesta desde el Congreso, y que la integración de las áreas administrativas de la Comisión fue variando según los acuerdos y las concesiones que lograron los Consejeros con las dos Legislaturas —la LXI y la actual— con las que convivieron.

LA REFORMA

En el artículo transitorio vigésimo tercero del dictamen aprobado el martes por la LXII Legislatura, se estableció que el Congreso del Estado procederá en un plazo máximo de 60 días naturales, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, a elegir a los comisionados que integrarán el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (http://bit.ly/1Hw3hh4).

Su pleno estará integrado por un Comisionado presidente y dos Comisionados ciudadanos; serán designados por el voto de las dos terceras partes de los diputados presentes del Congreso del Estado, atendiendo a la idoneidad, experiencia y honorabilidad, así como a los principios de pluralidad, paridad de género, independencia, profesionalismo y no discriminación.

Durarán en el cargo cinco años, sin posibilidad de reelección y serán sustituidos individualmente en forma escalonada en los términos que determine la ley. El nombramiento podrá ser objetado por el Gobernador del Estado, en un plazo de diez días hábiles. Si el Gobernador no objetare el nombramiento dentro de dicho plazo, ocupará el cargo de Comisionado la persona nombrada por el Congreso del Estado.

Esta es, sin duda, una de las mayores oportunidades que tiene el Congreso del Estado de lavarse la cara frente a la ciudadanía y los interesados en la transparencia, que cuando se conformó la Cotaipo demandaban una integración experta y legitimada, que verdaderamente pudiera dar certeza sobre el funcionamiento y la progresividad en la protección del derecho a la información y sus demás áreas de trabajo, pero que a cambio les dieron unos consejeros que no tenían ni el más mínimo grado de legitimación para esas tareas.

El Congreso eligió consejeros débiles, desacreditados e inexpertos, para así evitarle al gobierno estatal la molestia de tener un contrapeso autónomo fuerte —como se supone que fue la intención constitucional al haber creado esos órganos—; luego les abrió inopinadamente las arcas públicas, para que éstos alimentaran sus ambiciones. El escándalo recurrente que ha sido la Cotaipo de cara a la ciudadanía, ha tenido como leitmotiv la disputa entre sus propios consejeros por el manejo de los recursos, el arrebato permanente de las posiciones administrativas, y la lucha por los espacios de decisión dentro de la Comisión. Nunca hubo un solo tema relevante en el que el centro de la discusión fuera la transparencia. Ojalá que cuando el Congreso decida integrar el nuevo órgano de transparencia, lo haga —ahora sí— con responsabilidad, compromiso y apego a los principios establecidos en la Constitución para ese fin. Ojalá.

¿HAY EXPERTOS?

Habrá que hurgar hasta debajo de las piedras a ver si hay algún experto que quiera postularse como integrante del nuevo IAIPPDP. Los antecedentes refieren que el proceso de integración de la Cotaipo dejó verdaderos agravios en la comunidad interesada en estos temas. ¿Qué hará el Congreso para ofrecerles certeza? No es una cuestión irrelevante.

CCCO: nadie le ha apostado al verdadero debate

Francisco Toledo vs CCCO

+ Ciudadanía debe tomar conciencia de su opinión


Es una lástima que alrededor de la construcción del Centro Cultural y de Convenciones de Oaxaca (CCCO) en el Cerro del Fortín, tanto la ciudadanía como el gobierno hayan perdido la capacidad de distinguir los matices que rondan esta polémica. Es lamentable, por un lado, que el gobierno se haya resistido a generar un verdadero consenso alrededor de este asunto tan controvertido; pero también lo es, que la ciudadanía organizada haya perdido la noción de la eficacia en sus acciones, y hoy parezca preferir el choque sobre la auténtica defensa de sus posiciones.

En efecto, la mañana de ayer hubo un enfrentamiento entre integrantes de varias organizaciones de ciudadanos que se han pronunciado en contra de la construcción del Centro Cultural y de Convenciones y en las faldas del cerro del Fortín, e integrantes de organizaciones de transportistas, que fueron contratados para el acarreo de materiales y algunos trabajos de ejecución de la obra.

La gresca fue lamentable no sólo porque pareció que no había autoridad ni interlocutores —el gobierno estatal, pues— entre ambos grupos; fue penoso, sobre todo, porque el enfrentamiento demostró que nadie tiene disposición para apostarle a un diálogo efectivo y a acciones civilizadas, para legitimar cualquier decisión alrededor de la obra.

Y es que para nadie es un secreto que desde un inicio, el gobierno estatal enfrentó dos problemas graves que lejos de asumir, ha intentado esconder y negar como si con ello resolviera algo. Uno de ellos, es el hecho de que, desde el arranque, todo el proyecto de construcción del Centro Cultural y de Convenciones parece que fue realizado sobre las rodillas. Ese fue un problema mayúsculo para la socialización y justificación del proyecto, a pesar de que todos los involucrados en el sector oficial negaron que ese fuera un aspecto relevante para el futuro de la obra.

El segundo problema grave, ha sido el cuestionamiento sobre el posible conflicto de interés que pesa sobre el titular de la Secretaría de Turismo y Desarrollo Económico del gobierno estatal, José Zorrilla. Pues al margen del problema en sí, lo que fue desastrosamente manejada fue la postura del propio Secretario frente a la situación.

Zorrila primero negó que hubiera tal conflicto de interés; luego lo minimizó diciendo que la ubicación de la obra nada tenía que ver con un afán particular, y que ésta había sido determinada por la conveniencia de la zona donde se construiría. Y finalmente terminó desdiciéndose de todo a partir de un tercer argumento, en el que aceptaba el conflicto de interés, y erradamente —porque eso no es lo que exige la ley— informaba al ejecutor de la obra (Fidelo) que se abstendría de participar en la licitación de los trabajos, como si él fuera constructor y no dueño del predio contiguo a la obra.

La combinación de esas cuestiones se convirtió en el flanco débil, que después el gobierno no logró atacar con un proceso de socialización efectivo. No entendieron, por ejemplo, que hoy en día ningún grupo tiene el monopolio de la opinión ciudadana. La socialización de la obra se circunscribió a algunas cámaras empresariales y grupos de ciudadanos; pero ni siquiera quienes vieron con buenos ojos el proyecto (no fueron pocos) pudieron conocer todos los detalles de una obra, sobre la cual aun no estaba terminado el trabajo técnico de planeación y de proyección —planos, proyecto ejecutivo, costos, estudios técnicos, etcétera— que era requerido para ofrecer explicaciones y exposiciones integrales.

Al final, a todos nos queda medianamente claro que Oaxaca necesita una obra como esa, y quizá también que la ubicación elegida es la más adecuada por su cercanía con el Centro Histórico y su capacidad de interconexión con las más importantes zonas y accesos a la capital oaxaqueña. El problema es que no hubo una socialización eficaz y estratégica, y el gobierno tampoco le quiso apostar a un consenso más amplio con la ciudadanía.

LA CIUDADANÍA, EXTRAVIADA

El maestro Francisco Toledo dijo hace algunos días, que ya tenía 70 mil firmas recabadas, para exigir una consulta ciudadana respecto a la obra del CCCO. Aunque el Pintor fue enfático en su aseveración, a nadie se le ocurrió que ese número de firmas podría ser la punta de lanza para tratar de poner en marcha uno de los “novedosos” mecanismos de participación ciudadana que establece la Constitución del Estado, llamado plebiscito.

Según el artículo 25 de la Constitución local, el plebiscito es el instrumento mediante el cual los ciudadanos del Estado, por medio del sufragio libre, directo, secreto y universal, pueden objetar las determinaciones de naturaleza administrativa emitidas por el Poder Ejecutivo del Estado. Aunque el precepto establece límites al ejercicio del plebiscito, ninguno de ellos es obstáculo para someter una decisión como la del CCCO a dicho mecanismo de consulta a la ciudadanía.

¿Cuál es el problema? Que la Constitución establece que el plebiscito lo puede solicitar o las dos terceras partes de los integrantes del Congreso local, o el veinte por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores del Estado. Y luego, dice también la Constitución que para que el plebiscito surta efecto, se requieren dos condiciones: a) La participación de la mitad de los electores inscritos en la lista nominal, y; b) La aprobación de la mayoría simple de los votos emitidos.

Veinte por ciento de la lista nominal parece —y es— un requisito altísimo, pero no inalcanzable. ¿Por qué nadie alentó al maestro Toledo a que, con su conocida capacidad de convocatoria, llamara a una colecta masiva de firmas para tratar de someter este proyecto a un plebiscito? ¿A quién se le ocurrió que era mejor ir a enfrentarse ayer con los ejecutores de la obra, como si con eso hubieran podido conseguir algo más que la atención momentánea de algunos medios, y un par de descalabrados?

APUESTAN AL DESALIENTO

Con esas acciones, la ciudadanía no sólo no contribuye, sino que se va a quedar extraviada y técnicamente derrotada. Empero, el gobierno estatal debiera ser el primer interesado en generar el consenso más amplio posible alrededor de la obra, para que sus detractores carecieran de argumentos relacionados con la legitimidad y la aceptación ciudadana del proyecto. No es buen signo democrático que se aproveche de lo difícil que es poner en operación los mecanismos constitucionales de participación ciudadana, para ejecutar la obra sin una verdadera consulta a los oaxaqueños.

¿Por qué partidos coaligados, se enfrentan antes de tiempo?

PAN- PRD

+ Carecen resultados; matan a la gallina de los huevos de oro


Es sintomático que hoy dos de los partidos que gobiernan la entidad, estén inmersos en sendos procesos internos que bien reflejan un ajuste de cuentas. El PAN y el PRD se encuentran enfrascados en feroces luchas fratricidas, que no tienen que ver con sus resultados electorales, sino más bien en los acomodos rumbo a la sucesión de Gobernador. El problema es que de continuar como hasta ahora, llegarán al siguiente proceso electoral en un grado de confrontación que quizá haya traspasado el punto sin retorno.

En efecto, se sabe que siempre que un partido pierde el poder, a su interior comienza una especie de purga a partir de la búsqueda de culpas, y el reparto de las responsabilidades por la derrota. Esto pasó en el PRI, cuando en el año 2000 perdió la Presidencia de la República; y ocurrió exactamente lo mismo cuando, 12 años después, el PAN le regresó el poder presidencial al PRI. Frente a estas cuestiones, vale la pena preguntarse por qué en Oaxaca, los partidos que gobiernan se encuentran hoy en un prematuro reparto de culpas, antes de que ocurra la elección que definirá sus destinos.

La pregunta no es ociosa. Por un lado, en el Partido de la Revolución Democrática existe un riesgo real de que ocurra un gran cisma, luego de que algunos de sus grupos más representativos abrieran la práctica de acudir al “agandalle” como forma de hacer política. Esto ya se veía antes del 7 de junio, cuando en el distrito de Tehuantepec, uno de los sectores perredistas de la región, se escindiera acusando una imposición por parte de la dirigencia estatal con el candidato.

El grupo de Félix Serrano Toledo se fue abiertamente a jugar las contras al candidato perredista, y el resultado natural fue que una vez pasados los comicios —en los que no pudo ganarle a su propio partido— Serrano fuera separado de la coordinación de los diputados perredistas, y de la presidencia de la Junta de Coordinación Política, como una antesala a su posible expulsión del PRD.

Finalmente, para haber tomado la decisión de desafiarse mutuamente (Serrano al PRD, y viceversa) en una región tan importante electoralmente hablando como Tehuantepec, la ponderación costo/beneficio debió ser alta en ambas partes. De otra manera no puede explicarse que el PRD haya roto la mitad de su votación en aquella región —la que se llevaron los Serrano al partidito que les prestó el registro para competir contra el PRD—, y que los Serrano se hayan echado encima al grupo gobernante por un simple capricho.

Ahora bien, si a ese cisma regional le sumamos el que se avecina a partir del doble intento de agandalle entre los grupos del senador Benjamín Robles Montoya y el que representa el dirigente Carol Antonio Altamirano, la situación se torna riesgosa. ¿Por qué? Porque en una falsa actitud de institucionalidad, la dirigencia estatal perredista ha venido alargando los tiempos en aras de operar la designación de su candidato, que naturalmente será el que figure como abanderado de la coalición de partidos en 2016. El silencio era signo del agandalle en la candidatura. Pero Robles Montoya les respondió con esa misma práctica.

Sin aspavientos, Robles y su grupo apuraron el destape no sólo de él como aspirante a la candidatura a Gobernador, sino que a través del grupo de los López —Jesús Romero, Lenin López Nelio y Pavel López— están tratando abiertamente de dar el primer paso en el reparto de candidaturas. Pues si el actual Senador del PRD quiere ser Gobernador, entre los López quieren repartirse las demás candidaturas relevantes: la de la alcaldía de la capital oaxaqueña y algunas otras demarcaciones importantes, y las de las principales diputaciones locales.

¿Cómo quieren luchar? Con la misma fórmula de sus adversarios. Es decir, el agandalle. Le apuestan al madruguete y al efecto político de decirse despojados, en el momento en que vean frustrados sus intentos, y vean a sus adversarios internos tomar las posiciones —sin negociación— que ellos desean. ¿Qué terminará ocurrieron? Su tránsito a otras opciones políticas. Y entonces el resultado será la profundización de ese cisma que ya se vislumbra en el perredismo.

PAN: TODOS CONTRA TODOS

En la trinchera de enfrente, la panista, las cosas están más o menos igual. Luego de los resultados del siete de junio, los grupos panistas entraron en una lucha fratricida que no debería ocurrir, partiendo de que sus malos resultados electorales no deberían sorprender. ¿Cuántos diputados federales, electos bajo el principio de mayoría relativa, tiene el PAN en la LXII Legislatura, que está próxima a concluir sus funciones?

La respuesta es simple: ninguno. En la Legislatura saliente, Acción Nacional tiene sólo dos diputados federales que fueron electos por el principio de representación proporcional. Igual que en estos comicios, en 2012 el panismo no pudo ganar un solo distrito electoral federal, y ni siquiera porque haya sido culpa de los mismos personajes a los que están señalando hoy en día.

En aquel entonces, el PAN en Oaxaca también estaba coaligado con el PRD; entonces como ahora, compitieron entre sí por los cargos legislativos federales; e incluso la derrota fue más dolorosa porque en aquel momento no sólo no ganaron ninguna diputación federal, sino que también perdieron las senadurías, al no poder alcanzar ni la de primera minoría.

Por esa razón es extraño que hoy la purga al interior del PAN tenga un sabor tan amargo. El panismo oaxaqueño sabe que su representación en la entidad es, en realidad, más testimonial que territorial, y que no tienen otro camino que continuar apostando a la ruta de la coalición para tener algún tipo de futuro político. El problema es que en el linchamiento interno, se están llevando entre las corvas la distancia que debieran tener con el grupo gobernante, su relación de respeto con los otros partidos coaligados, e incluso el poco capital político que pudieran llegar a tener entre todos los panistas que hoy se encuentran en franca disputa.

¿El resultado global? Que por esas purgas adelantadas, parece que los dos principales partidos que integran la coalición están a punto de matar a la gallina de los huevos de oro. Esto sí, sólo parece ser “cuestión de tiempo”.

EL PEOR DIPUTADO

No es clasismo, ni mucho menos. Pero lo que de verdad hubiera sorprendido, y habría sido una auténtica revelación, es que Hugo Jarquín hubiera resultado ser el diputado federal más productivo, más cumplido o con más asistencias o intervenciones en la LXII Legislatura.

@ortizromeroc

En el PRI estatal, las ambiciones desatan una batalla prematura

PRI disputa interna

+ RJM: prestándose al maniobreo, se revelan como jóvenes viejos


Una vez que pasó la jornada electoral del 7 de junio, los partidos políticos en Oaxaca se preparan para su siguiente prueba, en los comicios estatales de 2016. Como es costumbre en esta actualidad descompuesta, los grupos internos de los partidos no pueden aplacar sus ansias de poder y control, aunque aún no tengan nada ganado ni seguro. Tal es el caso del PRI estatal, en el que con una victoria por demás entrecomillada en los comicios de 2015, y un panorama incierto para el año siguiente, ya se están peleando por la dirigencia estatal que, para efectos prácticos, tiene el mismo valor que nada.

En efecto, desde hace algunos días en el PRI estatal han ocurrido movimientos poco usuales, en uno de sus sectores que es aparentemente irrelevante. En la ahora denominada Red de Jóvenes por México (RJM) —antes Frente Juvenil Revolucionario— un grupo afín al coordinador de los diputados priistas en el Congreso local, Alejandro Avilés Álvarez, intentó tomar por asalto la dirigencia de la disminuida Gabriela Olvera Marcial, luego de su derrota como candidata del PRI a la diputación federal por el distrito de Santa Lucía del Camino, en los comicios del 7 de junio. Dicho asalto, no fue un movimiento genuino generado por un grupo de jóvenes inquietos; más bien, fue la punta de lanza de la disputa que viene en el PRI de Oaxaca.

Este intento de albazo lo encabezó la síndica de Santa Cruz Xoxocotlán, Diana Luz Vásquez Ruiz, seguida por un grupo de jóvenes identificados con algunos diputados locales como Carlos Alberto Ramos Aragón, Adolfo Toledo Infanzón y Fredy Gil Pineda Gopar, entre otros. Intentaron aprovechar que la reciente derrota de Olvera Marcial —que asumió como dirigente estatal por prelación, ante la separación de la dirigencia del ahora delegado de la SRE en la entidad, Francisco Ángel Maldonado Martínez—, la dejó aparentemente descobijada de la venia política, y que algunos de quienes encabezaron dicho movimiento dicen tener algún tipo de legitimación para exigir la renovación de los órganos directivos del antiguo FJR.

El intento, casi de inmediato, fue atajado por la dirigencia nacional de la RJM, al establecer que no tienen contemplado realizar movimientos como el exigido por los jóvenes oaxaqueños. En un comunicado, fechado el 16 de junio y firmado por el dirigente nacional, Cristopher James Barousse, se informa lo siguiente: “que los procesos electivos de renovación de dirigencias de la RJxM tanto a nivel estatal como municipal, serán implementados una vez que concluya legalmente el proceso electoral federal que tuvo como jornada comicial el pasado 7 de junio de 2015. Esta disposición es un mandato estatutario, por lo que los preparativos de los procesos internos de elección de dirigentes de la RJxM, iniciarán al ser resuelto el último recurso promovido ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación alusivo a la jornada electoral del 7 junio de 2015”.

Esto no frenó la ambición del grupo que pretende tirar a Gabriela Olvera de la dirigencia estatal del RJM. De hecho, continúan planeando asambleas para emitir lineamientos y, en esencia, para presionar y exhibir a la dirigencia estatal del PRI, que hasta ahora no ha podido establecer ningún tipo de control sobre la situación y mucho menos sobre este grupo de jóvenes.

No ha podido hacerlo el dirigente estatal Héctor Anuar Mafud Mafud, porque en realidad la renovación de la dirigencia del RJM —y la forma en que están intentando hacerlo—, es el primer intento de lo que el diputado Alejandro Avilés pretende hacer inmediatamente después con la dirigencia priista.

A todos les ha quedado claro que, ciertamente, Mafud no tiene ningún tipo de control o influencia sobre los grupos internos del PRI. Pero a diferencia de otras facciones, que intentan apostar a la institucionalidad, Avilés quiere pavimentar la ruta del cambio de dirigencia —a favor de sí mismo— desgastando y exhibiendo a Mafud.

LA JUVENTUD, UTILIZADA

Es lamentable que, una vez más, el sector juvenil de un partido político sea utilizado para fines que nada tienen que ver con la participación en política de ese sector de la sociedad. Diana Luz Vásquez Ruiz y los jóvenes que la siguen, están sirviendo para objetivos que ni siquiera radican en la rotación de sus cuadros de dirigencia, sino que más bien son la carne de cañón en una maniobra que lo que intenta es quedarse con la dirigencia estatal del tricolor.

Y es que, de nueva cuenta, el diputado Avilés le está apostando al albazo para ganar una posición que no necesariamente le corresponde a él. Así lo logró cuando se hizo de la coordinación de la bancada priista en el Congreso local, cuando a varios de los entonces diputados electos les vendió la falsa idea de que ellos habían logrado ser candidatos gracias a él. Luego maniobró para desacreditar a Juan José Moreno Sada como dirigente estatal y lo exhibió como un dirigente débil y perdido en el alcohol.

Y así, finalmente, la combinación de esos dos factores —utilizados con la ventaja de la maniobra artera, que es natural en él— fueron los que le abrieron la puerta a la coordinación de la bancada, que no le correspondía ni por jerarquía (él era secretario General, no Presidente del CDE del PRI), y tampoco por respaldo popular, porque él ni siquiera fue electo por el voto de la ciudadanía.

Una maniobra similar pretende ahora. Para exhibirlo y desacreditarlo, Avilés echó a pelear a Mafud con ese grupo de jóvenes (a quienes de antemano sabe que no los podrá controlar, y de hecho con esa consigna los mandó). Al mismo tiempo, está intentando aprovechar la posición de debilidad en que quedó Olvera, para tumbarla sin aspavientos, y controlar un sector que hoy no está en sus manos. Y finalmente su objetivo de fondo está en la dirigencia priista, que es a donde realmente él quiere aterrizar.

MANIOBREROS

Avilés está utilizando su conocida capacidad de tomar ventaja, para intentar esta maniobra. Y en esto lo que es verdaderamente cuestionable y lamentable, es que un sector de la juventud priista se preste a dichas maniobras, únicamente para seguir figurando. La juventud de un partido, en el fondo, debía aspirar a no parecerse a la clase política que la ciudadanía repudia. Son jóvenes viejos. ¿Qué no ven que justo ese maniobreo de ambiciones y zancadillas, es parte de lo que la ciudadanía más repudia de los partidos políticos?

Resuelto el amparo contra la evaluación, ¿ahora irá la controversia?

Evaluación

+ Llenar el vacío jurídico, necesario ante los titubeos de las autoridades


Una vez que el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación concluyó la discusión relacionada con la evaluación educativa, determinando que ésta es constitucional y que la legislación de la materia no viola derechos humanos, el gobierno federal debería impulsar el avance de la controversia constitucional presentada en contra de la omisión legislativa del Congreso de Oaxaca por el incumplimiento de emitir la legislación local complementaria a la reforma constitucional en materia educativa. Es urgente llenar los vacíos jurídicos y atajar los titubeos de la autoridad frente a los excesos magisteriales.

En efecto, en su sesión de ayer jueves el pleno de la Corte resolvió que los artículos 52 y 53 de la Ley General del Servicio Profesional Docente son constitucionales. Asimismo, el Alto Tribunal resolvió que el sistema de evaluación no viola el derecho de los maestros a la dignidad humana y a un nivel de vida adecuado, ni el principio de irretroactividad.

Además, de forma unánime, la Corte estableció que la ley no viola el derecho de audiencia de los maestros, pues si no aprueban la tercera evaluación pueden ser separados o readscritos a otra área, aunque tienen 10 días para defenderse antes de esa sanción. Con esta decisión, la Corte estableció ya parámetros específicos en los temas que más le preocupaban a los trabajadores de la educación, los cuales rondaban la intención de miles de maestros de evadir la evaluación docente, bajo el argumento de que vulneraba sus derechos fundamentales.

Esta evasión no ocurrirá… aunque eso no significa ni que en automático se encuentren en una situación jurídica distinta a la actual, y mucho menos que exista garantía alguna de que ahora sí la autoridad podrá actuar en su contra cuando incurran en los supuestos que establecen las propias normas que ya fueron consideradas como constitucionales por la Suprema Corte. Para que algo de esto pueda ocurrir, es necesario que ahora o el gobierno federal promueva los ajustes legislativos que la norma necesita para ser operante y vinculante, o que subsane esos huecos a través de controversias constitucionales como la que presentó en contra del Estado de Oaxaca el año pasado.

Y es que como bien se debe recordar, en junio de 2014 el Ejecutivo federal presentó una demanda de controversia constitucional en contra del Estado de Oaxaca por la omisión en el cumplimiento del mandato legal de emitir la legislación local en materia educativa armonizada con las nuevas normas federales. Técnicamente, el medio de control constitucional presentado por el Presidente de la República, podría tener la única intención de obligar a las autoridades estatales a subsanar la omisión en que incurrieron desde marzo de 2014, cuando venció el plazo para emitir las normas locales armonizadas.

Sin embargo, lo interesante de este caso en específico pudiera ser que la Suprema Corte asumiera un papel de legislador sustituto —sí puede hacerlo, aunque es una posibilidad que no ha ejercitado, más por cuestiones políticas (atendibles) que por límites jurídicos— para establecer parámetros y reglas provisionales, a partir de las cuales pudiera hacerse operable la legislación educativa federal, en el ámbito estatal, mientras tanto se emite la legislación por la que los poderes locales incurrieron en omisión.

LLENAR LOS VACÍOS

Los dos ámbitos de gobierno —el federal, y el estatal de Oaxaca— cayeron en el mismo ridículo cuando comenzaron a pelear por definir de quién era la responsabilidad de ordenar la ejecución de descuentos y sanciones a los profesores, y quién debía ser el responsable de cumplirla. Esa fue una muestra de lo urgente que es la revisión de la norma ya en operación, y de la corrección inmediata de sus posibles inconsistencias.

En ese sentido, una de las cuestiones que en Oaxaca sigue sin quedar claro es qué va a pasar con todos los profesores —la gran mayoría, adherido a la Sección 22 del SNTE— que no cumplan con la obligación de presentar la evaluación docente como refrendo a su empleo, o como método para solicitar un ascenso o mejora salarial. Aunque la legislación federal es clara en el sentido de que dicha evaluación debe realizarse obligatoriamente, o que de lo contrario se estará en posibilidad de perder la plaza de trabajo, en Oaxaca continúa existiendo una discusión supina sobre si la legislación estatal podría tener otro tipo de evaluación o si la Sección 22 verdaderamente podría lograr que los métodos de evaluación del PTEO fueran elevados a rango de ley.

La discusión es supina —como lo anotamos en el párrafo anterior— por la razón siguiente: en el tema de la evaluación no hay supletoriedades ni corresponsabilidades entre la federación y los gobiernos estatales, e incluso la ley no contempla algo que se le parezca. La evaluación es una sola, que la SEP bajo los criterios y lineamientos que le da el INEE, y de esa evaluación depende la situación laboral de todos los maestros.

¿Cuál es la discusión en Oaxaca? Sobre una supuesta evaluación a nivel estatal basada en el PTEO, que para fines prácticos no tendría ninguna utilidad respecto a la estabilidad laboral de los trabajadores a nivel federal, y que tampoco sería supletoria, ni complementaria, ni sustituta de la evaluación que establece la Ley General del Servicio Profesional Docente, que ayer fue declarada constitucional por la Suprema Corte.

En este escenario, la resolución de la controversia podría poner fin a esta discusión innecesaria, al dejar claro lo que es previsible pero los profesores oaxaqueños no quieren entender: que al margen de lo que diga la legislación local, existe una ley de aplicación general que no depende de normas locales para el cumplimiento de sus fines, y que puede ser aplicada para llenar todos los vacíos que existan por la falta de normas estatales armonizadas. Este sería un gran avance que, además, iría cerrando la enorme brecha que ha abierto la autoridad estatal frente al magisterio, en ese relajado rubro de cumplir y hacer cumplir las normas que rigen su actividad.

CALZADA DE ORO

La superficie que actualmente se reencarpeta de la Calzada Porfirio Díaz es de unos 12 mil metros cuadrados. La obra vale casi 200 millones de pesos. Entonces, cada metro cuadrado cubierto tendrá un costo de alrededor de 17 mil pesos. ¿Es dable pagar tanto por una obra que, además, terminará compitiendo con el distribuidor e Cinco Señores por su larguísimo tiempo de ejecución?

La evaluación, constitucional. S-22, usa argumentos engañosos

Supremas Corte de Justicia de la Nación

+ Su estabilidad laboral no implica entenderla como perpetuidad


En su sesión del martes pasado, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió uno de los puntos más relevantes de un conjunto de juicios de amparo presentados por profesores en contra de la evaluación docente, prevista por la Constitución. El argumento principal esgrimido por los quejosos se centró en señalar que, como trabajadores al servicio del Estado, apartado B, fracción IX del artículo 123, les otorga estabilidad laboral. Es así, aunque ello no significa inamovilidad ni inmunidad. Y ello es relevante para entender qué resolvió la Corte.

En efecto, el tema central de los amparos que aún sigue discutiendo la Corte, pero que ya perfiló para negar —y por ende declarar constitucionales las normas que establecen la evaluación al personal docente del país— se encuentra en que los profesores que iniciaron los respectivos juicios de amparo argumentaron que no pueden ser separados de sus empleos a partir del resultado de la evaluación, a partir de que sus relaciones laborales se encuentran regidas por el apartado B del artículo 123, que regula la relación laboral entre el Estado y sus trabajadores.

Según dicho argumento, los trabajadores de la educación se encuentran amparados por el artículo 123 apartado B, y por ende todo lo que establecen las leyes reglamentarias de los artículos 3 y 73 en materia educativa, respecto a la situación laboral de los docentes, son inconstitucionales.

Específicamente, en sus amparos sostuvieron que es la fracción IX la que directamente los protege, al disponer que los trabajadores sólo podrán ser suspendidos o cesados por causa justificada, en los términos que fije la ley. “En caso de separación injustificada tendrá derecho a optar por la reinstalación en su trabajo o por la indemnización correspondiente, previo el procedimiento legal. En los casos de supresión de plazas, los trabajadores afectados tendrán derecho a que se les otorgue otra equivalente a la suprimida o a la indemnización de ley”.

Hay algunas palabras clave, que están establecidas en el precepto transcrito, pero que los profesores que buscaron la vía del amparo pretendieron utilizar en un contexto distinto al que la ley pretende tutelar. ¿Cuáles? Específicamente, lo relacionado a que los trabajadores sólo podrán ser suspendidos o cesados por causa justificada, en los términos que fije la ley. éstas últimas palabras (“en los términos que fije la ley”) son clave, porque los profesores aducían que su relación de trabajo está protegida por las leyes laborales (la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado), y no por las leyes especiales emanadas de la nueva redacción del artículo tercero constitucional.

A partir de ello, pretendían que los efectos de la evaluación (es decir, que el Estado pueda separar de su cargo a quien no apruebe la evaluación docente) fueran declarados inconstitucionales.

ARGUMENTOS FALLIDOS

Frente a esos argumentos, vale la pena releer la intervención del ministro José Ramón Cossío, en la sesión del Pleno de la Corte el pasado martes, que a nuestro juicio fue la más elocuente en la exposición de las razones por las que los argumentos anteriores no son correctos, y por qué la evaluación y sus efectos no sólo son constitucionales y convencionales, sino que toda la legislación internacional aplicable establece que la evaluación docente es uno de los mecanismos más eficaces para lograr el objetivo de que el Estado imparta educación pública de calidad.

“Desde mi punto de vista —señaló el Ministro—, el examen para determinar la constitucionalidad y convencionalidad de las normas impugnadas que establecen las condiciones de evaluación del desempeño para la permanencia en el servicio, deberá́ hacerse de la siguiente manera:

“Primero, identificando la finalidad constitucionalmente legítima. En este caso, ésta se encuentra establecida en el tercer párrafo del artículo 3o y consiste en que el Estado debe garantizar la calidad de la educación obligatoria y la idoneidad de los docentes y directivos para alcanzar el máximo logro de aprendizaje de los educandos. Segundo, hay que determinar la idoneidad de la evaluación, como medio para conseguir aquella finalidad a través de la verificación de los conocimientos y capacidades que correspondan a la función para el mejoramiento constante y el máximo logro académico de los educandos, conforme a los planes y programas de estudio de la educación preescolar, primaria, secundaria y normal, para toda la república.

“A mi juicio, las tres oportunidades de evaluación y los programas de regularización para obtener la suficiencia de resultados, para estar en aptitud de continuar en el desempeño del servicio profesional docente, en estas condiciones, sí resulta idóneo en función de la periodicidad mínima establecida en la propia ley, al menos una cada cuatro años.

“Tercero, dada la finalidad constitucionalmente legítima identificada ya, podemos concluir que la evaluación del desempeño docente, establecida en los artículos 52 y 53 impugnados, no sólo resulta proporcional como medida menos gravosa posible, sino que es indispensable para que la función del trabajador de la educación sea identificable, como se encuentra configurado el núcleo esencial de la garantía de la calidad educativa establecida en el artículo 3o, después de la reforma.

“No podemos actualizar el derecho a la educación –como se encuentra configurada en la Constitución– si no se verifican los conocimientos y capacidades de los servidores públicos que deben garantizarlos como íntimos colaboradores del Estado o como funcionarios estatales y corresponsables de la consecución de estos objetivos. Finalmente, me parece que no existe un parámetro o estándar de fuente internacional contenido en un tratado o instrumento firmado por el Estado Mexicano que otorgue una mayor protección a la persona…”. (Versión taquigráfica de la sesión de Pleno de la SCJN, 23 de junio de 2015. Páginas 10 y 11. Disponible en http://bit.ly/1Niifbe).

LA EVALUACIÓN, FIRME

Esta consideración fue la que prevaleció en la mayoría de los ministros. Ahora lo que seguirá —y es la única ruta legítima que le queda a los profesores— es que el INEE atienda los argumentos a favor de una evaluación diferenciada, que tanto han exigido los profesores de la Sección 22. Quién sabe si lo logren. Pero lo que sí queda claro es que no habrá más caminos institucionales para impedir la evaluación de sus propios conocimientos.